Un waiver que no es tal

Acuerdo reservado para eximir de patentes a las vacunas anti-Covid bajo condiciones muy estrictas

 

A dos años de iniciada la pandemia de Covid-19, hablando ante la Asamblea General de la ONU, el secretario general António Guterres dijo que mientras el mundo produce cada mes 1.500 millones de dosis de vacunas anti-Covid, 3.000 millones de personas, en su mayoría habitantes de los países más pobres, todavía esperan por su primera inyección. Este “fracaso” es, a su juicio, “consecuencia directa de decisiones políticas y presupuestales que privilegian la salud y las riquezas de los habitantes de los países más avanzados a expensas de la vida de los habitantes de los países más pobres”.

Guterres cree posible vacunar al 70% de la población mundial a mitad de 2022, pero para ello se requiere “multiplicar la cantidad de países capaces de producir vacunas, tests y tratamientos, gracias al intercambio de licencias y derechos de propiedad intelectual y a la prestación de apoyo tecnológico y financiero”.

Ya en octubre de 2020 los países en desarrollo impulsaron una iniciativa en el seno de la Organización Mundial del Comercio (OMC) con el objetivo de suspender temporalmente algunos artículos sobre propiedad intelectual de los ADPIC (Acuerdos de Propiedad Intelectual) para permitir aumentar la producción de vacunas, tratamientos y diagnósticos en todo el mundo, promover el acceso equitativo a los mismos y así frenar la crisis de salud global.

Esta propuesta de exención (waiver) tiene 62 auspiciantes, entre ellos la Argentina y Bolivia, y es apoyada por más de cien, una enorme mayoría de los miembros de la OMC, así como por una enorme coalición que incluye a Médicos sin Fronteras, el Vaticano, Amnesty International y la Red del Tercer Mundo, entre muchos otros.

Sin embargo, ha sido bloqueada por Suiza, el Reino Unido y la Unión Europea, aun cuando el Parlamento Europeo se pronunció a favor.

El 15 de marzo la revista online Político filtró un documento por el cual la Unión Europea, los Estados Unidos, India y Sudáfrica habrían acordado a puertas cerradas y sin consultar con el resto del mundo una transacción que eximiría de las patentes a las vacunas anti-Covid, bajo ciertas condiciones muy estrictas. Adam Hodge, portavoz de la Oficina del Representante de Comercio de Estados Unidos, confirmó que el “difícil y prolongado proceso ha dado lugar a un resultado de compromiso” sobre la propiedad intelectual, que según él ofrecería “el camino más prometedor para lograr un resultado concreto y significativo”.

El borrador autoriza el uso de “la materia patentada necesaria para la producción y el suministro de vacunas contra el Covid-19 sin el consentimiento del titular de los derechos en la medida necesaria para hacer frente a la pandemia”. Todavía no se ha concretado si la suspensión será por 3 ó 5 años.

Pero tal acuerdo no sólo está restringido a vacunas (y no incluye diagnósticos y tratamientos) sino que además sólo permite la producción de vacunas en estas condiciones a países considerados “en desarrollo” por la OMC (que no son todos los que la ONU cataloga así) y que no hayan exportado más del 10% de las vacunas distribuidas a nivel global en 2021. Esto deja afuera precisamente a países con capacidad de producción como China, porque exportó un tercio de las vacunas del mundo en 2021, y Brasil, que en 2019 solicitó dejar de ser "país en desarrollo" en la OMC a cambio de la promesa de Estados Unidos de ser admitido en la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OECD).

El acuerdo no recoge ninguna suspensión en lo referente a otros elementos de propiedad intelectual fundamentales como los derechos de autor, los secretos comerciales, la exclusividad de datos o los diseños industriales, todos ellos necesarios para la fabricación de vacunas y tratamientos.

Por último, el texto agrega un requisito que va más allá de los actuales acuerdos ADPIC, al exigir un listado de todas las patentes que tiene el producto para el que se pide la exención. Pero gran parte de las vacunas y medicamentos anti-Covid son productos nuevos y durante un período de 18 meses el inventor no está obligado a hacer pública la información sobre las patentes nuevas que se solicitan para el producto o las viejas que contiene (por ejemplo, el excipiente). Al desconocerse este detalle, el potencial fabricante no-dueño de todas y cada una de las patentes en juego queda expuesto a onerosas demandas posteriores. Que es, precisamente, lo que un waiver debería evitar.

En los próximos días el acuerdo de los cuatro debe ser aprobado por la Unión Europea y por el Consejo de ADPIC de la OMC, donde se rumorea que podría requerirse su aprobación a carpeta cerrada, en un tómelo o déjelo que impediría el debate o la introducción de enmiendas.

Aun no es demasiado tarde para impedirlo.

 

 

 

* Roberto Bissio es coordinador de Social Watch.

 

 

 

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