Un estado policial
El mundo de las ambiciones desmedidas, las pandemias y los muertos vivos de un capitalismo desbocado
– ¿Hasta cuándo sigue el control policial para que se cumpla el aislamiento en los casos en que fue indicado?
–No lo tengo muy claro. Es una medida que arregló el ministro de Salud (provincial) con el juez y el ministro de Gobierno, que tiene potestad sobre la policía. Para algunos vecinos es un poco chocante. Se sienten como que son delincuentes y no han hecho nada malo.
El intendente de Epuyén a la periodista Soledad Vallejos. Página/12, 17 de enero de 2019.
En el mismo Departamento Cushamen, aunque a cuarenta kilómetros de la zona en que la represión a la comunidad mapuche por las fuerzas de seguridad a cargo de la ministra Patricia Bullrich llevó a la muerte a Santiago Maldonado, y a doscientos cincuenta del exclusivo country de Villa la Angostura donde el Presidente Macri pasó sus últimas vacaciones, la localidad de Epuyén ha visto caer la muerte del virus de las ratas asociadas al abandono de la salud pública por el actual gobierno. Más arriba, a unos seiscientos kilómetros, el faro de las ambiciones propias y extrañas: Vaca Muerta.
Un territorio patagónico en el que se entrecruzan la propiedad y el goce de los enriquecidos dueños de la tierra, la expropiación que persiste con la represión a las castigadas comunidades originarias y otros desposeídos y la regresión a un tipo de sociedad en la que el gobierno deja a las grandes mayorías de la población expuestas a una selección natural en la lucha por la vida, obligando a los ciudadanos a enfrentar por sí solos a los fenómenos naturales, a otras criaturas vivientes, y a unos contra otros.
Solos, porque en lugar del Ministro de Salud y todos sus equipos acompañando con su trabajo a los pobladores para enfrentar el dolor, el sufrimiento y la muerte, ese ministro sin poder se dirige a quien lo concentra, para que la epidemia se enfrente con los grupos cuyas tareas no son las de acompañar el desamparo sino las de vigilar y castigar (algo que ya adelantó Albert Camus en La peste). Son escenas que las ficciones actuales recrean una y otra vez: el mundo de las ambiciones desmedidas, las pandemias y los muertos vivos de un capitalismo desbocado.
Setenta años…
El estado policial es uno de los tres pilares fundamentales del Estado en la concepción política de la coalición gobernante. Y lo es como parte dogmática de la carta orgánica del pensamiento liberal-libertador argentino, al menos desde hace setenta años. Es la estrategia para consolidar la concentración de la riqueza y sus privilegios por el poder político alcanzado por los grupos dominantes con golpes militares o, en la actualidad, ya en democracia, con los votos acompañantes de aquellas subclases sociales que hacen suya la aristocrática y oligárquica distinción entre “los mejores” y “los peores” para una definición aspiracional de su propia identidad. Una definición que requiere “mano dura” con “los de abajo” y “los de afuera” para marcar aquella distinción.
El Decreto Ley N° 333, del 14 de enero de 1958, o Ley Orgánica de la Policía Federal, firmado por Aramburu y Rojas, establecía en su artículo 8º que “la Policía Federal como representante de la fuerza Pública podrá hacer uso de la misma para el cumplimiento de sus funciones. Asimismo el personal con estado policial podrá esgrimir ostensiblemente sus armas para asegurar la defensa oportuna de las personas o derechos de terceros o de los propios”. Y otorgaba estado policial al “personal superior y subalterno en situación de actividad o retiro” (art.33).
Veinte años después, Videla y Martínez de Hoz firmaban la Ley 21965 que en su artículo 3° decía: “El estado policial es la situación jurídica resultante del conjunto de deberes, obligaciones y derechos que las leyes, decretos y reglamentos establecen para el personal en actividad o retiro”. Con esas dos normas se consolidaba el autoritarismo funcional a la economía que la doctrina Chocobar del asesinato por la espalda, convalidada por el Presidente Macri, ha prolongado contra el populismo peronista para los setenta años de una noble y delicada fiesta selecta.
Identificar para perseguir
Las apelaciones a la seguridad del Estado policial, propias de la política de Cambiemos, ahora se condensan con motivo de las elecciones por venir: reforma del régimen penal juvenil para reducir la edad de imputabilidad a 15 años, expulsión de extranjeros que hayan delinquido, libertad para comprar armas, uso de pistolas Taser y uso de datos de ADN para la identificación de delitos.
La ministra de Seguridad Patricia Bullrich anunciaba en agosto de 2016, con la más completa ignorancia o el total desprecio (o con ambos) por nuestro sistema jurídico y sus obligaciones en el orden nacional e internacional, que el gobierno estaba preparando la creación de un registro nacional de ADN para toda la población: “Para nosotros el ADN es la huella digital del siglo XXI”. A mediados del año siguiente, Bullrich aseguraba que mediante un convenio de la Nación con el FBI de Estados Unidos: “Mendoza será la primera provincia en tener el CODIS, un sistema que permite la comparación del registro de ADN”. Ambas afirmaciones se contradecían: las huellas dactilares se toman a toda la población con el fin de documentarlas y se asocian con ello al nombre de las personas, pero las muestras de ADN del CoDIS (Combined DNA Index System), o base de datos que maneja el FBI, se obtienen como muestras forenses de una escena criminal, o para la búsqueda de delincuentes y personas desaparecidas, aunque por razones de privacidad esas muestras no pueden ser asociadas a datos personales como el nombre. Pero hace unos días Bullrich insistió con que ampliarían el uso de ADN para identificar todo delito doloso sin distinción.
Los límites democráticos a las injerencias del Estado
El derecho a la privacidad en relación a los límites del tratamiento de datos biométricos (ADN) en personas no condenadas, ya había sido esclarecido por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en la sentencia (2008) del caso “S. y Marper contra el Reino Unido” cuando estableció tres requisitos que debían cumplirse. Por un lado, marcando los límites a la injerencia del Estado en la privacidad de las personas, señala que para el tratamiento de datos biométricos debe cumplirse con el requisito de previsión legal, mediante una ley que defina con claridad el alcance del ejercicio del poder que se concede al gobierno y explicite los límites a la arbitrariedad en el ejercicio de ese poder. Un requisito que el gobierno actual ha vulnerado con el uso de las bases de datos de la ANSES o las escuchas telefónicas.
En segundo lugar, el Tribunal considera la finalidad de la detección y prevención del delito, y si bien considera que esta es una finalidad legítima, se ha señalado la diferencia entre evitar la comisión de delitos y facilitar la identificación de futuros delincuentes (al modo en que por otro medio se realiza en la película Minority Report).
Finalmente el Tribunal analiza la justificación de las injerencias del Estado en la vida privada en cuanto necesidades de una sociedad democrática y exige, para cumplir con el requisito de necesidad, la aplicación del “principio de proporcionalidad” en orden a ponderar el fin del tratamiento de datos biométricos con el goce del derecho a la vida privada, en modo tal que se logre un equilibrio armónico entre la necesidad social y el respeto de los derechos individuales evitando los abusos del Estado. Abusos que se observan cuando no se distingue, como en la retórica punitivista del gobierno, entre los datos cuantificables y clasificables de los delitos en cuanto a la gravedad de los mismos, el tiempo durante el cual se conservarán las muestras, su destrucción cuando una persona ha sido declarada inocente, etc.
La sonrisa de la ministra
El artículo 5º del Decreto 333 establecía que “son facultades de la Policía Federal para el cumplimiento de sus funciones: Registrar y calificar a las personas dedicadas habitualmente a una actividad que la policía debe reprimir”. No cabe duda de que el ADN es una herramienta poderosa para registrar y calificar personas, cualquiera sea la actividad que la policía deba reprimir. Y poco importa que los vecinos se sientan como delincuentes aunque no hayan hecho nada malo. Como nada le importó al Tribunal Superior de Justicia de la ciudad de Buenos Aires cuando en enero de 2016 apeló al Decreto 333 para avalar la detención por averiguación de identidad, una conducta ya condenada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de Walter Bulacio (2003).
El ajuste sin rostro humano abandona a la población, vuelven las pestes y la ciencia sólo sirve para una vigilancia policial del vivir. Y sin embargo, a pesar de la gravedad de sus dichos y sus actos, la ministra de Seguridad a veces ríe. Y uno se pregunta con Mario Benedetti: “Seré curioso, señor(a) Ministro, ¿de qué se ríe?, ¿de qué se ríe?”.
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