La guerra del agua
Mekorot, extractivismo y soberanía hídrica
El derecho universal al agua y al saneamiento
El acceso al agua y al saneamiento son dos derechos interdependientes que fueron incluidos de diferente modo en distintos documentos de la ONU a partir de 1966, en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), en el sentido del respeto y protección de una vida digna y alimentación adecuada. Se incluyeron también en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) de 1979; luego en la Convención de los Derechos del Niño de 1989, en la Observación N.º 15 al PIDESC, en 2002, en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en 2006.
Pero las políticas neoliberales de privatización del agua y el saneamiento, con la consecuente privación del libre acceso a esos derechos, de manera asequible —se prohibió a los campesinos hasta la acumulación de agua de lluvia— condujeron a que, luego de la denominada “guerra del agua”, el entonces Presidente de Bolivia, Evo Morales, propusiera la declaración explícita de ambos como derechos universales, en tanto imprescindibles para la vida y para el ejercicio de los demás derechos.
Fue así que en el año 2010 la Asamblea General de las Naciones Unidas reconoció explícitamente el derecho al agua y al saneamiento, como parte del derecho internacional vinculante y esencial para la realización de todos los demás derechos humanos (Resolución 64/292 de 2010). Y, a partir de 2017, realizó su reconocimiento de los derechos humanos al agua y al saneamiento como dos derechos humanos diferentes, pero estrechamente vinculados y dependientes (Resolución 72/178 de 2017).
Cabe señalar que esos derechos son considerados en la Carta Encíclica Laudato Si, sobre el cuidado de nuestra casa común, que el Papa Francisco dirige a toda la humanidad: “El acceso al agua potable y segura es un derecho humano básico, fundamental y universal, porque determina la sobrevivencia de las personas, y por lo tanto es condición para el ejercicio de los demás derechos humanos”.
Cabe destacar que en la República Argentina esos derechos forman parte de normas con rango constitucional en virtud del art. 75, inc. 22, de la Constitución nacional a la cual los gobiernos deben subordinarse. En consecuencia, deben obedecer los tratados internacionales de derechos humanos incluidos, no sólo respetando esos derechos, sino también protegiéndolos, promoviéndolos y garantizándolos.
No obstante, además de no terminar el tendido de las redes de agua y cloacas necesarias para la vida y para evitar enfermedades, el extractivismo existente en nuestro país condujo a que muchas empresas avanzaran sobre el agua necesaria para el consumo, el saneamiento y la producción de alimentos, en desmedro de la población, incluso sin tener que pagar por ese recurso escaso que es el agua.
Actualmente nuestro país se enfrenta a una profundización de los riesgos de vulneración de esos derechos en virtud del freno de la obra pública y el correspondiente tendido de redes, así como por la profundización del modelo extractivista a partir de la denominada ley Bases y el Régimen de Incentivos para las Grandes Inversiones (RIGI), que ponen en un peligro aún mayor el acceso al agua para el consumo de la población en aquellos lugares donde se llevan a cabo esas explotaciones. Considerando que ninguno de los artículos específicos del RIGI establece condiciones a las empresas beneficiarias para que presenten estudios de impacto ambiental de sus proyectos, este incentivo a las actividades extractivas está en contradicción con muchos compromisos que la Argentina adquirió en materia ambiental y compromete a las futuras generaciones, con un término de 30 años para los emprendimientos en cuestión.
Lejos de respetar, proteger, promover y garantizar los derechos mencionados, el actual gobierno está dispuesto a lesionarlos.
Mekorot y su presencia en la Argentina
El 16 de mayo de 2022, el ministro del Interior, Wado de Pedro, encabezó en Casa Rosada un encuentro con el coordinador de Proyectos Especiales Internacionales de la empresa israelí Mekorot, el argentino Diego Berger. En un encuentro que marcó la continuidad en la agenda de trabajo establecida tras la misión de cooperación científico-tecnológica desarrollada en Israel sobre el manejo inteligente del agua. En ese contexto, el titular de la cartera de Interior anunció la celebración de un convenio de colaboración "entre la empresa Mekorot y las distintas áreas del gobierno nacional que tienen a cargo los recursos hídricos, para poner en marcha un masterplan con el foco puesto en la gestión inteligente del agua en la Argentina". Posteriormente, el 31 de octubre de 2022, el Ministerio del Interior, con la presencia de algunos gobernadores (La Rioja, Catamarca, Río Negro), firmó un convenio con la compañía nacional de agua de Israel Mekorot para la realización del Plan Maestro del Sector Hídrico en esas provincias. En ese encuentro, el secretario del Interior, José Lepere, hizo hincapié en que “para el Ministerio del Interior es un enorme orgullo haber logrado en tan poco tiempo, de la mano del Consejo Federal de Inversiones (CFI), acuerdos con Mekorot que ponen por delante una agenda de trabajo muy profunda” en torno al manejo del agua. “Queremos continuar impulsando la agenda del agua, una agenda que propone cuidar este recurso y administrarlo mejor”, manifestó.
A nadie puede pasar desapercibido que el conocimiento de recursos hídricos de un país (incluidos los acuíferos subterráneos o simplemente acuíferos) y las posibilidades técnicas de utilizarlos tienen una relevancia geopolítica y geoestratégica fundamental. Asimismo, en el contexto del cambio climático, “se está acelerando tanto la escasez de agua como los peligros relacionados con este recurso (como inundaciones y sequías), ya que el aumento de las temperaturas altera los patrones de precipitación y todo el ciclo del agua”.
En ese marco, la intencionalidad expresada en el convenio pareciera, prima facie, un importante avance en el impulso de la denominada “agenda del agua” que, de hecho, a comienzos de este año 2025, ya habrían firmado diez gobiernos provinciales a través del Consejo Federal de Inversiones, sin que tomara estado público el convenio: Mendoza, San Juan, La Rioja, Catamarca, Río Negro, Formosa, Santa Cruz, Chubut, Santa Fe y Santiago del Estero. Mekorot entonces hará los planes estratégicos para el sector hídrico y para el manejo del agua y agua potable, justamente donde el extractivismo megaminero consume cantidades descomunales de agua.
Asimismo, llama la atención que, existiendo capacidades en nuestras propias instituciones nacionales —como lo fue el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA), ahora disuelto, el Instituto Nacional del Agua, desmantelado, y las universidades nacionales— se realice el convenio con una empresa extranjera sumamente cuestionada por la lesión de los derechos al acceso al agua y al saneamiento arriba mencionados. Llama la atención que el convenio se realice de manera “confidencial” y que no tengan acceso a la información los diferentes afectados o involucrados, en virtud de lo que manda el principio de publicidad que incorpora el Acuerdo de Escazú, de acceso a la información pública ambiental. Cabe señalar que el Acuerdo de Escazú es ley nacional y tiene rango constitucional. Sin embargo, no es acatado por los gobiernos, los cuales parecen creer que firmar un acuerdo internacional es un mero encuentro social sin consecuencias, por el cual no tendrán que rendir cuentas.
A pesar del secretismo, pudo conocerse gracias a la tenaz acción de algunos legisladores el contenido del acuerdo de la provincia de Río Negro (que probablemente sea similar al de las restantes provincias), el cual fue desmantelado y publicado en el diario Tiempo Argentino el 14 de julio de 2024.
De la lectura puede seguirse que se trata de un convenio innecesario e inconveniente para nuestro país, el cual podría construir información similar recurriendo a las propias capacidades. Llama la atención que haya exigencia de confidencialidad y que cualquier controversia sea resuelta eventualmente en el CIADI.
Los antecedentes de Mekorot en Palestina
El 11 de abril de 2023, la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos (APDH) ya expresó en una carta pública al Ministerio del Interior —que vale la pena leer completa— lo siguiente: “Cuando conocimos por los medios de comunicación la realización de la ‘Misión de cooperación científico-tecnológica entre la Argentina e Israel en manejo del agua’, de la que participaron gobernadores y gobernadoras de provincias de la Argentina, así como distintos ministros de la Nación, la APDH repudió públicamente tal misión y le solicitó una entrevista.
La mencionada misión nos obligó a señalar que el Estado de Israel restringe el acceso al agua de la población palestina desde 1967. Las extremas diferencias que hay en el acceso al agua por parte de lxs palestinos y de lxs israelíes dan cuenta de un apartheid del agua.
Consideramos oportuno indicar que la empresa estatal israelí de agua Mekorot ha sido señalada por las Naciones Unidas como una de las empresas que es cómplice de violaciones a los derechos humanos y que se beneficia directamente de la ocupación israelí en Palestina y ha sido denunciada por relatores especiales y organizaciones internacionales.
Nos preocupa que el Estado argentino normalice así las relaciones con un Estado que viola sistemáticamente los derechos humanos del pueblo palestino, y estreche relaciones sin considerar los antecedentes referidos y que pueden conllevar la cesión de uso y administración del derecho al agua, objetivo de la misión”.
La misma carta señala la suspensión en 2011 de un acuerdo de la provincia de Buenos Aires, por la mala calidad de la propuesta presentada, que ponía en riesgo la salud de los habitantes de la provincia.
Cabe agregar que ya en el año 1992 las Naciones Unidas se pronunciaron en el documento “Recursos hídricos del territorio palestino ocupado” respecto a la violación de los derechos de los palestinos sobre el agua expresando: “El único hecho que es indiscutible, sin embargo, es que los palestinos no tienen poder de decisión sobre su propio futuro hídrico. El mismo documento menciona que “en el verano de 1990, la crisis del agua fue tan grave que los pozos se secaron en aldeas enteras de Cisjordania. En Hebrón, la zona más afectada, el agua dulce se vendía desde camiones cisterna privados y en el mercado informal: ‘La situación empeoró cuando Mekorot, la compañía de agua de Israel, aumentó la extracción en las llanuras costeras para satisfacer las demandas del calor del verano’”.
Mekorot también fue denunciada por Amnistía Internacional por su complicidad en las restricciones que las poblaciones palestinas tienen en el acceso al agua y, más recientemente, Human Rights Watch la denunció por su complicidad manifiesta con el genocidio, ya no restringiendo, sino privando a la población de Gaza del acceso al agua, reduciéndose el consumo por persona a dos o tres litros por día.
Se explican estas denuncias a partir de que Mekorot es la empresa estatal israelí encargada del máximo porcentaje de provisión de agua en Israel y los territorios ocupados. Mekorot es claramente cómplice en la política de discriminación, apartheid y genocidio hacia los palestinos de los territorios ocupados, quienes padecen severas limitaciones en la accesibilidad al agua proveniente de su propio territorio, la que se ve desviada, por otra parte, tanto hacia Israel como hacia los ilegales asentamientos de Cisjordania”. Por lo cual, si siempre discriminaron al pueblo palestino en cuanto a la provisión de agua, actualmente la dotación difícilmente alcanza para la subsistencia, lo que hace a la empresa Mekorot cómplice en la guerra genocida perpetrada en la actualidad por Israel.
Para informarse respecto a la discriminación en el acceso al agua, de su precio y de la calidad de esta, así como sobre la expoliación de recursos acuíferos palestinos, es recomendable la lectura del documento sobre este tema de la ONG israelí Who Profits. De hecho, en 2001, según esa organización, el consumo medio de agua por persona en Israel era de 200 litros diarios, en Cisjordania de 85 litros y en Gaza de 77 litros. La situación se agravó con los años y en 2017 Amnistía Internacional denunció: “La población palestina consume por término medio 73 litros de agua al día por persona, cantidad muy inferior al mínimo diario de 100 litros per cápita recomendado por la Organización Mundial de la Salud (OMS). En muchas comunidades ganaderas de Cisjordania, el consumo de agua es de sólo 20 litros por persona y día para miles de palestinos, según la OCAH. En cambio, cada israelí consume un promedio de 300 litros de agua al día, aproximadamente”. Amnistía Internacional también denuncia que “si bien Mekorot vende parte del agua a empresas de suministro de agua palestinas, son las autoridades israelíes las que deciden el volumen. Como consecuencia de las continuas restricciones, muchas comunidades palestinas de Cisjordania se ven obligadas a comprar agua que se transporta en camiones a precios mucho más elevados, entre cuatro y diez dólares de Estados Unidos por metro cúbico. En algunas de las comunidades más pobres, el gasto en agua puede representar en ocasiones la mitad de los ingresos mensuales de una familia”.
“En noviembre de 1967, las autoridades israelíes promulgaron la Orden Militar 158, que establecía que la población palestina no podía construir ninguna nueva instalación para el abastecimiento de agua sin obtener previamente el permiso de las Fuerzas Armadas israelíes. Desde entonces, la extracción de agua de cualquier nueva fuente o el desarrollo de cualquier nueva infraestructura hídrica requiere el permiso de Israel, cuya obtención es poco menos que imposible. La población palestina que vive bajo la ocupación militar israelí ha seguido sufriendo hasta nuestros días las devastadoras consecuencias de esta orden. No puede perforar nuevos pozos, instalar bombas ni ahondar pozos ya existentes, y además se le niega el acceso al río Jordán y a los manantiales de agua dulce. Israel controla incluso la acumulación de agua de lluvia en la mayor parte de Cisjordania, y es frecuente que el ejército israelí destruya las cisternas que para este fin poseen las comunidades palestinas. De hecho, los palestinos no tienen acceso al agua del río Jordán y tienen severas restricciones al acceso del agua del acuífero oriental (de la montaña) que se ubica casi totalmente en Cisjordania.
El apartheid del agua está ampliamente documentado, así como la complicidad y la indispensable participación de la empresa Mekorot en este. Apartheid, expoliación y colonialismo de los recursos hídricos son los nombres que se les pueden dar a estos hechos.
Varios países han rescindido acuerdos o han evitado colaborar con la empresa estatal israelí Mekorot debido a preocupaciones sobre su papel en la gestión del agua en los territorios palestinos ocupados, donde ha sido acusada de prácticas discriminatorias. Algunos ejemplos notables incluyen:
En 2013, el gobierno de los Países Bajos canceló un contrato con Mekorot para la construcción de una planta de tratamiento de agua en Cisjordania. La decisión se tomó después de que se expresaran preocupaciones sobre posibles violaciones del derecho internacional, ya que Mekorot estaba involucrada en el suministro desigual de agua en los territorios ocupados.
En 2014, la empresa de agua pública portuguesa Águas de Portugal terminó su colaboración con Mekorot. Esto ocurrió tras la presión de organizaciones de derechos humanos que denunciaron que la empresa participaba en políticas de apartheid hídrico contra la población palestina.
- Argentina (casos puntuales)
En 2013, la provincia de Buenos Aires suspendió un contrato con Mekorot para la construcción de una planta potabilizadora en La Plata, en parte debido a la presión social que surgió por el historial de la empresa en los territorios ocupados.
Algunas consideraciones finales
Sin dudas, un lobby trajo a la empresa israelí de agua Mekorot para realizar convenios al más alto nivel con el Ministerio del Interior y con las provincias argentinas a través del Consejo Federal de Inversiones. Estos convenios resultan inaceptables por un cúmulo de razones.
- Nuestro país, la República Argentina, tiene capacidades científicas y tecnológicas para elaborar sus propias investigaciones y planes hídricos correspondientes. Sin embargo, no podemos dejar de expresar nuestra preocupación porque, además de haber sido excluido de las posibles privatizaciones el Congreso de la Nación, el gobierno nacional está amenazando con un vaciamiento de los institutos que se ocupan de estos temas (como el INA). Incluso, el Estado nacional debería potenciar la capacidad de la actual Subsecretaría de Recursos Hídricos [1], la cual tiene diferentes responsabilidades.1 En consecuencia, un convenio con Mekorot solo podría explicarse en términos de la profundización de políticas extractivas que, al contrario de lo que dicen los objetivos explícitos, tuviera como finalidad el uso abusivo del agua, dejando a poblaciones argentinas —originarias o no, pero consideradas subalternas— sin agua, como ocurre actualmente con la población palestina.
- En la Argentina el Acuerdo de Escazú es ley a partir de que fuera aprobado mediante la ley 27566 en 2020. Como tal, obliga al gobierno a la máxima información en cuestiones ambientales, a la participación de las comunidades en las decisiones ambientales. En consecuencia, entre otros principios, reconoce el Principio de Máxima Publicidad. Sin embargo, ya estando vigente el Acuerdo de Escazú, la opacidad de los acuerdos con Mekorot significa una violación de los deberes de funcionario público y atenta contra todo principio republicano y ha motivado el repudio de los más variados sectores, incluido el de las comunidades de pueblos originarios que se ven afectadas por el extractivismo. A modo de ejemplo, 400 comunidades de Jujuy se movilizaron el 6 de junio de 2024 en contra del convenio con la empresa Mekorot.
No podemos dejar de considerar que el mismo apartheid que se aplicó al pueblo palestino se encuentre en los planes para nuestra población ya afectada por el extractivismo y las dificultades para acceder a un recurso esencial como es el agua - La empresa de agua israelí Mekorot es desde hace décadas, al menos desde 1967, un actor principal en el apartheid que sufre el pueblo palestino, el cual no tiene acceso al agua y al saneamiento como ocurre con la población israelí. Como se muestra en el informe que antecede esta declaración, luego de los hechos del ataque de Hamas el 7 de octubre de 2023, esa política de apartheid y dificultades para el acceso al agua y al saneamiento transformó directamente a la empresa Mekorot en cómplice del genocidio, al privar de agua a un pueblo palestino que muy minoritariamente tiene relación con el grupo terrorista Hamas, funcional a la expansión israelí.
- Existen antecedentes de la cancelación de convenios con Mekorot, tanto de la provincia de Buenos Aires como por parte de terceros países, por argumentos similares a los mencionados en el informe precedente.
Por estas razones expresamos:
- La confidencialidad y el secretismo de los acuerdos con Mekorot son ilegales y sólo pueden ser explicados porque atentan contra los derechos humanos e intereses del pueblo argentino.
- Cualquier acuerdo con una empresa que tiene participación activa en una política de apartheid, de crímenes de guerra y genocidio, convierte a quienes participan de ellos en cómplices al legitimar el accionar de esta.
Por lo manifestado, exigimos que se rescinda cualquier acuerdo con la empresa Mekorot y su inmediata expulsión de nuestro territorio nacional.
* Firmas por el Capítulo Argentino Red Bioética: Sergio Gonorazky, Javier Flax y Mónica Heinzmann.
[1] Subsecretaría de Recursos Hídricos: Planifica, ejecuta y administra obras de infraestructura hídrica y sanitaria; controla la calidad del agua potable y del servicio de saneamiento; promueve la investigación y el desarrollo tecnológico del sector hídrico y sanitario; difunde información sobre la importancia del agua apta para consumo y del saneamiento; su objetivo es aumentar la cobertura de agua potable y saneamiento; mitiga el impacto de las inundaciones y las sequías; integra aspectos técnicos, sociales, económicos, legales, institucionales y ambientales del agua.
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