¿Será posible Chubut?

Oportunidad histórica de recuperar Futaleufú para los chubutenses y cobrar regalías por los parques eólicos

 

El mundo asoma a nuevos experimentos de prepotencia del imperio del norte, cada vez más directos y frontales, con la pretensión de acumular mayor poder global, en un contexto de guerras diversas a las que no es ajeno. Las decisiones de orden económico y aun cultural responden a una visión retrógrada de la condición humana, tal como ha sido conquistada al presente luego de largos períodos de lucha civilizatoria.

Latinoamérica está en la mira de la actual cruzada invasora, a través de los conflictos de fronteras y de inmigraciones, teniendo siempre presente la amenaza desde el poder económico. En ese clima de conflicto, la Argentina es también un bocado muy apreciado por sus particulares condiciones de abundancia de recursos y su actual política de renuncia a sus derechos soberanos en determinadas cuestiones.

Ya hemos comentado como ello está influyendo en el gobierno nacional y en algunas provincias, detallando de alguna manera la actitud de la provincia de Río Negro. Pero hoy deseo internarme en una situación diferente de la siempre enigmática Patagonia: la provincia del Chubut.

Fue constituida institucionalmente a partir de incluir en sus nuevas fronteras territoriales ciudades importantes con historia propia, creando así un Estado con diversidades locales y regionales notables, también con diferencias geográficas significativas, y riquezas de distinta relevancia. Todo ello le ha permitido a los municipios respectivos un protagonismo considerable en la vida institucional de la provincia, con aspectos positivos y negativos al mismo tiempo.

El desafío de armonizar e integrar el conjunto así referido y defender a la vez tanto aquellas particularidades como la presencia y autoridad del Estado provincial en toda su profundidad es enorme.

En el contexto planteado, con el particular espacio que ocupa la Patagonia y en este caso la provincia de Chubut por su dotación de recursos naturales, es vocación de este texto referirse especialmente a algunos temas energéticos que la afectan, en un escenario mundial donde las renovables se han convertido en un eje importante de la transición energética.

Ahora bien, es necesario recordar en este caso que sus gobiernos provinciales se han comprometido oportunamente en dos cuestiones de relevancia relativas a la electricidad, cuyos instrumentos o acuerdos de entonces vencen casualmente a partir del presente año. Seguramente con las mejores intenciones, esas administraciones aceptaron o definieron, según el tema, la limitación de los derechos provinciales en dos materias de gran importancia actual con el objetivo de promover el desarrollo de sus actividades económicas: la energía de origen hidroeléctrico y la de origen eólico, en ambos casos afectando el uso de recursos naturales de la provincia de Chubut.

 

Si te he visto no me acuerdo

En primer lugar me refiero al sector hidroeléctrico, que se reformó y privatizó en el marco de la reforma del Estado a la luz de la doctrina del Consenso de Washington. En 1994 el gobierno de Carlos Menem acordó con el gobernador del Chubut, Carlos Maestro, que el aprovechamiento hidroeléctrico de Futaleufú, construido con fondos nacionales en territorio chubutense, tuviera el destino preferente de suministrar electricidad a la producción de aluminio.

Aluar (Aluminio Argentino) es la industria del aluminio que se desarrolló originariamente a instancias de la Fuerza Aérea, que la consideró estratégica para la producción de aviones en el marco de la Comisión para el Desarrollo de Metales Livianos (COPEDESMEL). Se eligió entonces, dándole continuidad al objetivo fundacional, a la empresa Aluar como destinataria de la energía de Futaleufú. Se le otorgó un especial beneficio, una tarifa de su producción eléctrica sumamente ventajosa y por 30 años, cuyo plazo vence precisamente este año, 2025. Como contrapartida, se acordaron en aquella oportunidad con el gobernador Maestro ayudas especiales para la provisión de electricidad a la provincia, nunca cumplidas.

A estas alturas, el fundamento central de aquel contrato privilegiado desapareció hace muchos años, sin que la tarifa haya cambiado para Aluar. Por el contrario, su industria ha progresado y con sus ganancias ha construido, entre otras cosas, generación de energía renovable eólica que en parte usa para el funcionamiento de su planta industrial o para venderle al mercado (MEM) o a grandes usuarios.

 

Riqueza que se lleva el viento

En segundo lugar, en cuanto a la energía renovable de origen eólico, por decisión legislativa del año 2011 (Ley XVII, N°95) la provincia renunció a percibir impuestos o regalías por el uso de sus recursos naturales en la instalación de parques eólicos, en el entendimiento de que favorecían su asentamiento en la provincia con las riquezas derivadas de esa industria. El desistimiento legal también vence este año. Esa modalidad de generación eléctrica era novedosa en aquel momento y Chubut era la provincia con los mejores vientos del país, con lo cual era una promoción o estímulo razonable esa declinación de ingresos de relevancia para las arcas provinciales.

Por otra parte, la ley nacional 27.191 eximió de impuestos y derechos de importación a los bienes de capital destinados a la generación de energía renovable. A su vez, estableció que “el acceso y la utilización de las fuentes renovables de energía… no estarán gravados o alcanzados por ningún tipo de tributo específico, canon o regalías, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el 31 de diciembre de 2025”.

Hoy Chubut representa aproximadamente el 40% de la potencia eólica instalada en el país y este esquema legal de promociones lo único que generó fue la oportunidad de un negocio financiero en el cual el Estado nacional subsidió a los inversores garantizándoles una tarifa especial y la prioridad del despacho, muy por encima del costo medio de generación eléctrica de la matriz nacional, generando un proceso de importación de bienes de capital y tecnología en detrimento de los incipientes desarrollos tecnológicos nacionales.

Es por ello que la historia demostró el error de la decisión provincial de aquel momento, sobre todo cuando el país tomó en cuenta la importancia de los recursos naturales de todo tipo como una característica de su riqueza nacional, concediendo entonces su administración a las provincias en la reforma constitucional de 1994. Aquella anticipación provincial, que resultó equivocada, se confirmó cuando varias empresas privadas fueron instalando importantes parques eólicos en su territorio aprovechando esas ventajas legales (ahora vencidas) sin dejar ninguna riqueza de importancia para la economía provincial: ni trabajo, ni industria, ni energía para el consumo local.

Mientras el resto de las provincias con riquezas energéticas luchan con fuerza en defensa de las regalías que producen sus territorios, en Chubut sólo pueden hacerlo respecto de los hidrocarburos y la generación hidroeléctrica: los parques eólicos son una especie de “okupas”, como fueron denominados por algunos medios. Aves de paso, que aprovecharon los mejores vientos del mundo (el factor de riqueza de un parque eólico) pero no dejan prácticamente nada para la economía local. Aquella fue una decisión provincial de otra época, que ahora puede revertirse eliminando esa canonjía para este tipo de energía, con una legislación diferente que equipare razonablemente los derechos provinciales.

Alguna decisión municipal ha confundido a la población tratando de remediar ese aprovechamiento injusto, aunque legal, instrumentando impuestos locales a las eólicas, sin base ni sustento. Por supuesto la maniobra no funcionó, porque los derechos provinciales a regalías tienen otro fundamento.

En el derecho de los recursos naturales en nuestro sistema institucional está consagrada la facultad de cada provincia a percibir regalías determinadas por la producción energética en el aprovechamiento de los recursos naturales existentes en su territorio: es constitucional.

En el caso de las instalaciones eólicas, el recurso natural aprovechado es el territorio, el suelo: no es lo mismo un parque eólico en Formosa o en la zona núcleo cordobesa que en Chubut. La renta que da el suelo de la provincia de Chubut es la mejor del país y del mundo. Ese es el recurso que se inutiliza en gran medida por la instalación de un parque eólico. Y sobre ese recurso natural tiene el derecho constitucional a percibir una regalía por la producción de energía eléctrica en su territorio. Ninguna ley nacional puede impedir ese derecho provincial, basado en la Constitución. Es hora de modificar aquella ley estímulo provincial, no prorrogándola o directamente derogándola. De la misma manera que la eventual prórroga de la ley nacional no será oponible a los derechos constitucionales de Chubut.

 

El momento de Chubut

En el caso de Futaleufú, ya es hora de que la provincia recupere, al vencimiento actual de su contrato de 30 años, la preferencia de su energía para resolver en parte la carencia del sistema eléctrico chubutense, ¡tal como fuera acordado entonces con Carlos Maestro! La renegociación de ese contrato, que algunos intentarán prorrogar y que Chubut debería reformular a favor de los intereses públicos provinciales, será entonces un hito en la autonomía de la provincia y de sus derechos constitucionales sobre estos temas luego de la reforma del ‘94. Y será considerada por su pueblo como la justa retribución a sus derechos económicos y constitucionales, tanto en ese caso como en el de las energías eólicas. Está en sus autoridades democráticas, el Ejecutivo y el Legislativo, hacer respetar la autonomía provincial en temas tan esenciales para la provincia. 2025 es el año en que Chubut está en condiciones de hacer valer esos derechos.

 

 

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