Todo sea por los dólares

Del crecimiento invisible a la mentira visible

 

 1. Peña banca.

Luis Caputo, ex Presidente del Deutsche Bank Argentina, negociador a las apuradas de la deuda en manos de hold outs, omitió informar a la Oficina Anticorrupción su participación accionaria y gerencial en sociedades off shore, dedicadas a la administración de fortunas privadas en guaridas fiscales. Puntualmente se trata de un encadenamiento solitario en el que están involucradas las firmas Princess International Global LTD; Affinis Partners II y Noctua International WMG LLC, esta última con oficinas en Brasil y la Argentina. Martín Guyot, el socio del Ministro en este entramado, es un argentino domiciliado en Estados Unidos, quien inició sus armas en las finanzas en Cargill Financial Service International Inc., y luego se desempeñó en otras firmas del rubro financiero como Guggenheim Partners y Stark Investment, según información disponible en S&P Global Market Intelligence. Se puede acceder a dicha información a través del sitio oficial Bloomberg, qué también menciona a otros ejecutivos relacionados con Noctua: Alex Aberg Cobo J.D. (ex Deutsche Bank); Ricardo Navarro (ex Deutsche Bank, ex Stark Investment) y Ricardo Godoy (ex JP Morgan y ex Stark Investment).

“Lo recontra banco, lo banco”; “Es un orgullo para este país que Toto Caputo sea ministro. Es de las 10 o 15 personas más talentosas que existen en el mundo en el tema de las finanzas”. Así defendió el Jefe de Gabinete al Ministro de Finanzas, responsable de traer los dólares que acrecientan las cuentas de la deuda externa y financian la fuga de capitales de un puñado de privilegiados. No corrió la misma suerte Valentín Díaz Gilligan, que salió por la puerta de atrás por ocultar una cuenta bancaria y está imputado penalmente por ese hecho. ¿Porque el Jefe de Gabinete banca a Caputo mientras le suelta la mano al ex secretario privado de presidencia? La omisión de Caputo no debiera estar sujeta a un doble standard.

 

 2. Los facilitadores

High Net Worth Client Managment es la denominación utilizada en el segmento financiero para identificar las actividades financieras relacionadas con la administración de las fortunas generadas por un selecto grupo de millonarios. Según informa Christian Felber en su libro La economía del bien común, la diferencia de ingresos entre un alto ejecutivo y un salario mínimo en los Estados Unidos fue de 350.000 veces en el año 2009. Esta brecha es, sin duda, mucho mayor en la actualidad. La inconmensurable magnitud de este dato refleja la gravedad del problema y explica gran parte de las condiciones de desigualdad social y económica que caracterizan la financierización de la economía. Los asesores de inversión responsables de administrar este tipo de carteras se encargan de reproducir esas condiciones de desigualdad, que amenazan la democracia y el estado de derecho. Uno de los principales circuitos de inversión en el que se canalizan las grandes fortunas es la deuda externa de países emergentes. Nuestro Ministro de Finanzas, a través del endeudamiento récord del país, facilita el acrecentamiento de fortunas privadas y la generación de honorarios y comisiones en favor de bancos y hedge funders dedicados a realizar este tipo de inversiones en favor de millonarios escondidos detrás de sociedades off shore. Hay pocos estudios dedicados a medir cómo los poderosos acrecientan su poderío económico, pero hay muchas investigaciones penales y estudios sobre fuga de capitales que han permitido demostrar el rol pernicioso de las sociedades off shore. Quien conozca un poquito cómo funciona el delito económico, sabrá perfectamente que este tipo de instrumento se usa para lavar plata y licuar dolosamente tributos, tal cómo explica Adrián Falco, Secretario de la Red de Justicia Fiscal para América Latina. En una reciente entrevista sobre el caso Caputo, afirmó para la revista Noticias: “Crecen las pruebas de cómo opera el mundo off shore, es el mal hábito de contadores y abogados e intermediarios que construyen grandes estructuras fiscales para ocultar la riqueza de los poderosos y/o evadir/eludir el alcance de los fiscos”.

 

3. Fines incompatibles

Según se conoció gracias al trabajo de la periodista Noelia Barral Grigera, Noctua, la firma que el ministro no declaró ante la Oficina Anticorrupción, adquirió al menos 5 millones de dólares en el bono a cien años emitido el año pasado. La experiencia indica que los vínculos basados en relaciones laborales previas son uno de los primeros factores susceptibles de crear un conflicto de interés, por esa razón la renuncia a cargos directivos no es garantía alguna frente a negocios concretos acercados al funcionario de turno. Cuando el conflicto de interés se centraliza en la máxima autoridad política de un organismo, cuyos vínculos con el entramado de las finanzas ponen en funcionamiento todos los riesgos asociados a la puerta giratoria entre el sector privado y el sector público, y cancela cualquier aspiración de integridad y transparencia, la situación guarda la gravedad del caso para investigar penalmente los hechos. Casi desde sus inicios, la Oficina Anticorrupción ha establecido que hay conflicto de interés cuando el funcionario tiene competencia funcional directa con relación a los intereses del administrado. De ese vínculo directo “con el otro lado del mostrador”, el manejo de las colocaciones de la deuda externa, la escasa transparencia que rodea la determinación de comisiones por el proceso de colocación son ejemplos irrefutables, tanto como que la empresa Axis S.A., de la que Caputo fue Presidente hasta el 4 de diciembre de 2015, actuó como intermediaria en inversiones de la cartera del Fondo de Garantía y Sustentabilidad para la compra de letras del Banco Central, por operaciones que le significaron —a esa empresa— cuantiosas ganancias en concepto de honorarios y comisiones pagados, nada menos que por el ANSES, tal como denunció el Fiscal General Gabriel de Vedia a cargo de la UFISES.

 

4. La vieja doctrina Irurzun

La jurisprudencia del fuero federal conoce una doctrina Irurzun previa a la que, por estos tiempos, se utiliza para perseguir funcionarios del anterior gobierno. En la causa Megacanje, Irurzun, conjuntamente con el ex juez Horacio Cattani, resolvió que correspondía "procesar en orden al delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública a quien, en su carácter de Ministro de Economía de la Nación habría otorgado un trato preferencial al consorcio de bancos adjudicatarios de la operación de canje de la deuda pública, al brindarles sugerencias respecto a la forma en la cual debían formalizar la propuesta, y extender el plazo de cierre para presentar las ofertas…” (Cavallo, Domingo F. 6/11/07 - SalaI - CNFedCrimyCorrec).

Los procesos de colocación de deuda externa, de los que se desconoce el mecanismo de licitación y sus condiciones de transparencia, tal vez debieran ser reexaminados a la luz de los principios de esta doctrina, siempre y cuando pueda superarse el escollo del doble estándar.

 

5. La corrupción financiera.

Hace pocos días, William Kurt Black, profesor de economía y leyes en la Universidad de Missouri, se refirió al escándalo de corrupción en el que se vio envuelto por pagar sobornos el Presidente del Banco Central de Letonia, un pequeño país situado sobre la costa del Mar Báltico, considerado desde hace años como ejemplo de políticas de austeridad como las que Presidente proyecta para nuestro país. Según Black, la reducción del desempleo asociada a la destrucción de la calidad salarial de los sectores trabajadores y el proceso desregulador de la economía, facilitó la emergencia de un escenario de alta corrupción, ideal para los negocios de las oligarquías financieras. Este es el mar de fondo que explica la emergencia de un escándalo de corrupción en el que se vio envuelto el presidente de ese Banco Central (https://www.nakedcapitalism.com/2018/02/bill-blackonce-poster-child-austerity-latvia-becomes-hotbed-corruption.html). De este lado del globo terráqueo, el BCRA sancionó un código de conducta que prohíbe invertir en LEBACS a sus funcionarios. La normativa llegó cuando el instrumento perdió atractivo para el mercado y dos años después de que yo lo propusiera en una reunión de política monetaria. Demasiado tarde. No sirve de mucho un código de ética, si una de las máximas autoridades declaró ser titular de acciones de un banco privado sujeto a sus competencias regulatorias, máxime cuando la Carta Orgánica del Banco Central prohibe desempeñarse como director de la entidad a quien sea accionista de bancos. Imagino que sólo podría alegar que no hay conflicto de interés a condición de confesar expresamente que la autoridad monetaria renunció a sus facultades de regulación, supervisión y fiscalización sobre el mercado.

 

6. El cambista verdulero

La firma del DNU 27/18, el decreto ómnibus que derogó la Ley 18.924 de casas, agencias y oficinas de cambio, vigente desde el año 1971 y que entre otras cosas establecía en su artículo 4to. inhabilidades para los condenados por delitos contra la propiedad, contra la administración pública, contra la fe pública y los fallidos por quiebra fraudulenta entre otros delitos, dio lugar a la emisión de la Comunicación A 6443 por la cual se autoriza, desde el 1º de marzo, a operar en cambios sin autorización previa a todo aquel que quiera hacerlo, siempre que actúe a través de una sociedad creada al efecto.

Una regulación de estas características no es compatible con la Carta Orgánica del Banco Central, sencillamente porque diluye cualquier posibilidad de fiscalización cambiaria y torna imposible dar seguimiento estadístico de las operaciones de cambio. Tampoco propende a una razonable administración de las reservas del Banco Central, que hoy son altas pero frente a un escenario de estrés financiero podrían reducirse velozmente. El corazón de esta medida es estimular la dolarización de contratos y el endeudamiento en la moneda extranjera, con las severas consecuencias que para el balance de pagos del país acarrea la mayor demanda de dólares en un mercado que aumenta cada día el volumen operado. Todo es la consecuencia de una falla de diagnóstico en la que el Presidente del BCRA asume que operar en cambios es como vender verduras, con todo respeto por la dignidad de un oficio tan noble.

 

7. Confusión bancaria salvo para retrasar salarios

Las persistentes fallas de diagnóstico del dream team económico no se condicen con la mirada escéptica de los principales banqueros centrales del mundo, quienes dudan acerca de la eficacia de sus instrumentos de política frente al comportamiento de la inflación, tal como reveló el Financial Times en nota publicada en octubre del año pasado. (Ver www.ft.com Central Bankers Face a Crisis of Confidence as Models Fail.)

El Directorio del BCRA se aferra al dogma de las metas de inflación, aun cuando sabe que en sí mismas son de imposible cumplimiento. Su único efecto es reducir el salario, en sintonía con los bajos índices de sueldo del resto de los países de la región y la dinámica salarial de la economía norteamericana que se mantiene planchada desde los años '80.

Exactamente esto mismo reflejó el prospecto de emisión de los dos bonos colocados por el Tesoro Nacional el miércoles 28, que permitieron recaudar 58.000 millones de pesos gracias a un esquema de cláusulas que más que gatillar el rendimiento por inflación, indexan mediante CER el valor nominal del título. Nuestra economía se indexa, se dolariza, pero el BCRA pretende forzar a los trabajadores a aceptar anclas salariales, que sin duda nos conducen a profundizar la crisis de producción y consumo que vive nuestra economía.

Así estamos, esperando el momento en que el crecimiento invisible de paso al reconocimiento público de la mentira visible.

 

 

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