Quién mató a Daiana
El fiscal Ignacio Calonje garantiza la impunidad de policías de Laprida imputados por homicidio
Esta semana, a instancia del fiscal Ignacio Calonje, se realizó la reconstrucción de la escena de la muerte de Daiana Abregú en la comisaría de Laprida. Desoyendo la impugnación de las querellas, el procedimiento fue realizado por la Policía Federal, que arbitrariamente construyó la diligencia sólo con el relato de los imputados y con la intención de sostener el suicidio como única hipótesis. Para la familia de Daiana y la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), el procedimiento está viciado de nulidad porque no respetó los principios de imparcialidad y objetividad, y fue delegado por el fiscal en la misma fuerza que ya había sentado posición en la causa a través de una pericia irregular y arbitraria. Más grave aún, la Policía Federal no cumplió con sus propios protocolos que le ordenan reconstruir de manera objetiva las diferentes hipótesis. Pese a que el fiscal Calonje había transmitido a las querellas que la reconstrucción también comprendería la hipótesis del homicidio, se desdijo en el lugar. Preocupa la degradación institucional, la violación sistemática de leyes y protocolos, la falta de perspectiva de derechos humanos y la impunidad construida por el Ministerio Público Fiscal para defender a la policía.
El martes 28 de febrero, en la comisaría de Laprida, se realizó la reconstrucción de la escena de la muerte de Daiana Abregú, ocurrida en la madrugada del 5 de junio del año pasado luego de ser detenida por una contravención menor de “alteración del orden público” y trasladada a un calabozo de esa dependencia. La versión policial dice que la joven se ahorcó; la autopsia realizada por el cuerpo de peritos de la Suprema Corte de Justicia bonaerense confirmó, en cambio, que el cuerpo de Daiana tenía heridas de defensa y no presentaba lesiones en el cuello compatibles con un lazo de ahorcamiento.
La causa está caratulada como homicidio triplemente calificado en concurso ideal con falsedad ideológica de instrumentos públicos y tiene a cinco policías bonaerenses imputados. Sin embargo, desde el primer momento el fiscal Ignacio Calonje direcciona la investigación a una única hipótesis: el suicidio. Una decisión que se funda casi exclusivamente en la intervención de la Policía Federal como cuerpo pericial.
Tras la realización de la re-autopsia por parte de la Asesoría Pericial de La Plata, dado que la primera autopsia había sido incompleta y no aplicó el protocolo Minnesota –establecido para casos de muerte bajo custodia estatal–, el fiscal Calonje convocó a la Policía Federal para la realización de un informe de ambas autopsias. El informe se extralimitó en sus funciones, cometió errores groseros e interpretaciones estigmatizantes de la víctima y excluyó a los peritos de parte para imponer la hipótesis del suicidio. La Comisión por la Memoria y la familia impugnaron a los peritos policiales y reclamaron la participación de los peritos médicos de la Justicia nacional, pero esto fue rechazado por el fiscal, que confirmó a la fuerza de seguridad.
A pesar del accionar irregular y arbitrario de la fuerza policial, el fiscal Calonje convocó nuevamente a la Policía Federal para realizar la reconstrucción de la escena de la muerte. Con la participación de los imputados, el personal médico y peritos de parte, el procedimiento reconstruyó las instancias previas a la muerte de Daiana, el momento del hallazgo del cuerpo y la asistencia del personal médico y paramédico en la reanimación de la víctima.
Para los primeros dos momentos, la reconstrucción de los hechos se basó exclusivamente en el relato de los policías imputados y se analizó una única hipótesis: el supuesto suicidio de Daiana Abregú en un sector del calabozo que se encontraba a la vista del personal policial de guardia y/o imaginaria; sin embargo, ninguno de los imputados dice haber presenciado el momento del hecho. Esto implicó desconocer la autopsia realizada por peritos de la Corte bonaerense y no reconstruir al menos algunas de las posibles secuencias homicidas que pudieran haber tenido lugar en la dependencia policial.
Para la Comisión Provincial por la Memoria, particular damnificado institucional en sus funciones de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, este procedimiento está viciado de nulidad porque la Policía Federal no estaba en condiciones de ser convocada para realización de la medida de prueba al no cumplir con los principios de independencia y parcialidad.
De acuerdo a la Resolución 326/2021 del Ministerio de Seguridad de la Nación, que establece los ejes rectores en la reconstrucción del hecho, los investigadores policiales o forenses que intervengan no deben haber emitido opinión previa o, en caso que eso haya ocurrido, deben informarlo a la autoridad judicial durante la diligencia. También deben explorar todas las hipótesis. Ninguno de estos puntos fue respetado.
Por otra parte, en relación al procedimiento y en un claro hecho intimidatorio, el día previo a la reconstrucción el padre de Daiana Abregú denunció haber sido amenazado con un arma de fuego por el abogado de uno de los policías imputados.
Desde su incorporación en la causa como equipo pericial, en una muestra de defensa corporativa, la participación de la Policía Federal sólo buscó instalar la hipótesis del suicidio para desligar de responsabilidades a los policías bonaerenses imputados en la muerte de Daiana Abregú.
Todo esto sucede con la cobertura del fiscal Ignacio Calonje, que sostiene la participación de la Policía Federal a pesar de las graves irregularidades en su accionar y de las recurrentes impugnaciones hechas por la familia de Daiana y la CPM.
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