¿Política o castigo?

La judicialización de la política. Los políticos, que crean el derecho, luego confunden el rol de los jueces.

 

 

La judicialización de la política es un hecho. Los políticos, que crean el derecho, luego confunden el rol de los jueces. Los jueces, aplicando ese derecho, solo deben resolver conflictos particulares entre partes contenciosas y determinar si ciertas conductas son o no delito. Pero, a veces, sin mucha reflexión, se les asigna el rol de adoptar decisiones políticas o, peor, de ejecutar acciones políticas. O aun, de administrar.

En los últimos años, en la Argentina es un hecho político la persecución penal de los ex gobernantes, en general de líderes populares. Una tradición que empezó con la persecución a Yrigoyen y luego a Perón.

 

 

 

Derecho constitucional y política en Bolivia

Persecución penal y exilio son prácticas no exclusivas de la Argentina. Brasil, Ecuador y ahora Bolivia son ejemplos. Los gobiernos que alientan u organizan la persecución, probablemente con ayuda de agencias extranjeras, pretenden abordar el análisis como si fueran casos judiciales. Omitiendo los intereses que conllevan.

En el caso de Bolivia, los analistas contrarios a Morales utilizan argumentos jurídicos que devienen en leguleyos porque soslayan la situación política. Pretenden centrar las causas del golpe de Estado en un estudio que se presume constitucional de los efectos del plebiscito de 2016 o de la corrección o incorrección jurídica del fallo que habilitó la candidatura de Morales, omitiendo los temas económicos (el intento del Estado boliviano de controlar los recursos hidrocarburíferos y mineros, el litio) y sociales (la integración de los excluidos, la reducción de la pobreza, el crecimiento económico, el control de la inflación) que muestran un gobierno heterodoxo y exitoso. Que nacionalizó renta de las multinacionales y constituye un “mal ejemplo” para la región. Comparar el desempeño de la gestión de Morales con la de Macri (ayudado por Trump y el FMI) es un problema para los neoliberales.

En lo que refiere al resultado electoral, el análisis (leguleyo o constitucional, según se lo valore) omite que, más allá de si hubo fraude o no, que no es tema menor, Morales fue el más votado; y que, ante el planteo de la OEA que funcionó casi como el aliento a la insurrección, llamó a elecciones. Pero cuando los argumentos jurídicos se agotan ante una Asamblea legislativa con mayoría favorable a Morales que no puede o no quiere reunirse para aceptar o rechazar la renuncia del Presidente legítimo —que debe exiliarse— y ya no hay forma de justificar el uso ilegitimo de la fuerza, entonces ahí sí recurre a la razón política y se invoca el vacío de poder. La acefalía aparece como la situación que justifica que asuma quien tiene la fuerza. Justamente la oposición, que es minoría, tanto en la elección de este año como en Asamblea legislativa.

En síntesis: cuando se acabaron los argumentos de derecho, apareció el de la fuerza para justificar que gobierne la minoría.

El caso Bolivia, para la reflexión de los movimientos populares, vuelve a poner de relieve el problema de estas experiencias para institucionalizarse en partidos o movimientos y, así, tener sucesión. Solo la organización vence al tiempo.

 

 

El fin del modelo Comodoro Py

Volvamos a la Argentina. Desde los '90 y cada vez con más fuerza es tema qué hará el fuero penal federal con asiento en Capital. Los doce juzgados que concentran las imputaciones a los funcionarios de la administración pública nacional.

Según los cronistas, en la reunión Macri-Fernández, ambos, que reúnen el 90 % de los votos, coincidieron en que se ha creado un monstruo que condiciona la gestión. Persigue a los opositores y no cumple el rol institucional, que es, en lo inmediato, juzgar las conductas imputadas de delitos con objetividad y razonabilidad, logrando como efecto mediato que quien ejerce el poder, especialmente el que adopta decisiones con cierta discreción sobre bienes públicos, ponga cuidado por ser decente. Por serlo y parecerlo.

El costoso Comodoro Py no atemoriza a los funcionarios corruptos. No sanciona inconductas. Pero, gestión tras gestión, aumenta poder y beneficios. Ni las absoluciones dan prestigio al declarado inocente. Las sentencias son vistas como hechos políticos.

Dos preguntas retóricas: ¿Por qué la política que lo creó y se le fue de las manos no adopta una decisión? Si no hay un control desde la política local que solo cree controlarlo cuando es gobierno pero luego es perseguido, y nadie sostiene que sean libres pensadores abstraído del contexto, ¿cuál es la terminal a la que responde?

 

 

Causas por hechos de la gestión 2015-2019

Comodoro Py es un tema político para el futuro gobierno. ¿Lo son las causas judiciales donde se imputa a Macri y sus funcionarios? Sugiero diferenciar gravedad penal de importancia política.

La política de Macri, como la de Temer en Brasil y tantos otros, consistió en demonizar mediante la persecución penal al opositor. Cuánta energía debería dedicar el nuevo gobierno a demostrar que el anterior no fue decente puede ser un punto. Pero la persecución penal es otro. Y en lo que sí debe poner acento es en los hechos con relevancia política.

Buscar en Comodoro Py soluciones políticas es un modelo inmoral y agotado. Obviamente no sugiero impunidad o amnistía de hecho. Lo que intento decir es algo obvio: no es una tarea del Poder Ejecutivo la persecución del gobernante anterior.

Las causas decantarán. Algunas serán con culpas y condenas, otras con absoluciones, por más que hayan sido decisiones políticas perjudiciales y reaccionarias. Creo que sí es tarea de la gestión futura estudiar si hubo armado ilegal de estructuras económicas o políticas que conformen una herencia que condicione al futuro gobierno.

Veamos este criterio en algunos ejemplos, con la precariedad del conocimiento de los casos por las noticias.

La imputación por el aumento del valor de los peajes de las autopistas, mediante el ardid de un juicio inventado en la jurisdicción del CIADI que habría aumentado el valor de las acciones de una empresa del Grupo Macri, supone un estudio típicamente penal. Pero la consecuencia políticamente relevante estaría en si permite revisar la fijación de una tarifa irrazonable en beneficio del concesionario.

 

 

 

Lo mismo puede decirse de los negocios del Grupo Macri adquiriendo de la insolvente y presionada Isolux el derecho a generar energía renovable a precios excesivamente altos según los expertos, para luego revenderlo en un pase de manos a un grupo chino con ganancia de decenas de millones de dólares. Lo importante políticamente sería el valor al que el Estado se comprometió a adquirir la energía, es decir, si fue una decisión adoptada con fines de defraudar al fisco y puede ser revertida por ese motivo.

 

 

 

 

El blanqueo y la extensión del beneficio a los familiares mediante un decreto supuestamente reglamentario, que habría modificado la voluntad del Congreso, presenta otro tipo de problemas: el de la formación de activos en el exterior. Que es algo más que un deporte nacional. Es una forma de entender al país. Un modelo. Si es una sociedad donde vivir y desarrollarse, o solo un lugar de negocios y de generación de dólares para acumularlos en el exterior. La burguesía argentina (los residentes locales) ahorran en blanco o en negro en el exterior. Las multinacionales se instalan en el país con la finalidad de remitir utilidades, en blanco o de modos simulados. Esas transferencias (blancas, negras y azules) son, en parte, la contrapartida de la deuda en dólares. Una de las causas de que falten dólares para financiar el crecimiento industrial. El tema político no es solo que el hermano del Presidente o el padre de un ministro blanqueen, sino una política económica puesta en función de financiar las remesas de utilidades y el ahorro, blanco y negro, al exterior.

En este mismo esquema se insertan las pillerías financieras donde los funcionarios operaban de los dos lados del mostrador, emitiendo deuda que adquirían sus (ex y futuros) clientes o vinculados, o vendiendo miles de millones de dólares baratos antes de las devaluaciones, devaluaciones que beneficiaban a los exportadores a quienes no imponían retenciones para captar esa renta artificial, etc., etc. Más allá del juzgamiento penal si se prueba un concierto fraudulento, beneficios personales o confidencia de información reservada, lo que importa políticamente es si esos hechos permiten una mejor negociación con los acreedores y evitar su reiteración.

En el asunto del Correo, el caso penal remite a si ciertos funcionarios, a sabiendas, promovieron la cancelación de un crédito del Estado con una quita irrazonable. Demostrada la hipocresía del Presidente Macri al intentar condonar de hecho una deuda de su Grupo con argumentos falsos, como que en un concurso preventivo no se pueden cobrar intereses al deudor, la relevancia política parece menor.

El interés político puede estar en el proceso concursal, si bien debió haber sido mayor en 2003, pues es un expediente que se arrastra desde el final del gobierno de De la Rúa. El futuro Procurador del Tesoro no tendrá mucho que estudiar para rechazar la ruinosa propuesta de pago de la concursada. El Grupo Macri, controlante del Correo Argentino S.A., deberá aportar el capital para pagar la deuda conforme a la liquidación que reclame el Estado o se declarará la quiebra. En la quiebra, si los síndicos cumplen su rol de estudiar acciones para recomponer el activo del concursado, tal vez efectúen reclamos contra accionistas y controlantes. Pero eso no mueve el interés de la Nación. Tal vez lo más notorio sean algunos hechos que reveló el escándalo, como la venta de un crédito por 400 millones de dólares verificado en el concurso por organismos multilaterales de crédito a un banco offshore de Odebrecht que podría poner de manifiesto activos no declarados por el Grupo Macri en el exterior. Es que ese crédito debe haber sido cancelado con dólares contantes y sonantes. No con dibujos, bonos o promesas. ¿Quién los puso? Son 400 millones. No son un vuelto. El banco parece una mera pantalla. Tirar de ese hilo podría tener derivaciones en las causas penales donde se investiga a la empresa brasileña, como el soterramiento del Sarmiento. (Otra causa que roza a Macri, al modificar por DNU las condiciones de la licitación donde lo relevante puede ser evitar más gastos innecesarios al Estado.)

Sí parece de interés estudiar cómo se modificó entre diciembre de 2015 y de 2019 el mapa de la generación mayorista y de distribución de energía. Donde Caputo, Mindlin y otros sujetos cercanos a Macri habrían adquirido posiciones relevantes en la generación mayorista de energía (que se comercializa por medio de Cammesa S.A.) y en las distribuidoras más importantes del país: Edenor y Edesur. Macri dispuso aumentos enormes a la energía mayorista, superiores al 1300 %. También a favor de las distribuidoras que estaban en la jurisdicción nacional, Edenor y Edesur, con el conocido aumento de las tarifas. ¿Será solo casualidad que personas vinculadas a Macri hayan invertido en un mercado regulado que recibió los mayores aumentos?

También se dijo que parte de esas tenencias accionarias serían transferidas a grupos radicados en el exterior (El Cronista, 02.02.18). Luego del blanqueo quedó demostrado que esos sectores tienen mucho capital no declarado en el exterior. ¿Los “grupos extranjeros” podrían encubrir a residentes locales? De ese modo, fueran efectivamente extranjeros o locales tras testaferros, podrían invocar la extensa y absurda legislación argentina que permite que cualquier extranjero, aunque no sea el controlante, litigue contra la Argentina ante tribunales arbitrales extranjeros, en CIADI, con cualquier excusa. Lo relevante acá para el gobierno sería no solo si la toma de control de esos sectores estratégicos se hizo financiado por super tarifas fijadas por Macri y eso viola la ley penal y otros beneficios dados desde el gobierno, sino cuáles son los valores adecuados de toda la cadena, el cumplimiento de las obligaciones y las condicionalidades que imponen los accionistas que controlan ese sector estratégico. Sería prudente revisar la transferencia de la jurisdicción sobre Edenor y Edesur a la ciudad y la provincia de Buenos Aires ¿Es correcto acaso que tengan iguales facultades la provincia y la ciudad, y que durante los primeros tres años el “voto de oro” sea de la Ciudad? ¿Esto significa que Larreta tendría formalmente durante tres años la facultad de adoptar la decisión final en el control del servicio y de fijar la tarifa de Edesur y Edenor, es decir, la que pagarán millones de usuarios del Conurbano bonaerense? ¿Está contemplado que ese servicio es que el provee de energía a las instituciones federales sitas en la Ciudad?

 

 

CIADI

En la referencia a los casos apareció el tema CIADI. Creo que tiene relevancia política poner en cuestión los tratados que permiten la jurisdicción de tribunales arbitrales extranjeros en el ámbito del Banco Mundial (CIADI) a cualquier extranjero para demandar a la Nación. Basta para eso que alegue haber realizado una inversión en la Argentina y ser perjudicado por una decisión del gobierno. Los reclamos puede realizarlos hasta un accionista de minoría que no controla la empresa. La Nación responde también por lo que hacen las provincias o municipios. Se sustancian ante tribunales arbitrales que varían de caso a caso, por lo que no se conforma una jurisprudencia estable, por ejemplo sobre la emergencia. ¿Qué derecho se aplica? El que se les ocurre a los árbitros, y casi siempre es el que favorece a los demandantes. Las tesis sobre la expropiación indirecta son desopilantes. Los laudos no solo son la negación de la soberanía, sino que constituyen verdaderas sanciones pecuniarias multimillonarias por decisiones de política económica.

Sería bueno conocer cuántos miles de millones de dólares ha pagado la Argentina por juicios sustanciados en CIADI, donde reclamar miles de millones es gratis: ni se exige el pago de tasa de justicia para sentar como contraparte a la Nación Argentina (acá deberían pagar el 3 % para empezar).

¿No es hora de denunciar esos tratados? Es cierto que su vigencia podrá extenderse algunos años, pero en algún momento hay que empezar. Es irrazonable mantener una prórroga de jurisdicción general para todo residente en el exterior. Aun para los que tienen nacionalidad de un país que suscribió el tratado, pero radican la inversión en un paraíso fiscal. No es una garantía a los inversores. La garantía para un verdadero empresario es la prosperidad del negocio. No el negocio del juicio. CIADI es una gran “industria del juicio”. Que nos sale muy cara.

Si alguna inversión en particular requiere una prórroga de jurisdicción, puede ser otorgada por el Congreso o por el Poder Ejecutivo por delegación. Pero afecta la soberanía y el sentido común mantener una prórroga generalizada, máxime si es en favor de tribunales arbitrales que han demostrado baja calidad técnica y absoluta parcialidad en contra de los intereses nacionales.

Si juristas como Matienzo, Drago, Freire Romero o Sampay vieran estos tratados…. llorarían.

 

 

 

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