Plagio marca Borinsky

El camarista de Casación presenta su libro sobre la corrupción sin ruborizarse

 

 

 

La hipocresía es un homenaje que el vicio rinde a la virtud
Marques de Sade

 

El juez Mariano Borinsky, que visitó en quince oportunidades a Mauricio Macri en la Quinta de Olivos durante su cuatrienio presidencial, se postula para ser electo como presidente de la Cámara de Casación. El magistrado, que se constituyó en el máximo responsable de la reapertura de la causa del memorándum en diciembre de 2016 —en abierta confabulación con la DAIA—, decidió investirse con un halo de prestigio académico en las semanas previas al voto de sus colegas.

Con ese objetivo, publicó en la última semana el libro titulado Los delitos de corrupción, un análisis de derecho penal y procesal penal, a través de la editorial Didot. Una lectura apresurada del pretendido fundamentalis libri –producto de su tesis posdoctoral presentada ante la Universidad de Buenos Aires (UBA)– deja en evidencia la catadura moral de quien se instituye como un cruzado contra la corrupción.

El 17 de febrero de 2019, el casador publicó un artículo en Infobae (portal conocido con el apelativo de InfoEmba) titulado Las razones de la evasión fiscal. En ese opúsculo, Borinsky afirmó:

“Una de las principales causas de la evasión fiscal es la ausencia de una verdadera conciencia tributaria individual y colectiva, motivada por la imagen que la comunidad tiene del Estado y la percepción frente a la imparcialidad en sus gastos e inversiones, al no tener conocimiento de los programas de gobierno y las políticas de redistribución del ingreso”.

De forma coincidente, en el primer párrafo del capítulo 7 de su jactancioso texto editado por Didot, dice:

“Una de las principales causas de la corrupción es la ausencia de una verdadera conciencia tributaria individual y colectiva, motivada por la imagen que la comunidad tiene del Estado y la percepción frente a la imparcialidad en sus gastos e inversiones, al no tener conocimiento de los programas de gobierno y las políticas de redistribución del ingreso”.

Ambos textos son casi idénticos, salvo por la sustitución de una palabra: se cambia “evasión fiscal” por “corrupción”. Sin embargo, el sutil artificio del autoplagio, con aparentes términos intercambiables, esconde un plagio descarado. En su libro Evasión fiscal: un problema a resolver, publicado el 25 de marzo de 2013, el economista colombiano David Francisco Camargo Hernández considera:

“Una de las principales causas de la evasión fiscal es la ausencia de una verdadera conciencia tributaria individual y colectiva, motivada por la imagen que la comunidad tiene del Estado y la percepción frente a la imparcialidad en sus gastos e inversiones, al no tener conocimiento de los programas de gobierno y las políticas de redistribución del ingreso”.

 

 

Fuentes colombianas

El párrafo —usurpado de forma literal por Borinsky— fue plagiado en dos oportunidades. En primer término, para la nota del medio afín al mundo cambiemita, InfoEmba, y en la segunda oportunidad, para el jactancioso libro. Pero el autoproclamado candidato a presidir la Cámara de Casación no se conforma con robos aislados. También copia otros tramos del texto de Camargo Hernández sin cita, pie de página ni referencia bibliográfica.

“La existencia de corrupción puede viciar una política eficaz”.

“…orden social, estructural, normativo, administrativo, también están aquellas de naturaleza técnica…”.

“… vacíos en las leyes, la falta de claridad y las dudas en su interpretación y aplicación…”.

“…factores de política económica y financiera, que interviene en la modificación del equilibrio y la distribución de la carga social, y pueden constituir estímulos negativos en el comportamiento del contribuyente”.

“Se observan factores de naturaleza económica, o sea, aquella en la que se considera el peso de la carga tributaria con respecto de las posibilidades contributivas reales de los sujetos impositivos”.

“Y de naturaleza sicológica: constituida por un conjunto de tendencias individuales del sujeto a reaccionar de distinta manera ante la obligación de contribuir a los gastos del gobierno, incluyendo inconvenientes como la relación de confianza entre la administración y los contribuyentes, los sistemas de distribución de la carga fiscal…”.

“Otras causas de evasión fiscal son: la falta de una educación basada en la ética y la moral, la falta de solidaridad con el Estado, la desconfianza en cuanto al manejo de los recursos por parte del Estado”.

“…y el no considerar que se recibe una adecuada prestación de servicios. El contar con un sistema tributario poco transparente y flexible entendiéndose, este último, como la adecuación de la administración tributaria a los continuos cambios socioeconómicos y de política tributaria”.

En todos estos flagrantes remedos textuales, el afamado casador sustituye el concepto descripto por el colombiano —la “evasión fiscal”— por el de corrupción. De ahí que aparezcan como inentendibles y descontextualizadas las referencias “al contribuyente” y a la “carga tributaria”, cuando el libro del argentino no se focaliza en la evasión fiscal. En síntesis, el prominente camarista ni siquiera se tomó el trabajo de adecuar el plagio al objetivo de su obra. Solo atinó a cumplimentar esa salvedad en su nota de Infobae en 2019, en la que reemplazó “evasión fiscal” por “corrupción”.

Pero no puede adjudicarse a Camargo Hernández el lugar de única víctima: el probo jurisconsulto Borinsky repitió el plagio mediante un grosero copy-paste— de una fuente virtual utilizada habitualmente por estudiantes novatos de Ciencias Sociales. Dicho portal se titula Sociologicus y es asociado a la página el Rincón del Vago, utilizada en 2016 por su aliado Gerardo Milman, cuando se desempeñaba como secretario de Seguridad del Interior, en el ministerio que comandaba Patricia Bullrich.

El párrafo copiado del portal de introducción a la Sociología —en la página 378 del libro Los desafíos de la corrupción— postula:

“Durkheim inició la tradición sociológica interesada en explicar la conducta social por la influencia de factores ‘macro’, de tipo estructural o normativo, frente a la tradición weberiana que entiende que la explicación sociológica debe partir del análisis de la acción social de los individuos”.

No son los jóvenes de Sociologicus ni el economista colombiano sus únicas víctimas: en el año 2000, Carlos Pérez del Valle publicó una Introducción al Derecho Penal Económico en una obra colectiva compilada por Enrique Bacigalupo. En la página 20 de ese texto, Pérez del Valle consigna:

“La situación actual ha sido explicada con frecuencia desde la teoría criminológica de la anomia según la cual existe una relación lineal entre el proceso de modernización y los niveles de criminalidad. Encuentra su respaldo en la idea mantenida por Durkheim, según la cual la industrialización y la urbanización generan un aumento de criminalidad en razón de un grado superior de anomia y de despersonalización, de la ruptura de los vínculos sociales y de la integración social reducida”.

Dicho párrafo es reproducido de forma impune por Borinsky, en la página 278, sin citar —también en esta oportunidad— ninguna fuente. La seguidilla del choreo descarado se sucede con la copia de dos párrafos completos del texto de Laura Zúñiga Rodríguez, Bases para un modelo de imputación de responsabilidad penal a las personas jurídicas (Editorial Thomas Aranzadi, Navarra, 2003), sin siquiera entrecomillarlos.

Pero el casador no se amilana con estas malversaciones de la propiedad intelectual. Arremete con un nuevo copiado y pegado, pero esta vez obteniendo soporte conceptual de un texto proveniente de un apunte de Sociología de la Educación, colgado en el portal de la Universidad de Castilla:

“Un sistema es un agregado o conjunto de partes que son interdependientes, de tal modo que las variaciones en alguna de las partes producen variaciones en el resto, teniendo el sistema a restablecer en nuevo equilibrio u homeostasis entre las partes que lo hacen viables, tanto internamente como externamente”.

 

Los textos plagiados de la sentencia de la Corte colombiana en la página 386

 

 

El derrotero plagiario no se detiene. Sus víctimas no son solo portales web, libros o apuntes. También afana secciones completas de una sentencia de la Corte Constitucional de Colombia, de la que copia varios párrafos, por supuesto, sin entrecomillarlos ni citarlos. Para evitar ser descubierto, cual visitante de Lago Escondido, soslaya toda nominación de la Corte colombiana entre las fuentes consultadas de jurisprudencia que se ubican al final del libro en el apartado bibliográfico que se inicia en la página 480. Esa omisión, conjetura, le brinda garantía de impunidad. Al transportar párrafos completos de la sentencia, sustituye —como ya lo había hecho con relación a Camargo Hernández—, la palabra “evasión” por la de “corrupción”. El párrafo de la Corte colombiana considera:

“Como se aprecia, entre la opinión sobresale la convicción de la importancia que tiene el endurecimiento de las sanciones contra la evasión, igual que el adelanto de una lucha más decidida contra la corrupción”.

Y el virtuoso egresado del posdoctorado de la UBA postula en su libro:

“Como se aprecia, entre la opinión sobresale la convicción de la importancia que tiene el endurecimiento de las sanciones contra la corrupción, igual que el adelanto de una lucha más decidida contra la corrupción”.

Al tratar de adaptar el plagio a sus íntimas necesidades de figuración, vuelve a suplantar la palabra “evasión” por la de “corrupción”. De esa forma —sin siquiera percatarse de cómo queda la frase— termina redundando en una tautología risible: la de una corrupción que se muerde la cola.

En la página 386 continúa con la pignoración forzada, otra vez victimizando a la Corte colombiana, sin la mínima referencia, cita o entrecomillado que haga honor a los magistrados bogotanos:

“Se requiere consolidar la confianza depositada por la ciudadanía en el Gobierno para que sea una confianza perdurable en las instituciones.  Es por eso por lo que, además de la transparencia, resulta indispensable que el ciudadano perciba el compromiso gubernamental de hacer cumplir las leyes tributarias, pues si en un momento dado se generaliza la percepción de que los esfuerzos para detectar y penalizar la evasión son reducidos o mediocres, el resultado es que el problema se disparará a límites de mucho más difícil reversión”.

Para no ser menos que la inmensa mayoría de los plagiadores de la etapa post-internet, apela también a un homenaje a Wikipedia: en la página 389, el juez se vanagloria de sus conocimientos sobre la teoría de juegos. Para posar de conocedor copia seis párrafos subsecuentes sin modificación alguna. A continuación, solo el primer parágrafo de los transcriptos:

“La teoría de juegos es un área de la matemática aplicada que utiliza modelos para estudiar interacciones en estructuras formalizadas de incentivos (los llamados ‘juegos’). La teoría de juegos se ha convertido en una herramienta sumamente importante para la teoría económica y ha contribuido a comprender más adecuadamente la conducta humana frente a la toma de decisiones. Sus investigadores estudian las estrategias óptimas, así como el comportamiento previsto y observado de individuos en juegos. Tipos de interacción aparentemente distintos pueden presentar en realidad una estructura de incentivo similar y, por lo tanto, se puede representar mil veces conjuntamente un mismo juego”.

El magistrado tampoco se avergüenza de plagiar connacionales. En el séptimo capítulo de su magna obra simula ser un gran conocedor de las teorías neurocientíficas. Y para dejar evidencia de ello transcribe secciones textuales —otra vez sin cita, ni entrecomillado ni nota a pie de página— de una columna de Facundo Manes, publicada originariamente en el diario español El País, el 17 de junio de 2016:

“Nuestro cerebro responde automáticamente a la mirada del otro, sea real o artificial, producto de la evolución. Que nos reconozcan por una actitud altruista nos hace sentir bien a nosotros, pero también trae beneficios a todos”.

“La corrupción no es un detalle ni una desviación que solo impacta en la moral social. También en la vida de las personas. En un comentario de la prestigiosa revista científica Nature en 2011, se publicaron estadísticas que calculaban que el 83 por ciento de todas las muertes como resultado de derrumbes de edificios durante los últimos treinta años ocurrieron en países que padecen, según los indicadores, los sistemas más corruptos. Todo esto no es inevitable ni los seres humanos somos así fatalmente. Pero sin castigo, ejemplos y sanción social la corrupción puede convertirse en norma establecida. No hay excusas ni tiempos que la apañen. Debemos estar convencidos y convencer porque la corrupción también es un crimen”.

 

 

Teoría de los juegos, Wikipedia.

 

 

La estafa de la publicación no concluye ahí. En la página 410 el magistrado auto postulado como un dechado de virtud republicana —en lucha constante contra la corrupción— vuelve a birlar segmentos textuales de terceros. En este caso la escamoteada es la periodista de Infobae Mariel Fitz Patrick quien, en un artículo del 25 de enero de 2021, sugiere:

“El mejor score de nuestro país en el Índice fue en 2019, cuando escaló 19 posiciones y obtuvo su mejor desempeño desde 2012 con 45 puntos. Ese último año de la gestión de Mauricio Macri, Argentina quedó en el puesto 66, treinta lugares más arriba que el último Índice del 2021. La peor performance había sido en 2015, cuando obtuvo solo 32 puntos sobre 100, y quedó en el puesto 107 sobre 168 países, mucho más cerca del final de la tabla que hoy” (página 410).

 “Transparencia Internacional identificó que los países que vulneran las libertades civiles obtienen de forma consistente puntuaciones más bajas” (página 412.)

Esos son algunos de los varios párrafos sustraídos por Borinsky, quien ni siquiera nombra a Fitz Patrick en los créditos ni en la bibliografía. Tampoco se amilana ante la titular de la organización Transparencia Internacional, a quien le birla un concepto central en la página 412 de Los delitos de la corrupción:

“(…) la corrupción está íntimamente asociada a la poca o nula de transparencia en el uso de los recursos públicos, la falta de independencia judicial y un acceso restringido o nulo a la información pública”.

Un repaso somero por el pastiche del magistrado advierte también la presencia de otro plagio en la página 413, sustraído a Claudio Nash de su texto Corrupción, democracia, Estado de derecho y derechos humanos (página 30 en el texto de Nash y 413 en el de Borinsky):

“En definitiva, en todos estos casos la corrupción es la fuente de un ilícito atribuible al Estado, ya que lo genera, y este tiene como consecuencia previsible y necesaria provocar un daño o perjuicio en las víctimas directas, indirectas y en la sociedad, lo que debe ser reparado integralmente a través de medidas que consideren el ilícito, las fuentes de el mismo y el contexto en el que se produce”.

 

 

 

La doble moral de la corrupción

 

Página 30 del texto Corrupción, democracia, estado de derecho y derechos humanos.

 

 

Las consultas realizadas con dos asistentes del economista Camargo Hernández consignan una acción judicial contra el casador, enmarcada en los derechos de autor avalados por Colombia y Argentina en el marco del Convenio de Berna, que regula la protección de las obras escritas, tanto científicas y ensayísticas como literarias y artísticas. Dicha normativa internacional protege la producción intelectual y penaliza el plagio a nivel internacional con puniciones y reparaciones dinerarias. Uno de los prólogos de la obra que presenta Borinsky consigna:

“Hay libros que por su calidad, profundidad y originalidad están destinados a convertirse en una referencia indiscutible en un área determinada del conocimiento (…) Los problemas complejos requieren soluciones razonadas, basadas en conocimiento, análisis, rigurosidad intelectual y dosis importante de pragmatismo. Todos estos atributos serán dominantes para le lector en las páginas que siguen. A disfrutarlas”.

El prologuista es otro parroquiano del mundo cambiemita, el intelectual orgánico Sergio Berensztein, quien fuera denunciado por su pareja el martes 25 de octubre –cuando el libro ya estaba en imprenta– por los delitos de violencia de género, abuso sexual agravado, maltratos sostenidos, privación ilegítima de la libertad y violación. El analista habitual de La Nación e Infobae, y de los canales de cable TN y LN+, no se pronunció al respecto y solo atinó a barrar su cuenta de Twitter una semana después de haber entregado el prólogo a la editorial.

La jactancia de los republicanos, que se vanaglorian de ser férreos defensores de la división de poderes, se especializa en ejercitar una doble moral apta para intentar la manipulación de una sociedad y garantizarse, de esa manera, el control de sus poderes fácticos. Hace casi 2.300 años, Plauto describió al falsario como un sujeto que “en una mano lleva la piedra y con la otra muestra el pan”.

 

 

David Francisco Camargo Hernández.

 

 

 

 

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