La sociedad aisló al 2x1

Álgebra política: por 4 a 1 la Corte Suprema rechazó el 2x1

 

El martes 4 de diciembre la Corte Suprema declaró no aplicable el beneficio del 2x1 al represor Rufino Batalla, condenado a 12 años por crímenes cometidos en el centro clandestino de La Cacha. El fallo tiende a generar nueva jurisprudencia para frenar la avalancha de pedidos presentados por otros represores tras el fallo del año pasado. Pero también es importante en otros sentidos. El masivo repudio y la sanción de una ley aclaratoria sobre el 2x1 del Congreso también puso en discusión la relación entre justicia y sociedad. El voto de la mayoría dijo que el Congreso podía aclarar la interpretación de sus propias leyes. Es decir, que la Ley 27.362 de 2017 interpretó y no modificó la ley anterior. Sólo votó en disidencia el presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz. Votó a favor del 2 x 1, dijo que la ley modificó la anterior y que es inconstitucional.

Con una sentencia leída como un paso adelante en la consolidación de un sistema democrático deliberativo y participativo, la cabeza del máximo tribunal quedó descolocada y agarrada de un formalismo jurídico que ya desobedecieron olímpicamente los distintos juzgados desde la sanción del primer fallo. En ese esquema, este hombre que demoró el tratamiento del caso porque sabía que perdería, defendió su voto ese mismo día en un acto público, más suelto de boca que de cuerpo, ante un auditorio convocado por el Poder Ejecutivo. Sus colegas del cuarto piso, muy enojados.

Fue casi un fallo cantado. Desde hace tiempo se conocían las posturas de cada uno de los jueces. Incluso el director de El Cohete anticipó hace semanas que en una corte dividida, Rosenkrantz se resistía a tratar el caso porque se sabía en minoría. El dato es que fue inusualmente largo, de cien páginas, con votos bien distintos. Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda votaron como la primera vez con el caso Muiña, cuando quedaron en minoría. Pero Horacio Rosatti y Elena Highton de Nolasco debieron explicar por qué cambiaron el voto del año pasado. La explicación la encabezó Rosatti. Highton de Nolasco lo siguió. El eje estuvo puesto en discutir si la ley del Congreso aclaró o interpretó la anterior, si lo cambió y si fue una ley razonable. Así, también discutió la legitimidad del Congreso para hacerlo. E intervenir de esta manera sobre las decisiones de la Corte.

 

Esta vez, ni Highton acompañó a Rosenkrantz. (Grant Wood: American Gothic)

 

La Ley 24.390 del 2x1 tuvo vigencia sólo entre 1994 y 2001, y se sancionó cuando estaban en vigencia las leyes de impunidad. El año pasado, diputados y senadores destinaron mucho tiempo a explicar que aquella ley no había contemplado excepciones para los casos de lesa humanidad porque la persecución penal a los represores no estaba en el horizonte de las posibilidades. La nueva ley sancionada completó la anterior al asentar ese límite.

Rosatti ya había pedido una ley del Congreso el año pasado. Y ahora, en su íntima discusión con Rosenkrantz, siguió esa línea. Retomó algunas intervenciones. Entre otras, la de la diputada Hers Cabral cuando afirmó: "El dilema radica en si es aplicable o no la retroactividad de la ley penal más benigna y si los delitos de lesa humanidad son diferentes a los delitos comunes. Ocurre que cuando se sancionó la ley 24.390, del 2 x 1, estaban en vigencia las leyes de obediencia debida y punto final, que impedían la persecución de los delitos de lesa humanidad, motivo por el cual el legislador no pudo prever lo que jurídicamente no era posible". En la Cámara alta, la Senadora Fiore Viñuales arribó a la misma conclusión, al sostener —luego de analizar la versión taquigráfica del tratamiento legislativo de la ley 24.390— que "el legislador de aquel entonces jamás pensó que tenía que hacer esta distinción entre delitos comunes y delitos de lesa humanidad".

Así, entendió que la ley sólo aclaró. Y luego enumeró las idas y vueltas de este caso. Y valoró cada posición. En definitiva, dijo, "primero habló el juez y dijo que no podía reemplazar al legislador para la decisión del caso; luego habló el legislador mediante la ley 27.362 aclarando cómo debía interpretarse el art. 7° de la ley 24.390 para que el juez la aplicara a las causas en trámite; el Poder Ejecutivo concordó con el legislador promulgando la norma; y ahora habla nuevamente el juez —que no es el único sino el último que interpreta la Constitución Nacional— para convalidar el criterio del Congreso".

Cada uno dijo lo suyo, explicó, en el momento en que le tocó actuar y dentro del marco de sus respectivas competencias, como corresponde a un sistema republicano de gobierno.

Un dato no menor es esa referencia al sistema republicano de gobierno. Detrás de escena, la discusión es de quién decide qué. Pero también es una relectura sobre los últimos quince años del proceso de justicia. En su voto Rosatti compuso una línea de tiempo sobre lo que el movimiento de derechos humanos menciona como proceso de memoria, verdad y justicia. Allí habla de marchas y contramarchas, avances y retrocesos. Pero lo interesante, en función de la discusión con Rosenkrantz, es que no sólo menciona las decisiones del Poder Judicial como garante de verdad sino que incluye resoluciones y medidas de los tres poderes del Estado, como actores de políticas y dinámicas posibles y equiparables. Esa línea, arrancó con la CONADEP, sigue con el Juicio a las Juntas Militares, "de especial trascendencia por ser la primera vez que el sistema judicial de un país en democracia juzgaba, observando el debido proceso legal, a los responsables por los crímenes cometidos durante la dictadura por el aparato estatal". Incluyó las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, los indultos de 1989 y 1990 y la declaración de inconstitucionalidad por la Corte en "Mazzeo". Y luego la derogación de las leyes de impunidad del Congreso convalidadas por el fallo de la causa "Simón" que abrió el nuevo proceso de justicia. Dijo que en esa línea hay que instalar la nueva ley del Congreso. Y que eso será posible por este fallo.

"Estos hitos jurídicos han ido edificando una suerte de "Estatuto para el juzgamiento y condena de los delitos de lesa humanidad", que —conformado con el transcurso del tiempo y las enseñanzas de la historia— ha permitido dar respuesta a una demanda de justicia idónea para asumir el desafío de juzgar hechos inéditos en la experiencia vital argentina sin caer en la venganza".

Esto que parece una obviedad en realidad quedó en suspenso el año pasado, dice Alan Iud de Abuelas de Plaza de Mayo. "Otro de los datos de este fallo es que dice que es razonable otorgar un status distinto para los crímenes de lesa humanidad, y desde ese lugar consolida la jurisprudencia que se construyó en estos últimos 15 años en la materia, dejando en claro que para los crímenes se aplican todos los principios y garantías del derecho penal, que no tienen leyes especiales, pero a la vez deben tener una respuesta diferenciada por parte de los jueces, que no se pueden tratar como delitos comunes porque no lo son".

 

Alan Iud, abogado de Abuelas de Plaza de Mayo

 

 

 

 

 

 

 

 

La disidencia

Rosenkrantz defendió su voto ese mismo martes ante el auditorio convocado por el ministerio de Justicia. Ricardo Gil Lavedra, consultor del programa Justicia 2020 que se presentaba abrió el encuentro. Rosenkrantz esperó para hablar la llegada del Presidente Mauricio Macri. Esa participación irritó a los integrantes del Cuarto Piso. Hay mucho enojo, dijeron. Primero porque participó de un acto en el que el Poder Ejecutivo presentó decisiones que pueden llegar a judicializarse. Y segundo, porque usó ese espacio para defender un voto, además minoritario. Se supone que como presidente de la Corte, Rosenkrantz debe representar los acuerdos aprobados por el pleno cuando aparece en actividades institucionales.

 

 

Y ahí, Rosenkrantz repitió sus disidencias. Sostuvo que la Ley 27.362 de 2017 es inconstitucional. A su criterio no es interpretativa sino retroactiva. No aclara una ley anterior sino que modifica la Ley de 1994. Y a su criterio eso es inconstitucional porque establece criterios más perjudiciales para los imputados, principio contrario al articulo 18 de la Constitución que veda aplicar de manera retroactiva la ley más gravosa.

Dijo esto en su voto. Y volvió a decirlo en la conferencia. Usó un tono con algún pequeño pasaje coloquial. Llegó a decirle "saludable" a la marcha del 2x1.

"El año pasado —dijo—, la mayoría del Tribunal que integro decidió que el cómputo del 2x1 era aplicable también a delitos de lesa humanidad. La decisión produjo, como ustedes saben, un extendida reacción social con muestras de generalizado repudio nunca antes visto para una sentencia". Esa reacción, continuó, "a mi criterio fue saludable. La presencia de la gente en las calles, según lo concibo yo, fue el testimonio viviente de que todos queremos el Nunca Mas a la muerte infligida por quienes tienen la responsabilidad de garantizar la vida. Pero en ese momento creí y ahora creo firmemente que el compromiso expresado en ese Nunca Más, más allá de su importancia en la historia argentina, no puede ser puesto en práctica de cualquier modo y a cualquier costo porque no es respetuoso de la ley y de la Constitución".

Alan Iud agrega que el fallo es resultado de la impresionante movilización popular y un reflejo del consenso político y social alrededor de la persecución de los crímenes, porque quienes modificaron el voto usaron la ley del Congreso. Sobre Rosenkrantz explica que su voto está plagado de falacias. Que dijo que no es cierto que no se podía imaginar la persecución penal cuando estaba en vigencia el 2x1 porque el robo de bebés no había sido alcanzado por las leyes de impunidad. Iud dice que no es así: 1. porque los jueces todavía no veían los casos como delitos de lesa humanidad, 2. porque de hecho hay pocos fallos de ese momento, y 3. porque las Abuelas brindaron largas batallas para convencer a los jueces de avanzar. También explica que Rosenkrantz vuelve a situarse como referente de los que quieren cerrar las investigaciones de estos crímenes. "Pero que el problema central —dice— es que en sus análisis legales no incorpora un dato central de la realidad: la impunidad que hubo durante décadas en este país".

Al final también habla de la conferencia del Justicia 2020. Rosenkrantz sacó chapa radical. Habló de su trabajo con Alfonsín y Carlos Nino, en una discusión asordinada con Roberto Gargarella, autor de una columna fulminante publicada dos días antes. Gargarella no lo nombra pero parece decirle que relaje. Que las leyes "interpretativas" "no son un escándalo propio de regímenes nazis", dice, "sino que construyen mejores versiones de la democracia como el diálogo. Y también que hay que cuidarse de quienes dicen ajustarse estrictamente la ley: "Nos dicen entonces 'yo sólo aplico la ley', cuando en verdad sólo están imponiéndonos la lectura que ellos prefieren".

Y efectivamente, de eso se trata.

 

 

 

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