JUSTICIA POLÍTICA

La Inquisición surge cuando flaquea la fe, la delación premiada cuando cruje la confianza

 

En otra nota de El Cohete a la Luna mencioné el famoso Dilema del prisionero, un problema de la teoría de juegos basado en la relación de confianza entre dos personas, en una situación en que la policía arresta a dos sospechosos sin pruebas suficientes en su contra, los separa, los visita a cada uno y les ofrece igual trato ante cuatro alternativas: 1) si uno confiesa el delito y su cómplice no, el cómplice será condenado a la totalidad de la pena, diez años, y quien confiese quedará libre; 2) si uno calla y el cómplice confiesa, el primero recibirá los diez años y el cómplice saldrá libre; 3) si ambos confiesan, ambos serán condenados a seis años; y 4 si ambos lo niegan, ambos quedarán privados de libertad durante un año. Ese modelo teórico ha sido reformulado ahora por un juez argentino.

 

Novísimo blanqueo

El “juego de las sortijas”, que se juega hoy en nuestro ámbito judicial como versión parroquial de los “acuerdos de culpabilidad” (plea bargain) es una variante del Dilema del Prisionero que presume que los sospechosos son un empresario y un ex funcionario ante un juez. En general, el empresario-sospechoso que confiese incriminando a alguno de los tres gobiernos anteriores será liberado de inmediato por el juez-policía, pero todo ex funcionario-sospechoso quedará detenido si no colabora con dichos contrarios a esos gobiernos aunque no aporte pruebas. El “arrepentimiento” del colaborador lavará el delito empresarial pero no el gubernamental, aunque empresarios y funcionarios sean agentes necesarios de un mismo hecho delictivo. Se trata de un nuevo “blanqueo” político y empresario desde el rol de víctimas —“ni cómplices, ni partícipes”— acusadoras de la “negra” corrupción populista.

Es muy interesante observar que cuando la alianza gobernante padecía serias denuncias por registrar como aportantes para su campaña política a personas que nunca lo habían hecho, y cuando el país atraviesa una gravísima crisis económica, social y política producto de la pésima gestión administrativa y de la pérdida de confianza de los mercados en el actual gobierno; de repente emerja esta estrategia en la que los actos del juez-policía difundidos mediáticamente, buscan restaurar la “confianza” perdida mediante la persecución del populismo como causa política de toda desconfianza. Y es que este gobierno ha tenido y tiene una estrategia especular que proyecta políticamente todo lo malo propio hacia los otros. Esa “técnica del espejo” ha sido una estrategia defensiva de alta eficacia para la concentración de poder y la destrucción de sus opositores.

 

La Fe y la Confianza

La figura judicial del plea bargain, en tanto demanda de reducción de penas a cambio de confesión de infracciones y delitos, aunque se hizo común en Boston a mediados del siglo XIX, se generalizó a partir de la Guerra Civil hasta convertirse en práctica habitual a principios del siglo pasado. Numerosa jurisprudencia la ha ido consolidando, incluso hasta legitimar que los acusados se declaren culpables aun creyendo que en los hechos no tenían culpabilidad alguna (caso Carolina v.Alford, 1970).  Pero su aplicación fue criticada en cuanto a las garantías de voluntariedad y en el caso Boykin v. Alabama (1969) la Corte Suprema de Estados Unidos anuló una condena por no haberlas asegurado. Los casos que hoy se tramitan en la Argentina bajo los supuestos del plea bargain no superarían el nivel más básico de revisión procedimental por un sistema judicial serio, pero ya el Presidente de nuestra Corte ha dado su beneplácito al juego del juez-policía.

Fuera de los Estados Unidos, los acuerdos de culpabilidad han sido muy criticados, asociándolos a procesos inquisitoriales (como el de los juicios a las brujas de Salem en 1692), y a políticas de control social (como las que siguieron a los atentados de las Torres Gemelas). En estos días también se han escuchado entre nosotros estas asociaciones, en una sucesión inmediata contra algunas expresiones y acciones contrarias a la legalización de la interrupción voluntaria del embarazo y contra “el juego de las sortijas” y sus “arrepentidos”. Por eso cabe pensar qué entrelazamiento de significados puedan existir entre temas de contextos culturales tan distintos.

Aunque la Inquisición europea es condenada y con razón por sus métodos inhumanos, fue un dispositivo político instrumentado por el cristianismo en una etapa de su historia. Durante los doce primeros siglos después de Cristo, la Iglesia no acompañó la extendida persecución europea de “las brujas y su mundo”, como afirma Caro Baroja, porque se orientó a ampliar el número de conversos del paganismo a su religión. En el siglo XII, sin embargo, se hacen fuertes las herejías en el sur de Francia, y también en Aragón y otros reinos que querían reconquistar España a los árabes y expulsar a los judíos, como lo harían Fernando e Isabel en 1492. La Inquisición europea y luego la española (1536-1821) nacieron entonces cuando el cristianismo entró en crisis y corría peligro de perder adeptos, para purificar la “Fe” de los conversos y afirmar el dominio político de la Iglesia.

Pero aquella “Fe” medieval en la Iglesia fue reemplazada progresivamente en el moderno capitalismo comercial e industrial por la “Confianza” en el libre mercado, hasta convertirse en la razón de ser del capitalismo en su actual etapa financiera. Hay un enlace de significados entonces entre dos dispositivos inquisidores, aunque correspondientes a culturas distintas y con distintos principios básicos de dominio, que comparten una misma finalidad de control social y una metodología análoga de premios, castigos, temor, y subordinación.

Aun así, la cultura de los acuerdos de culpabilidad en Estados Unidos no sólo deriva de esta metodología recurrente, sino de lo que Albert Jonsen ha llamado “el ethos” norteamericano caracterizado por su “individualismo”, su “progresismo” (la fe en el progreso ininterrumpido del desarrollo humano), y su “moralismo”, o adicción a moralizarlo todo, heredado del puritanismo colonial (de hecho, los juicios de Salem se atribuyen a ese puritanismo).

En esta perspectiva, el origen del plea bargain en Estados Unidos podría explicarse por una visión moralizadora de los estrados judiciales nacida en la comunidad aunque hoy convertida en instrumento eficaz de control social expandido. Pero la aplicación de este procedimiento legal en otros países además de los Estados Unidos es un fenómeno muy reciente (de los ’90 en adelante), propio del dominio globalizado al que sirve. Y como en otras reformulaciones normativas del neoliberalismo, bajo el engañoso supuesto de un progreso en la aplicación de justicia, se instaura un doble standard ético-legal que protege los intereses corporativos  y sus desigualdades.

 

Una paradoja

Ya Otto Kirchheimer, jurista de la Escuela de Frankfurt, dio el nombre de “Justicia política” a la utilización del proceso judicial con el fin de alcanzar una influencia política propia o limitar la influencia política de otros. Y señaló que la misma tiene una larga historia. El Estado ha definido y perseguido el delito con términos tan amplios como los del antiguo perduellio romano (alta traición “por un espíritu hostil a la comunidad”), términos que en la modernidad han adoptado la forma de “poner en peligro la seguridad del Estado” (o del Imperio).

El constitucionalismo liberal consagró el “principio de incertidumbre” (presunción de inocencia), pero en los procesos persecutorios, inquisitoriales, autoritarios y dictatoriales, esa incertidumbre desaparece: los procesos y las pruebas se adecuan al fin político; se somete a proceso sin pruebas para construir estas a partir de la privación de libertad como coerción y la confesión de lo esperado como descargo; y el “estigma” por un pasado político justifica una sentencia futura. Los procedimientos, la defensa en juicio y las apelaciones están viciadas: “Todo tribunal que realiza un acto de justicia política rechaza los argumentos de ilegalidad y prejuicio, e insiste en la estricta legalidad de sus bases de acción”, pero siempre está “bajo la influencia de las actuaciones de los órganos políticos”.

La utilización del aparato judicial para legitimar metas políticas —concluye Kirchheimer— se enfrenta a una paradoja: “La represión es tanto más efectiva cuanto menos necesaria —es decir, cuando el régimen combate a minorías pequeñas, insignificantes o transitorias— y tanto menos efectiva cuanto más tentadora para el régimen, es decir, ante una organización y una opinión de minorías fuerte y constante”.

El gobierno debería tener presente estas lecciones para su justicia política, y considerar, para su economía, que todos los especuladores del mundo utilizan la “técnica del espejo”, por lo que todo especulador no es más que un reflejo de otro reflejo en el juego de espejos enfrentados de los mercados, donde no hay un “nosotros” porque nadie reconoce a los otros.

 

 

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