Instituciones, ¡afuera!
El año de Milei: uso y abuso de decretos, vetos, extorsiones, arbitrariedades e insultos agraviantes
Tal vez el ambiguo beneficio que ofrece la llegada de un gobierno autoritario como el que preside Javier Milei es que deja expuestas con toda su crudeza las peores características de nuestro sistema de monarquía presidencial. A diferencia de los sistemas parlamentarios, donde el primer ministro es un delegado del Parlamento y puede ser destituido en cualquier momento a través de una moción de censura, en nuestro sistema de presidencialismo reforzado el Congreso puede ser convertido en una suerte de jarrón chino, que ocupa un lugar pero no cumple ninguna función relevante. No era esta la previsión de quienes redactaron la Constitución, pero entre la voluntad autoritaria del Presidente Milei de sortear al Congreso y el amancebamiento aceptado por una cuota considerable de diputados y senadores, el resultado está a la vista. A pesar de que el artículo 76 de la Constitución Nacional prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, lo cierto es que este ha sustraído, a través del uso abusivo de los decretos de necesidad y urgencia (DNU), todas las facultades que la Constitución confiere al Congreso, y así seguimos, mientras los “republicanos con peluca” siguen consultando las encuestas de opinión, como si estas otorgaran poderes taumatúrgicos al Presidente. Este daltonismo político, que ve color de rosa todo lo que hace el gobierno de Milei, prueba que el afán republicano que inspiraba a tantos venerables liberales en la época de gobiernos populares era más bien de opereta, es decir perteneciente a ese género operístico de pretensiones modestas, generalmente de carácter frívolo o burlesco.
El mandato rígido
En nuestro sistema presidencialista un ciudadano es elegido Presidente en votación popular (directa o indirecta), por un período rígido de cuatro años. Esta suerte de cheque en blanco que recibe cuando es elegido supone ya, de entrada, un enorme poder sobre el Congreso, dada la dificultad que supone destituirlo a través del juicio político. En los sistemas parlamentarios, en cambio, el titular del Poder Ejecutivo es un Primer ministro designado por el Parlamento y su mandato puede ser revocado en cualquier momento como consecuencia de una moción de censura aprobada por simple mayoría absoluta de votos. En consecuencia, en este sistema sólo el Parlamento detenta la legitimidad democrática y el gobierno actúa por delegación del mismo.
La facultad de veto y los DNU
El artículo 83 de la Constitución Nacional le da un enorme poder de veto al Presidente ya que, una vez ejercida esta facultad, las dos cámaras, para sortear el veto presidencial, necesitan reunir una mayoría reforzada de dos tercios, algo muy difícil de alcanzar, como ha quedado demostrado en estos últimos meses. En los sistemas parlamentarios no se contempla la posibilidad de veto por parte del Primer Ministro, dado que el principio de que la soberanía reside en el Parlamento es absoluto. Los convencionales de 1994 no tocaron este artículo tan peculiar, que refuerza de un modo desmesurado las facultades del Presidente.
Esa posibilidad de vetar las leyes dictadas por el Congreso se ve reforzada por el uso abusivo y discrecional de los DNU del que viene haciendo uso el Presidente Milei, vulnerando en forma flagrante lo dispuesto en el artículo 99 de la Constitución Nacional, que señala que “el Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso, bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo”. Esa norma, que es clarísima y terminante, ha sido luego suavizada con una excepción que se ha terminado convirtiendo en una regla general, aprovechada por el Presidente Milei para sancionar la friolera de 46 decretos en un año. Algunos de esos decretos, como la denominada Ley de Bases, suponen un cambio radical de la legislación de fondo. El artículo 99 de la Constitución Nacional señala en su segunda parte que “solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos, podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia, los que serán decididos en acuerdo general de ministros que deberán refrendarlos, conjuntamente con el jefe de gabinetes de ministros”. Si bien la jurisprudencia de la Corte ha señalado en alguna sentencia que si el Congreso puede reunirse en sesiones ordinarias no existe ninguna justificación para dictar un DNU, lo cierto es que en la práctica se vienen dictando profusamente ante una Corte Suprema que hace todo lo posible para eludir sus responsabilidades institucionales adoptando la estrategia del laissez faire, laissez passer.
El poder que le confiere al Presidente el uso arbitrario de los DNU se ha visto reforzado por la sanción de la ley 26.122 que en el artículo 24 expresa que “el rechazo por ambas Cámaras del Congreso del decreto de que se trate implica su derogación de acuerdo a lo que establece el artículo 2º del Código Civil, quedando a salvo los derechos adquiridos durante su vigencia”. La redacción de este artículo ha dado pie a la interpretación que supone que para derogar el DNU debe existir un pronunciamiento negativo de ambas cámaras y, a contrario sensu, se deduce que mantendría vigencia si consigue el respaldo de una sola cámara. Sin embargo, esta interpretación es errónea a la luz de lo dispuesto en el artículo 78 de la Constitución Nacional que señala que todas las leyes deben ser aprobadas por ambas Cámaras. Parece absurda y no puede ser aceptada en una democracia la idea de que mientras las leyes ordinarias deben ser aprobadas por ambas Cámaras, los DNU puedan adquirir vigencia por la aprobación de una sola Cámara. El Congreso abordó en este último mes la reforma de la ley 26.122 que da lugar a la confusión que aprovecha el Presidente para hacer uso abusivo de los DNU. Sin embargo, nuestros “republicanos de peluca”, que presentaron numerosos proyectos de ley dirigidos a cambiar esa norma durante los gobiernos de Cristina y Alberto Fernández, se plegaron a las exigencias del Presidente Milei y boicotearon la posibilidad de reforzar las facultades del Congreso.
El método extorsivo de Milei
En el punto 5 del Pacto de Mayo firmado por Milei “al primero del mes de marzo del año de Nuestro Señor 2024, con los representantes del pueblo reunidos en el Congreso de la Nación, ante la mirada del Eterno” se asume el compromiso de encarar “la rediscusión de la coparticipación federal de impuestos para terminar para siempre con el modelo extorsivo actual”. Justamente, el uso de los impuestos coparticipables para extorsionar a los gobernadores y conseguir que algunos diputados y senadores se plieguen a las estrategias legislativas del gobierno ha sido utilizado hasta la extenuación por Milei. Naturalmente, cabe hablar de una responsabilidad compartida, dado que si los gobernadores hubieran actuado en forma coordinada, la estrategia de Milei no hubiera prosperado. Aquí, como en el dilema del prisionero iterado, la cooperación hubiera sido la estrategia más inteligente pero eso sería pedir algo que está fuera del alcance de los gobernadores. El cierre de los datos de noviembre ratificó que el reparto de los Aportes del Tesoro Nacional (ATN) favoreció a los gobernadores aliados de la Casa Rosada, con la entrega de 20.500 millones a cinco provincias (Catamarca, Jujuy, Tucumán, Misiones y Salta). Los gobernadores Osvaldo Jaldo (Tucumán), Raúl Jalil (Catamarca), Gustavo Sáenz (Salta) y Hugo Passalaqua (Misiones) recibieron los ATN poco después de que ayudaran a sostener el veto de la ley de financiamiento educativo. El Presidente invitó a cenar a los cuatro para que quedaran retratados ante la historia por ayudarle a blindar el veto en el Congreso.
La otra pata de esta estrategia trabucaria es más difícil de probar pero ha quedado al desnudo, porque el destino le jugó una mala pasada al senador Edgardo Kueider, quien trasladaba más de 200.000 dólares y 600.000 pesos sin declarar en la frontera con Paraguay. En relación con este peculiar modo de conseguir adhesiones, que sigue la ruta de la famosa Banelco del ex Presidente De la Rúa, también ha quedado para la historia otra foto de Milei en una mesa con cinco diputados radicales que se prestaron a modificar su voto para negarle un aumento a los jubilados a cambio de recompensas que aún no han sido develadas pero que pueden imaginarse.
Inventario de otras arbitrariedades
En un breve recuento de arbitrariedades que registra el prontuario institucional de Javier Milei computan la restricción al acceso a la información pública y la negativa a realizar ruedas de prensa con la excusa de que los periodistas mienten y usan la información con fines extorsivos. En esa dirección dictó un decreto presidencial que impide que accedan a aquellos datos que considere de índole privada. En la cuenta podemos contabilizar también la utilización de las cajas del ANSES y de otros organismos autónomos para colocar militantes de la causa; la pretensión de desviar los fondos secretos de la SIDE para financiar oscuras operaciones; la asignación arbitraria de la pauta publicitaria a través de empresas públicas como YPF; la utilización de fondos públicos para financiar las actividades de las bandas de trolls; los ataques a periodistas críticos; el uso del avión presidencial para realizar viajes internacionales de promoción personal; los límites abusivos al derecho de huelga; la conversión del derecho a manifestarse en un delito; la criminalización de la inmigración; la utilización permanente de datos falsos, tergiversados o exagerados; y la destrucción de la política cultural oficial.
El uso de insultos agraviantes para dirigirse a líderes de la oposición o a los diputados y senadores que no se pliegan a sus exigencias se ha convertido en el rasgo más peculiar de este gobierno. Se trata de una práctica deplorable, que vulnera principios no escritos de una cultura que respeta la dignidad de todos los seres humanos. Toda forma de animalización del adversario político es un modo de deshumanizarlo, y forma parte de la misma estrategia subliminal que permitió el genocidio de las poblaciones nativas en la época colonial basada en la idea de que no eran reconocidos como hombres. El problema se agrava cuando los insultos se dirigen a los jefes de Gobierno de países vecinos o eventuales aliados, porque es una forma de privatizar las relaciones exteriores de un país como si formaran parte del patrimonio privado del Presidente de turno. La historia argentina no registra antecedentes de un Presidente que utiliza las relaciones exteriores para promocionar concepciones ideológicas sectarias que están fuera de los parámetros racionales aceptados por los Estados que fundaron las Naciones Unidas.
La muerte de la democracia
Los profesores norteamericanos Steven Levitsky y Daniel Ziblatt publicaron en 2019, bajo el título Cómo mueren las democracias (Editorial Ariel), un ensayo que conserva plena actualidad. En su obra muestran cómo han desaparecido diversas democracias y qué podemos hacer para salvar las actuales. Como relatan, en la actualidad las democracias no terminan con un golpe militar sino mediante el lento y progresivo debilitamiento de las instituciones esenciales. “Así es como mueren las democracias hoy en día. Las dictaduras flagrantes, en forma de fascismo, comunismo y gobierno militar, prácticamente han desaparecido del panorama. Desde el final de la Guerra Fría, la mayoría de las quiebras democráticas no las han provocado generales y soldados, sino los propios gobiernos electos”. Añaden que “el enfoque comparativo revela asimismo cómo autócratas electos de distintas partes del mundo emplean estrategias asombrosamente similares para subvertir las instituciones democráticas”.
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