Historia de una inf/AMIA (6)
Continúa la historia de la infamante causa judicial que surgió a partir de la denuncia del fiscal Alberto Nisman
El lunes 18 de julio de 1994 a las 9.53 estalló una bomba en la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA), en lo que es considerado el más brutal atentado que sufrieron civiles en nuestro país luego del bombardeo de Plaza de Mayo del ’55, al cual las crónicas oficiales —inexactas— le atribuyen 308 víctimas. En el atentado de la AMIA murieron 85 personas.
Pocas horas después, “el primer ministro israelí Yitzhak Rabin propuso al gobierno argentino de Carlos Menem coordinar una interpretación unificada de lo sucedido, que conviniera a los intereses políticos de ambas administraciones. Así se desprende de un cable emitido por el embajador argentino en Israel José María Valentín Otegui, a las 2.50 horas del 19 de julio de 1994”.
Comenzó entonces una historia que lleva casi 25 años y que debería avergonzar al Poder Judicial argentino y a buena parte del poder político.
En enero del 2013, luego de 19 años sin avances sustanciales en la causa AMIA, la Argentina suscribió un Tratado de Entendimiento con Irán, para obtener, finalmente la declaración de los iraníes imputados por el Poder Judicial argentino de haber participado en ese atentado, que a la fecha permanece sin resolver. Dicho Memorándum fue aprobado por ley en el congreso argentino. Luego fue declarado inconstitucional. El gobierno de Mauricio Macri no apeló la inconstitucionalidad y por lo tanto la misma quedó firme. El Memorándum con Irán, jamás entró en vigencia.
Esta es la historia de la infamante causa judicial que surgió a partir de la denuncia del fiscal Alberto Nisman, en la que acusó a Cristina Fernández de Kirchner, a Héctor Timerman (foto principal) y otros funcionarios y dirigentes sociales argentinos de haber utilizado ese Memorándum como herramienta para encubrir a los responsables del atentado.
Esta es la sexta nota de la serie, donde intento contar la historia de la causa judicial que se inició con la denuncia de Nisman. Y también es la historia de uno de los hombres que sufrieron esa causa en carne propia. Se llamaba Héctor Timerman. Junto con Alejandro Rúa, fuimos sus abogados en esa causa.
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El 28 de febrero de 2013, se promulgó mediante ley 26.843 el Memorándum con Irán. Este fue su texto.
El 4 de abril de 2013, Pablo Reisman y Julio Schlosser —Vicepresidente 2° de la AMIA y Presidente de la DAIA, respectivamente— con el patrocinio letrado del doctor Miguel Bronfman, invocando su condición de víctimas del atentado aludido, como así también su calidad de querellantes en el marco de la causa en la que se investiga la comisión de ese ilícito, promovieron una acción de amparo contra dicho Memorándum.
La AMIA y la DAIA son las mismas organizaciones que en el juicio de encubrimiento del Atentado a la AMIA, NO querellan a Beraja —ex presidente de la DAIA— , y que diluyen la acusación contra el "Fino" Palacios y contra los fiscales Mullen y Barbaccia, a quienes tanto el Ministerio Publico Fiscal y los familiares de las victimas acusan de ser parte del encubrimiento infame que llevo adelante el ex juez Galeano, junto con Beraja y la SIDE menemista. Esas mismas organizaciones fueron a oponerse al Memorándum que permitiría, por primera vez en 19 años, que la causa por el atentado avanzara a través de la posibilidad de la toma de declaraciones a los iraníes imputados por el Poder Judicial argentino como responsables del atentado.
El amparo fue y vino entre el fuero Contencioso Administrativo y el fuero Penal Federal, hasta que la Corte Suprema dispuso el 15 de octubre de 2013 que el amparo debía resolverlo el fuero Penal Federal, mas específicamente el doctor Canicoba Corral, juez que entiende en la causa que investiga el atentado de la AMIA.
Alberto Nisman fue el fiscal de esa causa también y en noviembre de 2013 acompañó el pedido de inconstitucionalidad del Memorándum. Si bien Nisman cuestionó fuertemente su constitucionalidad, jamás señaló que hubiese un delito en su firma.
De esas épocas habla Ricardo Ragendorefer en la nota que conté el domingo pasado [2], en la que, en el marco de una reunión entre Timerman y Guillermo Oliveri, Secretario de Culto de Cancillería con Schlosser (entonces presidente de la DAIA,) Waldo Wolff (vicepresidente de la AMIA) y el secretario general Knoblovits. Cuenta Ragendorfer que "los visitantes no creían que el acuerdo con Irán para interrogar allí a los presuntos responsables del atentado pudiera guiar la pesquisa hacia la verdad. También invocaron 'impedimentos estratégicos' no debidamente aclarados. Al respecto, Schlosser esgrimió un notable argumento: 'Los muertos ya están muertos, Héctor; hay que pensar en los vivos'."
"Wolff, a su vez, permanecía mudo, con los ojos clavados en el suelo".
"Y Knoblovits, abogado de profesión, iba levantando temperatura. Hasta que, de pronto, saltó de su asiento, al grito de: 'Si Canicoba Corral (el juez de la causa) va a Irán y le dicta a los acusados la falta de mérito porque la prueba no alcanza, ¿de qué nos disfrazamos?'. Y remató: '¡Eso sería inaceptable!'"
"Sea cual fuese el origen de la oposición al memorándum de la AMIA y DAIA, la postura de varias organizaciones de familiares de víctimas del atentado fue diferente. Y cuando se conoció el dictamen de Nisman a favor de la inconstitucionalidad del memorándum, esas organizaciones de familiares cuestionaron fuertemente al fiscal". [3]
Finalmente, el 4 de diciembre de 2013 Canicoba Corral declaró improcedente el amparo. Tanto la DAIA como la AMIA apelaron esa sentencia y dicha apelación fue resuelta por la Cámara de Apelaciones de Comodoro Py el 14 de mayo de 2014. Los jueces que resolvieron la inconstitucionalidad del memorándum fueron los doctores Eduardo G. Farah y Jorge L. Ballestero. Los volveremos a encontrar más adelante en esta historia.
Pero cabe recordar acá lo que dijo Ballesteros. Él mismo volvería un año después sobre esas palabras.
El Estado nacional apeló dicha inconstitucionalidad. Si bien la representación del Estado estaba en cabeza de los abogados del Ministerio de Justicia de la Nación, tanto la Procuración del Tesoro como Cancillería formaban parte de ese juicio e intervenían activamente.
El recurso de Casación presentado por el Estado Nacional fue concedido. El 10 de marzo de 2015 una resolución del entonces presidente de la Sala II de la Casación Federal dejó sin efecto una prueba que ya había sido concedida por esa misma Sala, señalando que "y en especial consideración a la celeridad que siempre reclama la atención de los derechos constitucionales comprometidos en el procedimiento de amparo, déjase sin efecto el pedido de informes a Naciones Unidas sobre el registro del Memorándum". Es decir que aquella prueba que había sido considerada pertinente antes, de pronto ya no lo era y fue dejada súbitamente sin efecto por la Sala II de la Casación.
Esa misma resolución ordenaba que las partes presentaran sus informes el 31 de marzo de 2015. Y fijó fecha para sentencia el 8 de abril de 2015.
Para ese entonces Alberto Nisman ya había presentado su denuncia contra Cristina Fernández de Kirchner y Héctor Timerman y otros, el 14 de enero de 2015. Desatando un terremoto político e institucional de magnitudes siderales.
El 18 de enero Alberto Nisman fue hallado muerto de un balazo en la cabeza en el baño de su departamento de Puerto Madero.
El 26 de febrero, la denuncia de Alberto Nisman fue desestimada por el juez Daniel Rafecas.
El 31 de marzo de 2015 las partes presentaron sus informes. Pero la sentencia sobre la inconstitucionalidad del memorándum no se resolvió el 8 de abril como estaba previsto. Tampoco se resolvió el 22 de junio de 2015, que fue la fecha que fijó la Sala II de la Casación para la lectura de la sentencia.
Recién el 22 de diciembre de 2015 se resolvió la inconstitucionalidad del Memorándum. Y no fue por sentencia de la Sala II, sino porque luego del cambio de Gobierno, Germán Garavano, flamante Ministro de Justicia de Mauricio Macri , le ordenó a los abogados del Ministerio que desistieran del recurso de Casación del Estado Nacional.
Al haber desistido del recurso el Estado Nacional, en una resolución de solo 9 líneas la Sala II de la Casación consideró que quedaba firme la inconstitucionalidad dictada por su inferior, la Sala de Apelaciones.
Las crónicas de esos días de diciembre de 2015 cuentan que, amén del traumático cambio de gobierno ocurrido el 10, se vivieron horas de tensión entre los abogados del Ministerio de Justicia y el recién nombrado Ministro Garavano. Los abogados de planta del Ministerio le explicaron al ministro que el Estado Nacional tiene la obligación de apelar los fallos desfavorables. Y solo presentaron el desistimiento del recurso luego que Garavano firmase una instrucción escrita, en tal sentido, la cual consta en el expediente administrativo y fue presentada ante la Casación Penal.
Escribió Raúl Kollman sobre esa sentencia [4]: “En orden a que no existen otros recurrentes –dicen los jueces Juan Carlos Gemignani y Angela Ledesma–, en razón de las dificultades para integrar el tribunal, a fin de evitar mayores dilaciones y tratándose de un mero trámite que no requiere sustanciación, corresponde tener por desistido el recurso de Casación presentado por el Estado nacional. Con este párrafo breve y formal, Gemignani y Ledesma dejaron firme, de hecho, la inconstitucionalidad del acuerdo con Irán".
Para la fecha del desistimiento de recurso del Estado Nacional, Héctor Timerman ya había sido operado de su cáncer hepático y los controles médicos señalaban entonces una favorable evolución de su salud.
[1] https://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-38318-2004-07-18.html
[2] https://www.tiempoar.com.ar/nota/atentado-a-la-amia-el-dia-que-el-nuevo-titular-de-la-daia-puso-en-duda-la-autoria-de-iran
[3] https://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-233717-2013-11-16.html
[4] https://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-288879-2015-12-23.html
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