El 22 de diciembre de 2016, el hermano presidencial Gianfranco Macrì blanqueó 63,5 millones de pesos ante la AFIP, a raíz de la denuncia de la fiscalía de Hamburgo por movimientos sospechosos de la BF Corporation en un banco alemán. Esto dio lugar a una denuncia de la PROCELAC, que comenzaron a investigar el fiscal Federico Delgado y el juez Sebastián Casanello. Esa suma, equivalente a unos cuatro millones de dólares de aquel momento, es una décima parte del blanqueo total realizado por el segundón de la familia, cuya revelación derivó en el lanzamiento de El Cohete a la Luna.
Lo sugestivo no es la suma, sino el modus operandi típico de los lavadores de dinero sucio, que llamó la atención de la justicia de Alemania. Más interesante aún es otra de las revelaciones de los Panama Papers sobre Macrì y sus negocios en las sombras. La primera filtración, en abril de 2016, indicó que Macrì era director de las compañías offshore Fleg Trading y Kagemusha. El descargo presidencial fue que las compañías eran de su padre y que él sólo figuró como director un breve lapso para luego renunciar y designar un reemplazante. En cuanto la filtración se hizo pública, el 3 de abril de 2016, Macrì trató de conseguir que su padre asumiera esa versión. Como el Presidente había solicitado que la justicia lo declarara insano y junto con Gianfranco lo desalojó del manejo de las empresas familiares, el constructor calabrés remoloneó todo lo que pudo la respuesta. Los abogados de Macrì, Fabián Rodríguez Simón y Felipe Llerena, iniciaron una insólita acción civil de declaración de certeza ante el juez Andrés Guillermo Fraga, quien requirió a la justicia de Bahamas que informara todos los datos de su cliente.
Las nuevas filtraciones muestran que Fleg Trading nunca suministró al estudio panameño Mossack Fonseca los datos sobre sus accionistas y beneficiario final y si eran personas políticamente expuestas, pese a la insistencia del estudio por solicitárselos. Al constatar que no tenía esa información en sus registros, Mossack Fonseca le pidió a su intermediario en Uruguay Santiago Lussich Torrondel que firmara una carta manuscrita antedatada en 1998. Debía decir que ese año Franco Macrì le encomendó la adquisición a los pañamenos de la offshore Fleg Trading.
Lussich estaba despavorido porque ya había declarado ante el fiscal penal Delgado. Sostuvo que Maurizio Macrì dejó el directorio pocos meses después pero que ese cambio nunca se informó al registro de sociedades de Bahamas. Temía terminar procesado si un peritaje caligráfico detectaba que la nota había sido escrita ahora y no hace dos décadas. Los panameños lo urgieron porque a su vez los acosaban los abogados de Maurizio Macrì a través de la justicia de Bahamas. Al ser el hijo Presidente estamos metidos en un lío, escribió su corresponsal en Uruguay que trataba de ablandar a Lussich. Si el contador uruguayo no identificaba de puño y letra al beneficiario final, Mossack Fonseca declararía que eran los directores, es decir Maurizio y Mariano Macrì, exactamente lo que el Presidente quería evitar.
La presión surtió efecto y el 4 de octubre de 2016, Lussich Torrendel firmó una nota dirigida a Mossack Fonseca según la cual “la sociedad Fleg Trading Ltd, sociedad de Bahamas, adquirida a vuestro estudio en el 1998 lo fue a pedido del señor Francisco Macri". La foto es de entonces. Casi un año después, el 20 de septiembre de 2017, el juez Fraga firmó un insólito fallo en el seudo juicio “Macrì Maurizio contra Macrì Franco sobre acción declarativa”. Es una de las últimas cosas que alcancé a escribir en el diario Página/12. Fraga certifica que el Presidente no es, ni fue, socio ni accionista de las sociedades offshore reveladas en los Panama Papers (Fleg Trading y Kagemusha), que no recibió dividendos ni ganancia de ellas, y que solo aceptó el cargo de director para renunciar y designar un reemplazante. Obtener una copia de la sentencia es una proeza ya que el expediente fue reservado en Secretaría y eliminado de los registros informáticos, pese a que no existen medidas cautelares ni se debaten cuestiones personalísimas que lo justifiquen. Pude consultarlo gracias al ex Inspector General de Justicia Ricardo Nissen, quien afirma que es una sentencia sin precedentes en el derecho societario. Estas son algunas de sus observaciones:
* Se inició ante los tribunales civiles cuando correspondía a un juzgado en materia mercantil.
* Fraga le otorgó trámite sumarísimo, que el Código Procesal restringe a otros casos.
* Sólo procede una acción declarativa cuando no hay otro medio legal de poner término al estado de incertidumbre.
* Lo que correspondía era dirigir la demanda contra Fleg Trading y Kagemusha para que exhibieran su documentación.
*Para ello debería haberlas citado mediante exhortos diplomáticos en un proceso contradictorio, lo cual le hubiera insumido no menos de cinco años, como les ocurre a los comunes mortales, y no el récord absoluto del trámite VIP.
* Mediante esta presentación irregular, incompleta y defectuosa, Fraga dio por reconocidos los hechos expuestos por el Presidente, declaró la cuestión de puro derecho y así se salteó el periodo de prueba, que no sólo es el más interesante sino también el más largo, para llegar sin demora a la sentencia. Es inocultable que sólo se requería un título que desvirtuara la denuncia.
* De la causa penal sólo se citan los testimonios de abogados, contadores, dependientes o apoderados de la famiglia y sus empresas y ninguna prueba. La jurisprudencia no acepta la prueba testimonial para acreditar el carácter de integrante de una sociedad comercial y mucho menos el carácter de “no integrante”.
* Todos ellos dijeron que el actual Presidente había abandonado su actividad empresarial al dedicarse exclusivamente a Boca Juniors, a partir de 1994. Sin embargo Fleg Trading SA se constituyó recién en 1998 y la empleada del Grupo Macri Concepción Lioi reconoció que había sido designada directora de Fleg Trading en un acta firmada por Franco, Maurizio y Mariano Macrì.
* Por supuesto, el demandado Franco Macrì no apeló.
Nissen concluye que la aparición posterior de más de cuarenta sociedades con la participación de Maurizio Macrì constituidas en guaridas fiscales “tornó abstracto este pronunciamiento judicial, que con toda seguridad no honra a la jurisprudencia nacional y demuestra, una vez más, la íntima vinculación que existe entre el gobierno y parte del aparato judicial”.
(Integran el equipo argentino de Panama Papers Hugo Alconada Mon, Ricardo Brom, Sandra Crucianelli, Emilia Delfino, Mariel Fitz Patrick, Maia Jastreblansky e Iván Ruiz, del Consorcio Internacional de Periodismo de Investigación).
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