Era simultánea, no sucesiva

La jueza Capuchetti constató que la vacunación de Taiana, Valdés y Verbitsky fue ajustada a derecho

 

La jueza federal María Eugenia Capuchetti decidió archivar por inexistencia de delito la causa iniciada en febrero por la vacunación contra Covid-19 de personas comprendidas en los “grupos prioritarios” identificados en el Plan Estratégico para la vacunación en contra de Covid-19, de acuerdo con la resolución del Ministerio de Salud de la Nación 2338, del 29 de diciembre de 2020. La denuncia fue presentada por el troll macrista Yamil Santoro.

El fallo señala que la legalidad vigente al momento de los hechos establecía que la vacunación de los prioritarios fuera simultánea y no excluyente o secuencial. Los prioritarios que enumera el Plan Estratégico son las personas “mayores de 60 años, personal de salud, personal estratégico y personas de 18 a 59 con enfermedades previas”, por lo tanto “no existía ni existe un orden normativo de prelación” y “era posible vacunar a estos grupos de manera simultánea”. Esto comprende al senador Jorge Taiana, de 70 años, al diputado Eduardo Valdés, de 65, al empresario marplatense Florencio Aldrey, de 89, y al periodista Horacio Verbitsky, de 79. En cambio, Capuchetti dispuso continuar la investigación respecto de las personas que no se ajustan a la definición de prioritarios, entre ellas las hijas del ex senador Eduardo Duhalde, Juliana, de 48 años, y María Eva, de 45, el periodista Gabriel Michi, de 52 años.

Capuchetti fue designada en mayo de 2019 por el entonces presidente Maurizio Macrì, en reemplazo del juez Norberto Oyarbide y juró ante el camarista Martín Irurzun por Dios, la Patria y los santos evangelios. En la nota sobre su jura, el diario Clarín recordó que la jueza es hija del jefe de seguridad de la AFA, comisario general Carlos Alberto Capuchetti, y que el referente político que la impulsó fue el empresario del juego y en ese momento presidente de Boca Juniors, Daniel Angelici. Su pliego recibió el acuerdo del senado con los votos de Cambiemos y del peronismo antikirchnerista. Antes trabajó con el juez federal Sergio Torres, designado por Fernando De la Rúa, y con Martín Ocampo en el Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La crónica de Clarín sobre su asunción presenta una asistencia completa del cambiemismo judicial.

La resolución recuerda que la Organización Mundial de la Salud recomendó que se ordenara cronológicamente la aplicación de vacunas en etapas secuenciales. Pero la Comisión Nacional de Inmunizaciones (CONAIN), el máximo organismo técnico nacional de asesoramiento a las autoridades y a los definidores de políticas públicas, ajustó esos parámetros a la situación argentina y recomendó que los grupos prioritarios se relacionaran entre ellos de manera “simultánea” y no que sean “excluyentes ni secuenciales”, de acuerdo con la disponibilidad de dosis y tipos de vacuna. Según el organismo “no debía existir un orden excluyente entre los prioritarios”, de acuerdo “con la disponibilidad de dosis y tipos de vacunas”, y así lo decidió el Ministro de Salud Ginés González García en el Plan Estratégico. Por lo tanto “es legal en nuestro país que se intercalen aplicaciones entre los diferentes grupos considerados prioritarios” y, en consecuencia, “no existe, desde el estricto punto de vista jurídico, la situación en la cual una persona prioritaria ‘le quita’ la vacuna a otra también prioritaria”.

La presidenta de la CONAIN, Mirta Roses Periago, ex-directora de la Organización Panamericana de la Salud, había afirmado: “La situación imprecisa e incierta en cuanto a la capacidad de producción y distribución por parte de los proveedores autorizados no permite sostener una situación ideal en la cual se espera completar cada grupo priorizado en el orden establecido para iniciar con otro grupo. Tampoco es deseable esa secuenciación en situación de trasmisión comunitaria activa donde se debe buscar reducir la posibilidad de riesgo de enfermedad grave y de muerte por el Covid-19”. La Resolución 2883/20 adoptó este criterio.

La web de la Ciudad de Buenos Aires donde debía pedirse turno había colapsado y eran fuertes las críticas ciudadanas e institucionales al sistema de vacunación en la CABA. El 21 de enero la ANMAT aprobó el uso de Sputnik V para mayores de 60 años pero la Ciudad no tenía entonces abierta la inscripción, y la vacunación no era obligatoria. El 27 de enero, después de numerosos reclamos, el Ministerio porteño anunció su plan de vacunar primero a las 130 mil personas del sistema de salud y en una segunda etapa a los 460 mil adultos mayores para los que se abriría en su momento un sistema de turnos on-line. Al día siguiente, el ministro Fernán Quirós dijo que todavía no había una página para inscribirse porque la entrega era inestable.

El 4 de febrero la Ciudad empezó a vacunar en geriátricos y habilitó un sistema de turnos online sólo para trabajadores de salud que deben insistir de madrugada para intentar ganar un lugar. El 12 de febrero llovieron las críticas sobre el sistema de turnos web. El Foro de Instituciones de Profesionales de Salud Mental pidió al gobierno porteño un registro único, solidario y organizado. Se criticaba que no hubiera un criterio de inscripción basado en urgencia de salud y de riesgo. Se vacunaban trabajadores de salud sin exposición a riesgo, incluyendo jubilados, antes que personas mayores de 60, 70 u 80 años. El Ministerio de la Ciudad respondió que "Los criterios los pone el Ministerio de Salud y nosotros acompañamos (...) La primera fase engloba de manera general aunque escalonada a todo el personal de salud. La segunda a mayores de 70 años". Sin embargo, y tal como establecía la Resolución 2883/20 del Ministerio de Salud de la Nación del 29 de diciembre de 2020, el Ministerio de salud de la Nación respondió: "La primera parte abarca todo".

Y a excepción de cinco casos, una amplia mayoría de todos los vacunados por el Ministerio de Salud de la Nación cumplían con esa exigencia.

 

 

 

 

 

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