Empleados, no colaboradores
Fallos nacionales e internacionales en favor de los trabajadores de plataformas
En la economía de plataformas los modelos de negocios se basan en la desprotección que sufren los trabajadores y trabajadoras, que acompañados de organización gremial y abogados, se oponen a que las empresas los excluyan de sus derechos más fundamentales. En este trajín se ubican, por un lado, repartidores o conductores que pertenecen a grupos vulnerables —en su mayoría migrantes o refugiados— y por el otro, grandes corporaciones. Dada la desigualdad de poder y riqueza, los trabajadores buscan la protección de los tribunales y del estado de derecho. Mientras que en Buenos Aires los repartidores consiguieron la primer sentencia a su favor, una sesión informativa del Business & Human Rights Resource Centre (BHRRC), puso de relieve en agenda los problemas de los trabajadores de las aplicaciones y llamó a las empresas a adecuarse a los Principios Rectores de los derechos humanos de la ONU.
En los últimos días se conoció la primer sentencia que condena a Rappi Argentina a reincorporar inmediatamente de un grupo de trabajadores de la Comisión Directiva de la Asociación de Personal de Plataformas (APP) que habían sido bloqueados luego de una reunión con la empresa. Así lo dispuso la Justicia Nacional del Trabajo en una sentencia histórica. El reciente sindicato solicitó que se ordene el cese de la conducta antisindical y antidiscriminatoria, y por lo tanto les permita el ingreso nuevamente a la plataforma digital para poder continuar su trabajo. La jueza Vulcano reconoció que el bloqueo como forma de despido e imposibilidad de trabajar implica una "franca transgresión a la garantía de libertad sindical que reconoce nuestra Carta Magna en sus artículos 14 bis, el Convenio 87 de la OIT" y que “merece ser reparado en forma inmediata".
En tanto las aplicaciones clasifican erróneamente a sus trabajadores como independientes para reducir “costos” y negar derechos básicos, los repartidores o conductores utilizan los mecanismos judiciales para defenderse. En el caso argentino, la magistrada determinó la existencia de una conducta antisindical por parte de la aplicación y ordenó que los trabajadores sean desbloqueados “en forma urgente” del acceso a la aplicación para que continúen prestando servicios. También advirtió que la empresa sería sancionada económicamente por día de retraso en el cumplimiento de la medida. En línea con esta sentencia, esta semana Phil Bloomer, el Director Ejecutivo del Business & Human Rights Resource Centre (BHRRC), declaró que “las nuevas estrategias incluyen desafíos legales” que surgen para combatir los abusos de las empresas. Y agregó que “los trabajadores se enfrentan a compañías con grandes recursos que buscan detener cualquier precedente legal que pueda amenazar su ventaja y expandir sus ganancias". Este temor se nutre en que la crucial jurisprudencia internacional y nacional existente, se inclina a favor de los derechos laborales de los trabajadores y por ende las empresas resultan condenadas a importantes multas. De este modo queda a la luz la función imprescindible que tienen los trabajadores organizados junto con sus equipos de abogados. En la sesión del BHRRC también se hizo un llamamiento a que las compañías de la economía de plataformas incluyan políticas que tiendan al cumplimiento de sus responsabilidades según los Principios Rectores de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas. A modo de cierre manifestaron que los gobiernos deben evitar incentivar el modelo de "contratista independiente" y crear incentivos para que las empresas clasifiquen a los trabajadores como "empleados", apoyando así el empoderamiento de los trabajadores en esta nueva economía.
El año pasado en un caso contra Uber en Inglaterra, donde el conductor demandaba la falta de pago del salario mínimo y otras irregularidades, el Tribunal de Empleo sentenció que los drivers eran empleados y no contratistas independientes. En California una demanda contra la empresa Lyft que clasificaba a los trabajadores como autónomos, fue resuelta a favor de los conductores, con una condena de U$D 27 millones contra la compañía. Hace tan solo un mes, en Amsterdam la Federación de Sindicatos Holandeses presentó una demanda contra la firma Deliveroo en donde argumentaba que la empresa servía entregas de comidas basadas en contratos de trabajo, y por lo tanto se debía encontrar dentro de los convenios colectivos de trabajo para el transporte de mercancías. El tribunal falló a favor del demandante y ordenó a la empresa cumplir con las disposiciones vinculadas al convenio colectivo. Además la Federación demandó que la relación entre los repartidores y la empresa equivalían a una relación laboral y así lo reconoció el tribunal enfatizando sobre la relación de autoridad entre la empresa y su personal.
De este lado del océano, el Tribunal de Trabajo del estado de Mina Gerais de Brasil resolvió a favor de un demandante ordenándole a Uber a que emita un contrato de trabajo formal para un conductor que argumentaba que lo clasificaban erróneamente como contratista independiente y reclamaba la falta de pago de los beneficios laborales, incluida la compensación por horas extras, turnos nocturnos, vacaciones remuneradas y reembolso por gastos profesionales. El Tribunal de Apelaciones de San Pablo confirmó la sentencia.
En Valencia, en una demanda donde se denunciaba el despido arbitrario de un repartidor de Deliveroo, el tribunal decidió que entre demandado y demandante mediaba una relación laboral y ordenó a la empresa a reincorporar o pagar una indemnización por el salario promedio que habría recibida en la fecha de la sentencia si hubiera continuado trabajando para la plataforma.
En la Argentina esta semana se conocieron los datos del Ministerio de Trabajo y Producción de la Nación donde figura una pérdida de 262.400 trabajos registrados en el último año. Estas empresas son parte del modelo de negocios que el gobierno impulsa mediante el monotributo, las condiciones precarias de trabajo y el encubrimiento de las relaciones laborales. Cuando el Presidente indica que el trabajo crece, se refiere a este modelo de trabajo. Hace un año y algunos unos meses, Rappi y Glovo llegaron al país, unos meses después se constituyó el sindicato APP. Cuando los despidos/bloqueos comenzaron, el conjunto de trabajadores se organizó y presentó las acciones legales pertinentes que en los últimos días derivaron en una sentencia favorable que ordena la inmediata reincorporación por despidos. El lema del sindicato que logró la primer victoria frente a las empresas de la economía de plataformas es “estamos acá y en todas partes”, ahora la jurisprudencia argentina comienza a posicionarse también a favor de un futuro del trabajo con derechos y sin explotación.
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