El 8M nos interpela

Normas pendientes para ampliar derechos laborales de las mujeres

 

En este 8 de marzo, fecha en que se conmemora el Día Internacional de la Mujer, es imperativo realizar una exhaustiva evaluación del panorama actual en materia de derechos, de avances y de deudas pendientes, así como de la transformación cultural necesaria para una convivencia pacífica, con igualdad de derechos y oportunidades para todas las personas. Las movilizaciones del movimiento Ni una menos fueron una bisagra, logrando una visibilización masiva desde que irrumpió por primera vez aquel 3 de mayo de 2015, cuando millones de mujeres le pusieron el cuerpo a las demandas urgentes.

Desde la Cámara de Diputados se han presentado una serie de proyectos tendientes a ampliar derechos laborales de las mujeres y a reducir la inequidad en los ambientes de trabajo. Algunos tuvieron tratamiento pero no llegaron a ser ley.

En el año 2008 se presentó un proyecto de ley basado en la necesidad de concretar la lucha contra toda clase de discriminación arbitraria, en este caso en el ámbito laboral. Planteaba modificar el actual artículo 81 de la Ley de Contrato de Trabajo (modificada en 1976) sobre “igualdad de trato en identidad de situaciones” y proponía considerar arbitrario el trato desigual si el empleador hiciese diferencias negativas que no correspondan a una causa justificada. El mismo proyecto implicaba que la exigencia de igualdad de trato no podrá afectar las condiciones del contrato de trabajo.

Precisamente en esta línea, dado que la discriminación contra la mujer viola el principio universal de respeto de la dignidad humana, y en el marco de la obligación asumida por el Estado argentino de garantizar a hombres y mujeres la igualdad en el goce de todos los derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos, derivada al aprobar la Convención sobre Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw 1985), se presentó un proyecto destinado a las víctimas de discriminación salarial. El texto proponía que aquella trabajadora que haya sido discriminada por su condición de mujer, tenga “derecho a percibir una suma extra en concepto de daños y perjuicios”. Debatido en el año 2015 y luego en 2017, obtuvo media sanción del Senado.

Son muchas las demandas del colectivo de mujeres que se convirtieron en urgencia en las primeras décadas de este siglo. Hemos visto los últimos años las denuncias de mujeres que han sido acosadas en el ámbito de su trabajo. Esta repudiable acción es violatoria de la dignidad humana y provoca consecuencias sumamente perjudiciales sobre la integridad psíquica y física, la confianza, la autoestima, y sobre el rendimiento de las mujeres que lo padecen.

Fundamentado en que el acoso sexual en el ámbito del trabajo y en las instituciones educativas y sanitarias constituye una expresión de violencia que atenta contra el derecho al trabajo, a la salud, a la educación, y a la seguridad, se debatió y obtuvo media sanción en Diputados en 2014 un proyecto titulado “Violencia y acoso sexual laboral. Régimen para su prevención y sanción”. En el texto se establecía un régimen de adecuada protección a las mujeres víctimas de acoso sexual en el ámbito de las relaciones laborales, educativas, y las que surjan de las prestaciones de salud, tanto del sector público como privado. Enunciaba las conductas que configuran el acoso sexual, estableciendo la obligación del empleador o autoridad educativa o sanitaria de tomar todas las medidas pertinentes para prevenir este tipo de conductas, y su responsabilidad con el autor del acoso. Otorgaba protección a toda persona que, aunque no haya sido víctima del acoso sexual, hubiera denunciado, testificado, colaborado o participado en una investigación o procedimiento relacionado con el acoso sexual. Asimismo, disponía que la mujer víctima de este delito recibiera una indemnización a cargo del autor y del superior jerárquico o autoridad educativa o sanitaria, cuando corresponda. Entre sus alcances se destacaba implementar mecanismos de difusión de planes y programas de información, servicio y orientación profesional, dentro de cada organismo de la administración pública, empresas del sector privado e instituciones educativas y sanitarias.

El recorrido que vienen haciendo los colectivos de mujeres en la lucha por ampliar o hacer valer sus derechos ha tomado la agenda pública. Sin embargo, la realidad transita un camino paralelo y el indicador de más de 50 femicidios en lo que va del año lo demuestra. Por eso esta ocasión nos interpela como ciudadanas y ciudadanos desde todos los ámbitos a trabajar en esta causa para realizar los cambios culturales que acompañen a las normativas y, a su vez, aportar desde la legislación instrumentos correspondientes, porque no hay progreso sin igualdad y sin participación efectiva de las mujeres en la comunidad.

 

 

 

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