Las leyes direccionadas a garantizar la obligación corporal de pagar adoptan un lenguaje de seguridad
El diálogo entre leyes económicas y leyes represivas en nuestro país cumple la edad del primer préstamo stand-by. En estos 60 años el Fondo metió la cola y la deuda argentina, de U$S 1.425 Millones en 1958, hoy compone un consolidado total de U$S 371.000 Millones. Con los datos duros, es dable pensar que las leyes que regulan los cuerpos políticos (y su acción de protesta) han deletreado las leyes que regulan los cuerpos económicos (y su obligación de pago). Estas incursiones leguleyas materializan la crudeza de la hora: financierización de cuerpos y relaciones sociales como garantía del consumo, aparece como el grado de politización posible de esos cuerpos, capaces de consensuar desde la cotidianeidad más desapercibida, la dirección fatal de la economía actual.
En tanto, asistimos azorados al minuto más caro de la TV argentina; los mismos que votaron los tarifazos en diciembre, a cambio de salir en televisión como defensores de consumidores, pagaron cara la publicidad: tuvieron quorum a cambio de votar para el gobierno la nueva ley de mercado de capitales, que remata los últimos posibles controles a la especulación y deja a una parte de la economía a merced de la compra/venta…. de deudas.
El corolario somos todos, en reposo pero no desconectados (en stand-by) esperando ser gatillados en caso de que el acreedor ponga en duda nuestra capacidad de pago, nos corte el chorro y nos exija la liquidación total de lo adeudado (tal la característica de estas cartas de crédito). Y preguntándonos, ¿por qué no estalla?
Los datos
Desde que Argentina entró al FMI en 1956 [1], nunca se retiró; y cada préstamo fue acompañado por la sanción de leyes represivas que multiplicaron, como los intereses contraídos, la cantidad de detenidos, secuestrados y desaparecidos por razones políticas. En 1958, “Plan de Austeridad y Sacrificio” fue el nombre de estas medidas: acuerdos con firmas extranjeras para explotación de hidrocarburos, liberación del tipo de cambio, reducción de gastos corrientes (sueldos) y de planta estatal, menor inversión del Estado, aumento de tarifas en transportes y servicios públicos, libertad de los capitales extranjeros para salir del país. Tomadas entre julio y noviembre de ese año, el plan habilitó el primer préstamo stand-by (de disponibilidad inmediata y condicionalidad absoluta). Por esas horas, Frondizi decretó el Plan CONINTES (Dec. secreto 9880/nov/58). Dividió al país en zonas y sub zonas, y todo conflicto gremial y político se dirimió en tribunales militares. Las cárceles se llenaron de presos políticos, y las FFAA de instructores franceses para enseñar “técnicas de contrainteligencia” a sus miembros. El interregno de Arturo Illia dispuso no hacer acuerdos con el FMI pero en 1966, una vez derrocado, la primera medida del dictador Juan Carlos Onganía fue retomar las negociaciones. Para esto ordenó la casa: en octubre de 1966 sancionó el Decreto-Ley N°16.970, que reemplazaba al CONINTES; establecía represión de cualquier actividad “contraria al Estado”, castigando no solo a quien se rebelase contra los “intereses nacionales”, sino también a quien no colaborase en la identificación de los “delincuentes”, además de facultar a las Fuerzas Armadas para tomar cualquier propiedad y disponer de ella como centro de operaciones represivas, entre tantas otras atribuciones punitorias. A los seis meses y con el patio ordenado se destrabaron los préstamos stand-by con cláusulas de control por parte del Fondo Monetario hacia las cuentas públicas argentinas, más duras que las acordadas por Frondizi. Antes de cerrar su último acuerdo, el dictador decretó la primera Ley de Mercado de Capitales (N° 17.811) y en enero de 1969 la primera Ley de Entidades Financieras (N° 18.061). Ya en la agonía de su Revolución Argentina (1972) se recurrió a otro salvataje del Fondo (vía Facilidad de Financiamiento Compensatorio).
En el período siguiente, el gobierno peronista derogó varias de las leyes de la dictadura, a excepción de la represiva 16.970, que fue de uso cotidiano en un Estado listo para eliminar opositores políticos al gobierno. De todos modos, tuvo corta vida. En septiembre de 1974 se sancionó en su reemplazo la ley N° 20.840, que impuso penas más duras que las dos anteriores. Esta nueva “Ley de Seguridad Nacional” en su carrera de “penalidades para las actividades ideológicas en todas sus manifestaciones” (sic) aumentó sensiblemente el número de desaparecidos, secuestrados y asesinados por el Estado.
Ya en marzo de 1976, la dictadura de la desaparición de personas tuvo el camino represivo allanado legalmente. El Proceso derogó infinidad de leyes de la gestión peronista menos esta última, que fue el ariete para desmontar cualquier resistencia al rumbo económico (la Ley 20.840 estuvo vigente hasta 1983 en su articulado político, y hasta 2001 en su articulado penal-económico) [2]. Puesto en marcha el genocidio con esta legislación heredada y útil como normalidad fraguada, entre el 13 de agosto de 1976 y el 14 de febrero de 1977 las tres principales leyes de corte neoliberal: Ley de Inversiones extranjeras (21.382), Ley de descentralización de depósitos (21.495) y Ley de Entidades Financieras (21.526), [3], que impusieron concentración financiera y apertura económica sin límites a bienes y capitales (importaciones y divisas). En el mismo período de meses, se destrabaron de inmediato los acuerdos stand-by. El combo de Desaparición y Deuda estaba en su cenit.
El hiato alfonsinista supone tres tortuosos acuerdos con el Fondo que resultan desastrosos para la economía local y una subordinación absoluta al organismo. Pero también, una resistida “Ley de Defensa Nacional” (N°23.554/abril/1988) por el rol dado a las Fuerzas Armadas en caso de conmoción interna. De todas formas, cuando se sintió cuestionado, Alfonsín no tuvo mejor idea que insultar a las Madres de Plaza de Mayo (las llamo “antidemocráticas y contrarias a los intereses nacionales” –12/1984— y “madres de terroristas” –TV alemana 07/1985-) y por las dudas arremetió contra “los 30 trotskistas” a los que acusaba por los saqueos, en junio de 1989, y detuvo a la cúpula del P.O.
El regreso sin cortapisas del paradigma neoliberal en los '90 encuentra un Estado cuya primera disposición es sancionar en 1991 la Ley Seguridad Interior (24.059) y un Protocolo de seguridad para la protesta social [4]. Ante las movilizaciones estudiantiles, Menem (como Alfonsín) recuerda a las Madres y envía un mensaje a los jóvenes: “No vaya a ser cosa que tengamos otro contingente de Madres de Plaza de Mayo reclamando por sus hijos”. (07/1992). La línea se completa en 2001 con la Ley de Inteligencia Nacional (25.520). En este marco la convertibilidad obtiene nueve Acuerdos con el FMI [5]. Desde aquí la historia es conocida: a fines de 2000 el gobierno argentino solicita un auxilio al Fondo, en abril la fenomenal fuga de capitales absorbe los dólares y el Senado aprueba una ignominiosa Ley de Déficit Cero (recorte a jubilaciones y pensiones) pero no alcanza, y en diciembre el Fondo suspende los giros. La convertibilidad termina su ciclo con 39 personas asesinadas en las calles. Casi de manual, en 2016 una de las primeras medidas de la alianza Cambiemos fue modificar y endurecer el protocolo antipiquetes (que cambia drásticamente el más honroso de 2011) y que tiene su corolario con los asesinatos de Santiago Maldonado y de Rafael Nahuel en conflictos sociales que ligan territorios a extracción de recursos en lugares sensibles para capitales extranjero.
¿Epílogo?
El diálogo en cuestión sacude nuestra corporalidad cotidiana, pues en estos 60 años los cuerpos sensibles al par mencionado, han soportado dos destinos excluyentes: la desaparición o la deuda. Y en la “segunda supervivencia”, los que no desaparecimos fuimos re-endeudados. La actual financierización de nuestros cuerpos (y por ende su novedosa politización) está dada en cada gesto cotidiano: la bancarización en todas sus formas, la compra electrónica, el préstamo personal inmediato, la carga en la SUBE como aporte a un fideicomiso del Banco Nación, la gestión crediticia —personal/prendaria/hipotecaria— duplicada en los dos últimos años, una expansión monetaria visible en los bancos; y llamativamente, una tasa de morosidad igual a la de diciembre de 2015 a pesar de circular el doble de dinero. Estos datos tal vez nos permiten ser más cautos. Aún hay dinero circulando en el sistema. Y esto no estalla cuando lo decidimos nosotros. Lo decide el capital. Y lo decide cuando los instrumentos financieros inventados no se condicen con el número de personas (número finito) para financierizar y las formas de la economía real. Alli, en ese lógico agotamiento de la tasa de ganancia, los breves dueños del circulante pueden retirarlo y enviarlo a mejores puertos. Mientras tanto, el dinero y sus derivados financieros circulan de maneras variadas (facturas de pago que se pueden vender, UVA, ventas en corto, prestamos, etc, etc, etc) y todo, todo negociable en el mercado gracias a la nueva ley. Podemos pensar con cautela que estos elementos tan volátiles pueden dar cuerda para un poco más en este diálogo ya ensayado…
- Adelanto del libro "Desaparición y Deuda en Argentina".
[1] Decreto No.7103 de 19/04/1956 y Decreto-Ley No.15.970 de 31/08/1956. Al ser miembro, paga una cuota en divisas y oro que puede retirar en caso de necesidad como derecho de giro sin condiciones. En 2013, el Senado de la Nación aprobó la suba de esta cuota. Es decir, nunca nos fuimos….
[2] Ese articulado económico, paradójicamente hubiera permitido sancionar a los Bancos que fugaron sus capitales en 2001, pero fue derogada por el Congreso de la Nación para que esto no suceda, en una escandalosa sesión del 30 de mayo de 2002 donde radicales y peronistas, con la excusa de la “gobernabilidad”, anularon la norma.
[3] La Ley de Inversiones Extranjeras (con modificaciones) y la Ley de Entidades Financieras (ídem) siguen vigentes.
[4] Modificado tardíamente en 2011, pero con cambios que supusieron una novedad digna de mención por el tratamiento más humanizado de piquetes y protestas, a sabiendas que la conflictividad subiría luego de la recesión económica mundial.
[5] 5 stand-by y 4 de facilidades extendidas o de complementación de reservas.
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