Claudia Jaquelina Cortez fue la protagonista del tercer juicio por jurados de Mendoza, como acusada de asesinar a su pareja, que llevaba 30 años ejerciendo violencia en su contra y de quien se defendió cuando intentó forzarla a tener relaciones sexuales. Fue absuelta ya que el jurado compuesto por 12 personas, tras debatir durante siete horas, no logró unanimidad para declararla culpable, tal como solicitaba el fiscal Fernando Guzzo, o amparada por la legítima defensa.
Al momento de alegar, Guzzo apeló a una serie de esterotipos sobre la violencia de género que causaron una denuncia ante el Jury de Enjuiciamiento por parte de la diputada Laura Chazarreta por supuesta mala actuación y “maltratar a la acusada durante el juicio desde una posición evidentemente misógina y alejada de la perspectiva de género que deben tener todos los funcionarios públicos”.
Si bien el Tribunal archivó la denuncia con el voto del Presidente de la Suprema Corte de Justicia, Dalmiro Garay Cueli; el ministro responsable de la Oficina de la Mujer, José Virgilio Valerio; de la Coordinadora de capacitaciones en la Ley Micaela, María Teresa Day; y de los legisladores de la Unión Cívica Radical Mercedes Rus, Cecilia Rodríguez, Juan Carlos Jaliff, Marcelo Rubio, Jorge López y Jorge Sosa, adoptó por unanimidad una decisión histórica: someter a consideración del procurador Alejandro Gullé –superior jerárquico del fiscal Guzzo— una serie de medidas concretas a los efectos de evitar que conductas como las del fiscal se repitan, en el entendimiento de que resultan lesivas de los derechos de las mujeres en general, y de las mujeres en situación de violencia en particular.
En su alegato, Guzzo descartó la legítima defensa y afirmó que Cortez era culpable porque jamás acudió al Estado en busca de ayuda o defensa. Tras hacer un repaso de las instancias que actualmente existen para la defensa de los derechos de las mujeres —todas ellas con “capacitación suficiente en violencia de género”, dijo—, la hizo responsable de la violencia ejercida en su contra. En este contexto apeló a una serie de frases tomadas de expertos, tales como: “Siempre que alguien pega, otro se deja pegar", o “Siempre hay un roto para un descosido” y “Sumisa es una postura frente a la vida, no sólo frente a Pelayes".
Guzzo, quien es fiscal en jefe de Homicidios, incorporó también en su alegato una pluma, a la que dejó caer, para demostrar lo fácil que era para la acusada Cortez denunciar la violencia de su marido. Al respecto señaló: “Cortez tenía todo a disposición, tenemos perspectiva, lo que no tenemos es ridiculez, lo que pasa que la señora no la usó. No podemos hacernos responsables nosotros". También hizo referencias al cáncer que sufre la acusada y señaló que "los golpes no producen cáncer, lo único que falta es que se nos acuse a los varones de provocar cáncer por golpes”.
Las medidas dispuestas por el Jury de enjuiciamiento fueron sugeridas por el Ministro Omar Palermo, a los efectos de dar cumplimiento a los deberes internacionales asumidos por el Estado Argentino, que surgen de la Convención de Belem do Pará (ratificada por Ley 24.632) para garantizar el respeto por los derechos de las mujeres:
- Capacitación obligatoria para el fiscal Fernando Guzzo en temas de género, debidamente acreditada ante el Ministerio Público Fiscal.
- Pedido de disculpas públicas a la señora Claudia Jaquelina Cortez a cargo del fiscal Guzzo.
- Eliminación de los registros de acceso público del alegato de Guzzo, en la causa en cuestión en el que se vierten las expresiones agraviantes.
- Compromiso del Procurador General del Ministerio Público de no permitir la participación del fiscal Fernando Guzzo en juicios relacionados con hechos vinculados a la temática hasta tanto acredite la formación requerida en el apartado 1.
- Compromiso del Procurador General del Ministerio Público de incorporar la perspectiva de género en el ámbito de los cuerpos periciales bajo su dependencia.
- Pedido al Consejo de la Magistratura de incorporar contenidos de género en los concursos para cargos de juez o jueza, fiscal y defensor o defensora oficial.
En el nombre de Micaela
Teresa Day es la jueza cuestionada por la falta de requisitos establecidos en la Constitución de Mendoza para ser integrante de la Suprema Corte. Durante la audiencia pública ante el Senado, se le preguntó qué entendía por perspectiva de género y respondió: "Que en una misma situación no se le dé un tratamiento distinto por el hecho de ser mujer”, desconociendo el alcance de las obligaciones constitucionales y convencionales en materia de igualdad que va más allá de la igualdad formal ante la ley. Debe tenerse en cuenta que el artículo 75 inciso 23 de la Carta Magna nacional impone el deber de promover medidas de acción afirmativa que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato y el pleno goce de los derechos constitucionales y los derechos humanos de las mujeres. Su designación como ministra responsable del cumplimiento de las capacitaciones de la Ley Micaela generó la reacción del colectivo provincial de mujeres Ni Una Menos y la Intersindical de Mujeres.
En una nota dirigida al presidente de la Suprema Corte, Dalmiro Garay, las mujeres expresaron preocupación y exigieron conocer de qué modo la Suprema Corte de Justicia de Mendoza realizó esta designación, quién tomó la decisión, cuáles fueron las consideraciones que se tuvieron en cuenta para efectivizar esta coordinación, toda vez que es de público conocimiento que María Teresa Day no tiene formación en materia de géneros y diversidades y que ha recibido por ello severas críticas de los movimientos feministas, en especial del colectivo Ni Una Menos Mendoza.
Las mujeres señalaron que esta decisión constituye una afrenta contra Micaela y las mujeres víctimas teniendo en cuenta la trascendencia que esta formación específica en materia de géneros y diversidades, y “por lo tanto en nuestras vidas, patrimonios, y libertades”. Recordaron que similar situación se presentó, cuando se designó al juez Valerio a cargo de la Dirección de la Mujer, quien no solo carece de perspectiva de género, sino que además llego a la Suprema Corte luego de haber dictado fallos homofóbicos, machistas, y sin contemplar la figura del femicidio.
“Después de tantos reclamos específicos al Poder Judicial de Mendoza, esta sucesión de decisiones nos alarma. Nos da a entender que el Poder Judicial aparenta cambios para que nada cambie, o peor aún, que tienen la clara intención de poner personas a cargo de funciones claves con el solo propósito de que no funcionen”.
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