Cuatro cajas supremas
El proyecto flexibilizador de la Corte y el manejo discrecional y difuso de los recursos públicos
Pasó ya definitivamente el tiempo en que podías disimular tu ambición. Ahora tu único refugio es el poder.
Tácito
En mayo de 2021, la Asociación de Abogados y Abogadas Laboralistas (AAL) solicitó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación información sobre el monto y el destino del fondo anticíclico que el máximo tribunal administra desde 2008, previsto para ser ejecutado únicamente “en situaciones excepcionales”. Cuando se le hizo llegar el requerimiento, se encontraban suspendidos, en el limbo jurídico, alrededor de 150.000 expedientes vinculados al fuero laboral, generando indudables situaciones de privación de justicia para lxs trabajadorxs vinculadxs a dichas causas.
La solicitud de la AAL dejaba constancia de la insuficiente infraestructura de los juzgados –tanto edilicia como de conectividad– para afrontar el atraso de las audiencias y apelaba a la ejecución del fondo anticíclico para solventar la situación de emergencia, que se acrecentó una vez superada la pandemia. La respuesta de los cortesanos eludió la demanda explícita de que se utilizara ese fondo para las urgencias planteadas dentro del fuero laboral. Advirtió además que esos recursos son “propios del alto tribunal, provenientes de saldos de libre disponibilidad”, pese a que la acordada 34 del año 2008 –a través de la cual se creó el fondo– estipula que su utilización no es de “libre disponibilidad” sino que debe aplicarse a “hechos generados por la reducción de los recursos previstos y situaciones excepcionales o no contempladas durante los ciclos económicos”.
El actual presidente de la Corte, Horacio Rosatti, recibió a los directivos de la AAL a mediados de 2021 y les comunicó que “el fondo se aplica a necesidades extraordinarias del funcionamiento de la Corte”. Esa aseveración no coincide con el espíritu de la acordada de 2008, motivo por el cual se advierte su escamoteo en el portal del Centro de Información Judicial (CIJ), donde apenas puede divisarse una síntesis superficial. En la respuesta brindada por los supremos se consigna que el fondo anticíclico “suma 30.604.956.926 pesos, integrado conforme a las acordadas antes descriptas más los intereses”.
Dado que la Corte no ha presentado informes pormenorizados sobre el uso de estos recursos, la AAL solicitó una certificación de los mismos en el marco de la Ley de Acceso a la Información Pública, que los supremos decidieron desdeñar sobre la base de otra acordada –la 42, de 2017– firmada también en las dependencias de la República Autónoma del Cuarto Piso. Para evitarse el trastorno de dar cuenta a la sociedad del manejo de dineros públicos –y otras intrigas y confabulaciones–, la acordada 42 dispone una serie de reparos orientados a sortear la publicidad de sus actos. Con un formulismo autárquico rayano en la arrogancia, consigna que la citada ley “no será de aplicación respecto de aquellos documentos o actos jurisdiccionales o administrativos que tengan un procedimiento propio previsto por (…) un procedimiento especial dispuesto por este Tribunal…”. Un Estado dentro del Estado.
Otra de las manipulaciones crematísticas que carecen de control público se relaciona con las cuentas que operan los supremos en connivencia con el Banco Ciudad. En dicha entidad se reciben depósitos de quiebras o juicios laborales de todo el país, a expensas del resto de las entidades financieras públicas. El Ciudad –gestionado mayoritariamente por la entente cambiemita– recepta los fondos judiciales a tasa pasiva, incluso cuando se tramitan las apelaciones del fuero laboral. Los trabajadores, de esa manera, pueden cobrar indemnizaciones devaluadas producto de la inflación, al tiempo que se conceden suculentos plazos fijos a los supremos.
Un negocio soberbio para el banco, que incrementa sus recursos a expensas de los más humildes, sin dejar de compartir los réditos con una Corte que autoriza dicha expoliación. El monto de los depósitos judiciales en el Ciudad constituye nada menos que el 21% del fondeo total de dicha entidad. Eso explica por qué en 2012 la propia Corte impidió la aplicación de la denominada Ley Conti, que exigía la transferencia de los fondos al Banco Nación. De esta manera, la entidad controlada por Mauricio Macri y Horacio Rodríguez Larreta resguarda su rentabilidad expoliando a clientes judicializados, la mayoría de ellos trabajadores.
El tercer negocio de los supremos, además del manejo discrecional de los fondos anticíclicos y el vínculo espurio con la entidad financiera cambiemita, es la sub-ejecución presupuestaria, que también se traduce en un deterioro sistemático del funcionamiento de la Justicia –tanto en lo relativo a infraestructura como a personal– y, nuevamente, en especulación financiera: según estimaciones de dos funcionarios del Consejo de la Magistratura, aunque hasta la fecha solo se cuenta con datos a octubre, la subejecución para este año supondrá alrededor de un 20% del total de recursos con los que cuenta la CSJN. Según el filósofo del derecho Aníbal Filippini, una sub-ejecución en tiempos de privación de justicia supone “un desaire al sistema republicano, y al mismo tiempo una omisión ante un deber normativo de actuación expreso y determinado”.
Bancos y sub-ejecuciones
El cuarto capítulo de los artificios utilizados por los supremos para dotarse de vastos recursos se vincula con la Obra Social del Poder Judicial (OSPJ), atravesada durante los últimos meses por la zona del escándalo. La entidad –que agrupa a 47.000 asociados– se encontraba bajo la supervisión del cortesano Juan Carlos Maqueda hasta que se hizo pública la acordada 28 del presente año, en la que se cuestionan los estados contables presentados por su directorio, consignando que su contenido es “sumamente grave” dado que “no se detalla quién designó [al profesional contable] y que no se respetaron los principios de concurso ni trasparencia que señala el estatuto”.
La lapidaría acordada agrega –sin hacerse cargo de las irregularidades monitoreadas por Maqueda– que “describe un balance con información no confiable, lo cual es inadmisible”. Para salvarse del escándalo, el sempiterno ignífugo Ricardo Lorenzetti se expidió en disidencia con dicha acordada, exigiendo sanciones para las autoridades, notificando a “a los organismos de control, a la Auditoría General de la Nación y a dos jueces que intervienen en denuncias penales relacionadas con la Obra Social”. Lo que no se menciona, sin embargo, es quizás lo que explica el intento por disimular el descalabro: la deriva de recursos hacia el noble y supremo tribunal –también– para ser utilizados en “libre disponibilidad”.
El control de las Cajas tiene su correlato disciplinario en la vigilancia jurisdiccional: en el año 2018 los supremos receptaron 36.584 expedientes, dictaminaron 6.814 sentencias y resolvieron 7.843 causas. Según el detalle consignado por Miguel Julio Rodríguez Villafañe en El Cohete, se decidieron alrededor de 74 casos por día. Para cumplimentar esta ingente tarea, los cortesanos cuentan con 190 operadores judiciales, que –en general– son los que efectivamente deciden esos casos. Es decir, jurisconsultos que no son elegidos por el Parlamento, no tienen que presentarse a concurso ni a indagaciones académicas o éticas. Sujetos que acceden a esos sitiales, en su gran mayoría, por afinidades electivas, recomendaciones varias, tráfico de influencias y/o acomodo. De esta manera, junto a la acumulación de recursos para comprar voluntades y dotarse de escribas fieles al noble designio de la autarquía supra-republicana, se alcanza el noble objetivo de hacerle honor a la consigna revisionista instaurada por Carlos Rosenkrantz: “No puede haber un derecho detrás de cada necesidad”.
Esta cosmovisión, coherente con el control de las Cajas, es lo que explica la orientación tomada por la Corte con relación a las mayorías populares. El pasado 10 de octubre, Sebastián Serrano Alou, en una nota titulada Los débiles y el poderoso, sostiene que “la Corte Suprema con su integración actual ha decidido ir en contra de la Constitución Nacional y las personas que trabajan”. Para respaldar su hipótesis, se refiere al fallo en el que la Cámara de la Seguridad Social otorgó una pensión por invalidez a un trabajador de la construcción de 56 años, a quien se le dictaminó una incapacidad laboral del 57,23%. Como respuesta, los cortesanos firmaron un fallo en contra del trabajador, protegiendo a las aseguradoras de riesgos del trabajo.
En 2017 el macrismo inició la campaña de destrucción de los derechos laborales. El ingreso por la ventana de los cortesanos Rosenkrantz y Rosatti –luego legitimado con el concurso de una parte de los senadores– fue la pre-condición necesaria para acelerar e incrementar la beligerancia contra los sindicatos, los trabajadores, los abogados laboralistas y los magistrados del fuero laboral, instaurando la falacia de “la mafia de los juicios laborales”. Desde ese momento, se pusieron en duda algunos derechos consagrados como: la relación de dependencia, la protección contra el despido arbitrario, la reparación en caso de accidentes y enfermedades del trabajo y el combate contra la discriminación.
La Justicia que hace caja y la que persigue a los más humildes es la que necesita proscribir, encarcelar, asesinar o debilitar a Cristina Fernández de Kirchner. Es el mismo juego, la misma operación dispuesta para forjar un país menos soberano y a la vez más funcional a los intereses de la especulación, la exportación de materias primas, la desindustrialización y la instauración sacrosanta del privilegio. Pero la jugada también puede salirles mal.
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