Cosmética cortesana
Problemáticas laborales y de género como botines de guerras palaciegas
Pasó desapercibido en la agenda mediática y política de cierre del año, con el balotaje presidencial ya en el horizonte: en una (des)acordada del viernes 10 de noviembre, la Corte Suprema de Justicia de la Nación celebró la ya consagrada tradición de exponer sus fracturas y disputas de poder.
Fue en términos fuertes, ajenos a las sutilezas de otras épocas, y por un tema sensible: la mayoría conformada por el presidente auto-votado Horacio Rosatti y los ministros Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz creó una dependencia con el pretencioso nombre de “Oficina de Bienestar Laboral” e incumbencia sobre el personal de su propio ámbito palaciego.
Ricardo Lorenzetti, el cuarto integrante, votó en disidencia. Aún molesto por su pérdida de poder en la Corte que presidió durante once años, aprovechó para criticar una medida que torna verosímil la caracterización que en los pasillos se hace sobre el tribunal: que busca periódicos “lavados de cara”, con decisiones de efecto muy posiblemente inocuo, mientras sostiene posiciones conservadoras en otros planos o demora indefinidamente respuestas a demandas urgentes o de fondo.
Es factible que la ausencia de interés mediático sobre el tema haya obedecido a lo intrascendente de la nueva Oficina de Bienestar Laboral en términos prácticos, ya que su creación no hizo más que recoger un conjunto de bellas enunciaciones y superponer funciones con organismos existentes, multiplicando la estructura para atender a los mismos problemas.
Más allá de confirmar la fractura expuesta y las disputas de poder en la Corte, el contrapunto deja como saldo la endeblez de la decisión y aspectos problemáticos como la posible apertura de una vía a la intervención de áreas sin un trámite claro y a sugerencia de una Oficina conformada por integrantes de quienes sólo se sabe que se designarán por un “procedimiento de selección interno”.
Buenos muchachos
Los fines son nobles, prístinamente enunciados: “fomentar un ámbito laboral sano”, contribuir a la “prevención y erradicación de la violencia y el acoso laboral”, velar por “grupos vulnerables” o “en situación de vulnerabilidad” y ofrecer “igualdad de oportunidades y de trato”. Todo ello, sobre la base de normativas nacionales e internacionales en materia laboral y “con perspectiva de género”.
Muy poco es lo que agrega el anexo sobre el funcionamiento de la Oficina, que debería iniciar sus tareas a más tardar a fines de diciembre. Sólo que estará integrada por dos profesionales de la psicología y dos de trabajo social, bajo coordinación de un quinto integrante, de esas disciplinas o del derecho. Del procedimiento de selección sólo se menciona que será “interno”, sin especificar el mecanismo.
Las funciones, por su parte, se presentan de manera genérica:
- el diseño y la implementación de “guías de buenas prácticas de convivencia y bienestar laboral” y protocolos de intervención;
- la realización de capacitaciones;
- la elaboración de estadísticas y encuestas;
- la prestación de “atención, contención, apoyo, orientación y acompañamiento” al personal de la Corte que lo requiera; y
- la propuesta de acciones y medidas para abordar los eventuales conflictos, incluyendo la de sugerir la intervención de las áreas.
El voto de la mayoría dispuso además que todos los tribunales con superintendencia sobre personal deberán crear unidades similares. La acordada no especifica ni la cuantía ni la afectación de los recursos presupuestarios para el funcionamiento de la nueva Oficina, ni de las que se abran en instancias inferiores.
El disidente
Algunos de esos puntos fueron señalados por Lorenzetti en lo que formalmente se denomina “disidencia parcial”, por no discrepar con el fondo sino con el modo. Para el juez rafaelino, el voto de mayoría no mantiene “el alto nivel de elaboración jurídica” con que él caracteriza a acordadas en que la Corte definió “una política de Estado contra la discriminación, la violencia de género y el acoso” que fue “adoptada por tribunales federales, nacionales y provinciales”.
En su voto disidente, por otra parte, acusa a sus colegas de “apartarse de la austeridad que caracterizó a esta Corte” porque “se podría hacer exactamente lo mismo, pero ampliando la competencia de las oficinas ya existentes”.
En ese plano, Lorenzetti dedicó un párrafo especial al principal adversario que tiene en el tribunal, Horacio Rosatti: su doble presidencia de la Corte y del Consejo de la Magistratura, escribió, vuelve “inadmisible desconocer que ese organismo ya dictó una norma, que además se superpone con la presente”. Se refiere a la resolución 246 de 2017, con que el Consejo determinó la apertura de una Oficina de Gestión para la Mejora Continua y Resolución de Conflictos Internos, con aplicación sobre la Justicia federal y nacional y en ampliación de facultades de su Unidad de Derechos Humanos. “Es lo que se debería hacer en este caso con la Oficina de la Mujer creada en esta Corte Suprema”, opinó Lorenzetti.
En otro orden, su voto enfoca en la confusión entre la sanción de conductas ilícitas –como las discriminatorias y violentas– y la generación de bienestar laboral, advierte que no se indica un debido proceso para las intervenciones de áreas y entiende que trasladar la obligación a todo tribunal con superintendencia de personal “implica colisionar con la autonomía que corresponde a las justicias provinciales”, varias de las cuales tienen ya sus propias regulaciones en la temática.
Finalmente, Lorenzetti recordó que las nuevas obligaciones recaerían sobre tribunales “saturados de causas” y “sin jueces designados”, objetó que la resolución de mayoría no haya considerado estadísticas previas, apuntó que –pese a tratarse de un tema laboral– no se invitó a representantes sindicales a integrar el nuevo cuerpo y destacó que la ausencia de precisiones sobre su conformación “habilita un margen de discrecionalidad inaceptable”.
Sala de espera
Mientras la Corte Suprema toma a las problemáticas de violencia laboral o de género como botines de sus guerras palaciegas y la mayoría apuesta a mostrar con determinaciones inocuas una imagen más simpática, permanecen sin resolución un sinnúmero de situaciones urgentes en que adeuda respuestas.
La Corte de cuatro caballeros no integra mujeres desde que Elena Highton se jubiló en 2021. Sus miembros resistieron además la aplicación de la Ley Micaela, que fija capacitaciones obligatorias para el ámbito público. En octubre de 2020 el tribunal se negó a recibir los talleres ofrecidos por el Ministerio de la Mujer, que entonces conducía Elizabeth Gómez Alcorta. Los supremos se ampararon en un acuerdo suscripto con el Instituto Nacional de la Mujer que durante el macrismo dirigió Fabiana Tuñez. Un mes después de la promulgación de la ley, en enero de 2019, Tuñez consintió que el Poder Judicial tuviera un esquema propio de cumplimiento. Hasta donde pudo saber El Cohete, los cortesanos siguen sin capacitarse.
En materia de resoluciones judiciales, la Corte no sólo demora las confirmaciones de penas a quienes participaron del terrorismo de Estado, abonando de ese modo la caracterización de “presos sin condena” que enarbola La Libertad Avanza.
Si la preocupación del máximo tribunal tiene que ver con la igualdad de derechos, en particular en materia de género, podría comenzar a resolver los expedientes que le fueron elevados luego de decisiones de la Cámara Nacional Civil sobre casos de gestación por sustitución. Los recursos duermen en los cajones de los cuatro caballeros desde hace entre tres y siete años. Involucran a criaturas que, mientras tanto, han cumplido entre seis y ocho de edad. En todos los casos, permanece en indefinida espera la consideración del rol y los derechos de la mujer gestante.
Frente a esa conducta, es natural que resoluciones como la dispuesta en la (des)acordada del 10 de noviembre sean leídas como un ejemplo claro de “genderwashing”, un lavado de cara en materia de género únicamente con efectos cosméticos. No sólo resulta contradictorio con las demoras de la Corte, sino con aquello que promociona: en las primeras semanas de este año, el tribunal dejó entrever la posibilidad de realizar una audiencia pública para abordar qué status jurídico correspondería a embriones no implantados. En otras palabras, si son o no personas. Es una discusión injustificada luego de la aprobación de la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, que estableció un criterio en tal sentido. Si la Corte avanza en esa dirección estará tensando, una vez más, la división de Poderes tan republicana y repetidamente declamada.
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