Así mata la policía de Macrì

La Metropolitana en la ejecución de un joven después de un robo

 

La impresionante secuencia fotográfica que ilustra esta nota muestra cómo mata la policía de Macrì: disparando a sangre fría, directo a la cabeza de una persona desarmada, herida y que huía tambaleante. Fueron tomadas el 13 de septiembre de 2017, media hora después de las nueve de la noche,  cuando el adolescente Dilan Aaron Carpio entró a robar a un Carrefour Express en Viamonte al 300, microcentro porteño.

Era menor de edad y estaba acompañado por otro joven. Tenía un arma calibre 32 envuelta en cinta negra. A las 21.25 llegó un policía de la Metropolitana por un llamado al 911. Forcejearon. El policía primero le disparó en una mano. Y luego lo siguió a paso firme durante ocho segundos eternos en la vereda. Carpio perdió el arma en el piso, tambaleaba y se llevaba las manos a la cabeza para protegerse. El policía Gonzalo José Escobar le apuntaba con el arma. Y finalmente lo ejecutó con un nuevo disparo, esta vez directo a la cabeza. El fiscal Andres Madrea pidió la indagatoria y detención del policía hace tres meses. El juez de instrucción Luis Zelaya recién lo indagó la semana pasada, pero en vez de decidir su procesamiento aceptó el pedido de la defensa de realizar un peritaje que determine si actuó bajo  emoción violenta, como forma de exculparlo.

El fiscal Madrea acusa al policía de homicidio. Dice que quiso y pudo matar. Y que su conducta evidentemente podía tener una sola intención y un sólo resultado: la muerte de Carpio.

Luis Zelaya es un especialista en proteger a la policía de cualquier consecuencia de sus actos si se apartan de la ley. Lo puso de manifiesto cuando tuvo a su cargo la investigación por las torturas aplicadas por unos policías a otros, los que habían secuestrado al actual presidente de la Nación, y entonces vicepresidente ejecutivo de las Sociedades Macrì (SOCMA). Es un adelantado a los tiempos.

En aquel caso, Macrì y el juez hicieron todo lo posible para que los torturadores no fueran castigados. No lo lograron: fueron condenados y están en la cárcel y el Estado argentino fue obligado por el Sistema Interamericano de Derechos Humanos a reparar a una de las víctimas de las torturas, el sargento Juan Carlos Bayarri, cuya participación en el secuestro no pudo ser demostrada, porque la única prueba, que era su confesión, fue arrancada a golpes, que le rompieron el tímpano y le bajaron varios dientes.

 

 

Las tremendas imágenes del crimen a las que accedió El Cohete a la Luna quedaron registradas por dos cámaras. Una, ubicada en el interior del supermercado que registró nítidamente el momento del primer disparo. Y la otra, ubicada en la entrada del edificio lindero que registró la secuencia de los ocho segundos que culminan con la muerte de Carpio.

Aquí las imágenes del interior del local con los datos claves para la causa entre la hora 21.25.08 y 21:26:08.

 

 

Aquí las imágenes del exterior, un secuencia clave entre la hora 21.27:30 y 21.28:20.

 

 

En enero Madrea pidió la indagatoria al juez Zelaya, conocido por sus reticencias a investigar la estructura policial. Exigió la detención del policía en función de la pena máxima prevista por la figura de homicidio. Y aunque reiteró el pedido en tres oportunidades, acompañado por la querella presentada por Pablo Rovatti del Ministerio Público de la Defensa, el juez todavía no avanzó y el policía sigue estando en funciones.

Ahora, el pedido de indagatoria documenta de manera escalofriante 26 segundos, divididos en 4 cuadros por segundo, desde que se produce el primer forcejeo entre el joven y el policía hasta los ocho segundos de la secuencia final, definitivos para entender el episodio del crimen. Durante la investigación, la fiscalía lidió con un informe de Gendarmería Nacional que probó el primer disparo pero no pudo demostrar la existencia del segundo. Un dato que la fiscalía terminó de probar analizando las cámaras con las computadoras de escritorio, el cotejo de peritajes forenses sobre el cuerpo del joven y de las vainas servidas encontradas en el lugar.

Para Madrea, Escobar cometió homicidio abusando de sus funciones porque ningún elemento en la escena exigía ese segundo disparo. Ese es el punto en el que la descripción de los hechos parece acercarse a una seca ejecución. Según el fiscal, mientras el policía sostenía el arma en alto, el joven estaba "alejándose, tambaleaba herido sin ton ni son, agachándose, con sus brazos visibles y tratando de proteger su cabeza". Por eso, dice, no hubo ningún ataque que justifique de alguna manera legítima su respuesta, ni acto físico alguno en su contra o de terceros, nada en el escenario de los hechos autorizó ese tipo de accionar, siquiera como reacción emergente, porque el policía tenía absoluto dominio físico y visible de la situación, estaba armado, parapetado de manera adecuada y frente a un joven al que recién había podido desarmar.

 

Los hechos

Los hechos son de 2017. La causa tramitó primero en un juzgado de menores. El juzgado condenó a Julián Agustín Andrusesen, el joven que entró al supermercado con Carpio y sobrevivió. Luego la causa pasó a la Justicia porteña porque el juzgado de menores había observado algo raro en la intervención del policía. Cuando Madrea recibió la causa, pidió el peritaje a Gendarmería. Luego hizo la investigación y presentó la indagatoria. Allí señala que el episodio ocurrió en el local del supermercado ubicado en Viamonte 352. Entraron dos jóvenes: Julián Agustín Andrusesen y Dilan Aaron Carpio, con un revólver calibre 32 largo envuelto en una cinta negra y una hoja metálica filosa. Allí buscaron sustraer dinero de la recaudación y efectos personales de los clientes y usaron intimidación y violencia física sobre las personas. Andrusesen colocó la hoja metálica en el cuello de una clienta y Carpio se dirigió a la cajera exhibiendo su arma, mientras ponía dinero y mercancía en una mochila. Usaron el arma para golpear a otros clientes y a un empleado. Exigieron dinero y celulares. Provocaron heridas que requirieron sutura. Pero hasta ahí era un hecho violento con características de robo.

A las 21.25 Carpio regresó a la entrada del local con la cajera. Y le ordenó que se oculte atrás de una puerta por si aparecían nuevos clientes. En ese instante entró el policía Escobar para verificar la situación tras un llamado al 911. Pasados unos minutos, Carpio sacó el arma y le apuntó al policía. Tomó a la cajera como escudo para intentar salir del local mientras le apuntaba a la cabeza. La cajera logró desprenderse rápidamente y huyó corriendo por la vereda. Ahí comenzó el forcejeo y el policía sacó su arma reglamentaria. Entonces, comienza el análisis de los segundos en los que se definió todo el caso.

 

1 Carpio nota que llega el policía y decide tomar a la cajera de rehén.

 

 

 

2. Escobar apunta con su arma mientras Carpio va camino a tomar a la cajera como Escudo.

 

 

 3. Carpio apunta a la cabeza a la cajera.

 

 

 

 4. Carpio sigue reteniendo a la mujer mientras Escobar lo apunta con su arma.

 

 

5. Última imagen de la cajera-rehén. Ella logra desprenderse de Carpio y huir a la calle.

 

 

 6. Comienza el forcejeo entre Carpio y el policía. Ambos están ubicados sobre la línea de la puerta de calle.

 

 

7. Se produce el primer disparo.

El tiro puede observarse a través del fogonazo de luz ubicado al lado del canasto naranja. El disparo primero pega en la mano de Carpio, sale, impacta contra la puerta de vidrio y finalmente en un canasto naranja. El impacto puede observarse claramente porque queda marcado en el extremo superior del canasto con nuevo orificio.

 

 

 8. La imagen contiene dos datos importantes.

La marca del canasto y la posición de la mano de Escobar. El peritaje determinó que el tiro entró por el antebrazo derecho del joven y salió marcando una línea ascendente de derecha a izquierda. La imagen muestra la mano derecha de Escobar apuntando desde arriba hacia abajo, mientras sostiene la mano derecha y armada de Carpio.

 

 

A diferencia de la querella, la fiscalía sostiene que todo lo que ocurrió hasta ese momento estuvo encuadrado dentro de la legalidad. "Por este suceso no cabe reproche alguno (al policía) ya que es fruto, evidente, de la función ejercida", dice Madrea. También aclara que no es posible saber si ese disparo fue consecuencia de una acción voluntaria y direccionada. Pero de cualquier manera, tuvo como efecto dejar a Carpio desarmado. Eso es lo importante. Y lo que quiere marcar el fiscal. Y esa es la situación que alteró rotundamente el escenario. Por eso a partir de ese momento, el fiscal comenzó a cotejar las secuencias de la cámara ubicada del otro lado de la puerta. Las imágenes del edificio vecino tienen las escenas de lo que iba sucediendo en la calle, varios detalles fundamentales como el momento en el que a Carpio se le cae el arma.

 

9. Imagen de la vereda.

La cámara captura una parte de la entrada del edificio lindero y la puerta de ingreso al supermercado. Las imágenes pertenecen a la misma secuencia pero con dos minutos de diferencia, porque son distintos cronómetros. En esta imagen todavía puede verse el primer disparo pero desde afuera. Es un plano distinto que vuelve a mostrar el brazo del policía Escobar levantado mientras sostiene la mano armada del joven y dispara.

 

 

10. El cartel.

En esta imagen hay un cartel marcado con un círculo verde, detalle importante porque más tarde Carpio lo choca mientras anda a los tumbos.

 

 

11, 12, 13. Los movimientos del policía Escobar.

La fiscalía busca determinar si tenía control de la situación y de sus actos. Una de las observaciones más importantes de estas fotos es sobre el desplazamiento de sus pies. Como se verá, en todo momento, Escobar aparece con pasos firmes, los pies bien apoyados en el piso y el cuerpo bien plantado.

 

 

 

 

14. Carpio en retirada

El policía Escobar avanza sin perder el control ni la posición. Carpio queda unos pasos atrás, como en retirada.

 

 

15. Carpio pierde su arma.

 

 

El arma cae y queda en el piso. Es decir, él queda desarmado. Al observar sus movimientos, el fiscal dice que evidentemente no quería quedarse para continuar el forcejeo: ya no miraba de frente al policía y tenía el cuerpo lateral como si intentara alejarse. En ese sentido, la imagen aporta dos datos: Carpio efectivamente ya aparece alejado de la puerta y ubicado a la altura de la vidriera del comercio y a punto de chocar contra el cartel.

 

16. Carpio, desarmado ya no representa peligro.

Pero Escobar continúa erguido y firme, con el arma en su poder para dominar toda la situación.

 

 

17. Comienza a caerse el cartel.

El arma de Carpio sigue en el piso y los pies de Escobar bien firmes. Las imágenes demuestran que no hay signo de agresión alguna contra el policía. Que nada en ese escenario está indicando que el joven podía haberse parado frente a él o abalanzarse. Por lo contrario, dice el fiscal, la secuencia vuelve a mostrar al policía con dominio sobre la situación: visualmente atento, bien parado y aún apuntando a Carpio.

 

 

18. Carpio retrocede.

Mientras retrocede lateralmente, vuelve la cara y con el brazo busca protegerse la cabeza. Tambalea contra el cartel y gira el cuerpo contra los coches sin intención de correr inmediatamente.

 

 

19 y 20. Este es el momento del disparo.

El destello puede observarse en la intensidad lumínica que aparece entre los números 2 y 1 de la imagen (la hora). La luminosidad crece en la primera imagen y decrece en la siguiente, de modo compatible con el efecto de un disparo, como sucedió con la secuencia ocurrida adentro del local.

 

 

 21.  Carpio se desploma y cae en la vereda.

Escobar comienza a bajar el arma. En esas últimas imágenes mientras se extiende el movimiento, el fiscal señala que el cuerpo ya no tiene movimiento voluntario.

 

 

"Carpio ya había sido desarmado, estaba herido, tambaleante y sin movimientos coordinados", dice Madrea. "No volvió a enfrentar a Escobar. Sus dos manos eran visibles, agachaba su cabeza para protegerse y no ofrecía resistencia alguna más que la torpeza de sus movimientos. En síntesis, no representaba ningún peligro". Si bien transcurrieron pocos segundos entre uno y otro disparo, la escena y la situación habían cambiado radicalmente. La distancia entre ambos dejó de ser mínima, de uno a dos pasos. Y difícilmente el policía pueda alegar algún tipo de nerviosismo porque no sólo eso sería incompatible con su especial labor de policía sino que entre ambos escenarios hubo un claro reposicionamiento de los actores. Luego del primer disparo, Escobar tuvo el dominio de la situación y sus pasos no denotaron ningún tipo de descontrol en sus movimientos, ni resultan espasmódicos o intempestivos.

Por eso agrega que el policía disparó después de seguir al joven a paso firme y sabiendo qué resultados podía tener esa bala. Tal conducta no puede ser enmarcada en un escenario de peligro porque no lo había. Como tampoco había ningún escenario que representara respuestas inesperadas, ni resistencia, ni ataque, ni agresión ni Carpio tenía elementos para hacerlo. Y dice en sus líneas más duras: estos fueron actos claros y precisos que mostraron que quiso y pudo matar a Carpio de la manera que lo hizo.

 

El secuestro

Maurizio Macrì fue secuestrado en 1991 por una banda de comisarios de la Policía Federal. El Presidente Carlos Menem y el ex ministro del Interior José Luis Manzano anunciaron en forma triunfal el esclarecimiento del secuestro en conferencia de prensa horas antes de los comicios de noviembre de 1991. En 2001, siete ex policías miembros de la denominada Banda de los comisarios fueron condenados a penas de hasta reclusión perpetua por el juez federal Rodolfo Canicoba Corral.

Pero en 1997 la Cámara del Crimen estableció que varios detenidos por el secuestro fueron privados ilegalmente de su libertad y torturados por sus camaradas. El juez Luis Alberto Zelaya sobreseyó a los acusados. pero la Cámara de Apelaciones revocó esa decisión. Los detenidos habían denunciado que personal de Defraudaciones y Estafas los privaron en forma ilegal de su libertad y los torturaron para que confesaran su participación en el secuestro. El sargento Miguel Angel Ramírez identificó como autor de los tormentos al comisario Carlos Gutiérrez, quien junto a otro oficial lo habrían sometido a apremios ilegales con el consentimiento del comisario Vicente Palo, uno de los responsables de la investigación. Otro de los detenidos fue el subcomisario retirado José Ahmed. Su hermano Camilo Ahmed cometió tres meses después uno de los suicidios más originales de la historia: se arrojó desde un piso 12 en Mar del Plata pero para estar seguro de lograr su propósito también se pegó un tiro en la sien. Compite con el curioso método que usó cinco años antes uno de los detenidos por el secuestro de Osvaldo Sivak, Alberto Rubén Caeta, quien se ahorcó en una celda de Defraudaciones y Estafas tirando horizontalmente de los barrotes. La autopsia detectó hemorragia y lesiones en el hígado y el colon, pero nadie fue procesado. Todo era euforia por el desbaratamiento de la banda, cuyo origen se remontaba a los grupos de tareas de la dictadura militar.

Se estableció que el suboficial mayor Carlos Alberto Benito fue detenido en Córdoba. Lo subieron a un auto y en el traslado a Buenos Aires lo patearon y trompearon hasta hacerle escupir varios dientes. Después lo llevaron a un lugar clandestino, le metieron la cabeza en un fuentón con agua y le clavaron pinches debajo de las uñas. Además de Gutiérrez reconoció la voz del subcomisario Alberto Jorge Sablich, quien volvió a amenazarlo en el Departamento de Policía. Todos negaron, pero tres peritos médicos (Andrés Barriocanal de la propia Policía, José Cohen, del Centro de Detención Judicial y Juan Carlos Basile del Servicio Penitenciario Federal certificaron las lesiones y la pérdida de dientes). Además, tres testigos confirmaron los hechos.

La fecha y lugar de la verdadera detención del suboficial Juan Carlos Bayarri no coinciden con las asentadas en el expediente. Según la Policía fue detenido en La Boca. Pero cuatro testigos confirmaron la denuncia de Bayarri y de su padre: el arresto se produjo un día antes en Avellaneda. Esas 24 horas fueron el lapso empleado para los apremios ilegales. Bayarri dijo que a raíz de las torturas que sufrió con picana eléctrica, golpes y submarino seco, según él por los subcomisarios Gutiérrez y Sablich, sufrió una hemorragia por rotura de tímpano. Las lesiones fueron confirmadas por los peritajes médicos. Hay además tres testimonios y fotografías de Bayarri golpeado.

La Cámara sostuvo que “la gravedad de los hechos denunciados requiere profundizar la investigación”. Zelaya se tomó casi año antes de hacerlo, pero en febrero de 1998 decidió el procesamiento de una decena de comisarios, subcomisarios y suboficiales de Defraudaciones y Estafas, entre ellos Sablich. Pero el 2 de julio de 1998 volvió a sobreseerlo, decisión que los mismos camaristas volvieron a revocar en octubre de ese año, en términos muy severos para el juez y para el fiscal de la causa. Por su prolongada detención sin sentencia, Bayarri recurrió incluso al sistema interamericano de protección a los derechos humanos, que pidió explicaciones al Estado argentino. En diciembre de 2000 la Cámara le dio la razón, recriminó al juez haber paralizado la causa y le recomendó “el estricto acatamiento” de los plazos fijados por el Código Procesal. Ni siquiera esas dilaciones sirvieron a Sablich para obtener el sobreseimiento por prescripción que buscaba.

 

“Error grave”

Cuando Zelaya sobreseyó una vez más a Sablich, la Cámara declaró nula esa resolución con considerandos muy severos. Para los camaristas, el juez había actuado con “subjetividad”. Respecto de Sablich, dijeron que Zelaya supuso “de manera ajena a todo sustento probatorio” que Bayarri “pudo referirse en sus dichos a otras personas”. Esta no es una apreciación válida, sino “un parecer personal del juzgador”, que si tenía alguna duda debería haber interrogado una vez más a Bayarri “pues de interpretar sus manifestaciones se trata”. Tampoco les pareció razonable que el juez desconociera o se negara a considerar que Bayarri incriminó a Sablich ya en la décima foja del expediente y que lo reiteró en presentaciones posteriores. “Menos admisible” aún les pareció la afirmación del juez de que Sablich no participó en la privación ilegítima de la libertad y las torturas a Bayarri porque el 18 de noviembre de 1991 estaba en Córdoba, ya que el 19 ya había regresado “y Bayarri, según sostiene, para entonces se encontraba en el lugar que denominó el pozo”. Esto demuestra “un error grave en el razonamiento lógico” del magistrado “para arribar a un juicio certero sobre dicha imposibilidad”.

Los comisarios torturadores fueron sobreseídos tres veces por Zelaya, pero la Cámara de Apelaciones revocó esas decisiones dada la abundante prueba producida en el expediente y en 2004 denunció al juez. En esa causa, caratulada "Zelaya s/incumplimiento de sus obligaciones de perseguir delincuentes", el juez de instrucción Daniel Turano recibió el testimonio de los secretarios de Zelaya. El juez no quería procesar a los policías "porque si no se caía la causa Macrì ", dijeron. La comisión de acusación del Consejo de la Magistratura recomendó la destitución de Zelaya en un juicio político, pero nada ocurrió. Sablich fue detenido en mayo de 2005 y recibía en su privilegiado lugar de detención la visita de Macrì, quien lo designó asesor en seguridad .

En 2007, cuando faltaban días para la elección de Macrì como alcalde porteño, la Cámara dispuso la libertad de Sablich al cumplirse dos años de prisión preventiva. Como el proceso se inició quince años antes, y no era previsible que concluyera durante un tercer año de detención, es irrazonable prorrogar la prisión preventiva, sostuvieron los camaristas. Para llegar a esa conclusión omitieron que en ese lapso la Cámara de Apelaciones revocó cuatro veces decisiones absolutorias de  Zelaya y ordenó procesarlo.

En 2014, Sablich y Gutiérrez fueron condenados a 16 años de cárcel. Macrì declaró en favor de ellos como testigo de concepto. Agotadas las apelaciones, la Corte Suprema rechazó el último recurso. Ahora son ellos quienes ponen sus ilusiones en el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos.

 

"Apremios ilegales lo llaman"

Probadas las torturas, los procesos contra los presuntos secuestradores se anularon, decisión que Macrì cuestionó idignado.

En una entrevista con la modelo Susana Giménez, se quejó:

MM: El que desbarató a los malos, está preso.

SG: ¿Y vos no podés salir como testigo?

MM: Yo lo he ido a visitar, la verdad que lo acusan de haber...

SG: ¿Pero no se puede reabrir ese sumario?

MM: Espero que algún juez reaccione y se dé cuenta.

SG: ¿Quién fue el que lo metió preso?

MM: Fueron varios, no sé, que fueron cambiando las carátulas.

SG: Me impresiona muchísimo lo que me estás diciendo, no lo sabía.

MM: Horrible, aparte fue el mismo que también resolvió el caso de mi hermana, que la secuestraron años después, fue el mismo el que ayudó a la familia y a varios más.

SG: ¿A tu hermana la ayudó el mismo Comisario que ahora está preso? A desbaratar el caso, o sea que es un experto en secuestros.

MM: Exactamente, un experto en secuestros.

SG: Me impresiona, te juro por Dios que esto va a salir en el New York Times, nos están viendo en toda América y en Estados Unidos, esto no se puede creer.

MM: Lo llaman apremios ilegales.

SG: ¿Apremios ilegales de que? ¿Y ellos con nosotros, con el público? No les hacen nada y salen con los derechos humanos y todo lo que ya sabemos, te digo que es el mundo al revés. Te espera una tarea que no te envidio, Mauricio, porque la gente está desesperada.

Otro de los integrantes del equipo de Gutiérrez y Sablich fue el comisario Fino Palacios, a quien Macrì designó primero en Seguridad en Boca Juniors, junto con Carlos Stornelli, y luego como primer jefe de la policía porteña. Cuando la dirigencia judía le dijo que Palacios tenía responsabilidad en el encubrimiento del atentado a la DAIA (por el que este año fue absuelto), Macri respondió que no deberían ser prejuiciosos “porque ese es el camino que conduce a Auschwitz” (sic).

 

El Procurador y la Corte

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos presentó el caso de Bayarri ante la Corte porque el Estado argentino no dio una respuesta satisfactoria a sus reclamos respecto de la responsabilidad penal de los autores. La instrucción de esa causa llevaba diecisiete años sin ser elevada a juicio. El tribunal interamericano ordenó al Estado su conclusión sin más dilaciones. Según el fallo se violaron los artículos de la Convención Americana de Derechos Humanos que garantizan los derechos a la integridad y la libertad, al control judicial y el debido proceso. El juez no dejó constancia de las lesiones en el rostro y oído de Bayarri, que eran apreciables a simple vista, ni ordenó un examen médico integral y una investigación sobre su origen. El Estado faltó así a su deber de iniciar de inmediato una investigación imparcial, independiente y minuciosa, identificar a los responsables y procesarlos. Otra de las razones de la condena es que la tardía intervención de la justicia estuvo a cargo de un funcionario de segundo rango, cuando la Corte Interamericana ha reiterado que el control judicial dispuesto por la Convención sólo se satisface cuando el juez oye personalmente al detenido y luego decide si debe recuperar o no su libertad.

La corporación judicial protegió a Zelaya, que fue absuelto en primera y segunda instancia. Tuvo un sobresalto con el dictamen del Procurador Eduardo Casal, quien pidió que se anulara el sobreseimiento, y citó testimonios contra el juez de empleados de su tribunal, quienes le oyeron comentar en forma jocosa la paliza que recibió Bayarri y otro de los acusados, a quienes  "les dieron para que tengan".  En mayo del año pasado, los actuales miembros de la Corte Suprema rechazaron por unanimidad el último recurso de Bayarri, de modo que Zelaya sigue siendo juez.

Bayarri está en libertad y Sablich preso. Ni el Presidente ni Susana Giménez variaron un milimetro su posición e incluso la mano bárbara es uno de los elementos con que Macrì se ilusiona que podrá compensar en las urnas la catástrofe económica y social que desató su gobierno.

 

 

 

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