La Directiva de Defensa Nacional

Desde 1983, el arco político entero rechazó la militarización de la seguridad pública

 

El Ministerio de Defensa, con el acompañamiento político-institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores, ha puesto a consideración de la ciudadanía la Directiva Política de Defensa Nacional. Como es esperable, en principio se ha iniciado un proceso de reflexión-debate en ámbitos de la llamada comunidad de defensa (Universidad Nacional de la Defensa, Grupo Convergencia, el portal Zona de Defensa, entre otros). Formando parte de esa reflexión, se señalarán algunos tópicos del documento que parecen significativos.

En primera instancia, se hace referencia a un aspecto central que supone la Directiva, esto es, su coherente inserción en el armado jurídico que se construyó desde el arribo de la democracia. Se trata de un cuerpo coherente y estructurado de leyes que definieron roles y responsabilidades a distintas agencias del Estado democrático, para ordenar las diversas vertientes de la seguridad estatal, en especial, la seguridad pública y la seguridad internacional. “Desde la restitución del régimen democrático en el año 1983, el arco político entero ha rechazado la militarización de la seguridad pública”, advierte la Directiva.

Ello habla de continuidades valorables en un Estado-Nación. Sus orígenes, desarrollos y concreciones actuales presentan armonía conceptual y jurídica. Lo que favorece la previsibilidad para el ciudadano y para las relaciones internacionales del país. Ese conjunto de leyes que en sus diversos momentos fueron el resultado de amplísimas coincidencias político-partidarias, se han constituido en una verdadera Política de Estado y así lo refleja dicha Directiva.

La ley de Defensa Nacional N° 23.554 (13/4/1988) prevé que el sistema de defensa está orientado a repeler o contrarrestar agresiones externas, dejando abierta la posibilidad de involucrar a la Defensa en las llamadas guerras contra las drogas y el terrorismo, actividades de carácter esencialmente policial-judicial y no militar.

Dado que dicha ley desde su concreción no había sido reglamentada y considerando la opinión del legislador, recién en el año 2006 se cumplió con ese pendiente, a través del Decreto Reglamentario 727 (12/6/2006). En él se precisa como responsabilidad de la Defensa Nacional conjurar agresiones externas perpetradas por Fuerzas Armadas de otro/s Estado/s, ello en total coincidencia con la Resolución 3314 de Naciones Unidas. También se hace énfasis en la acción militar “conjunta” de las tres armas en tanto eje de la modernización y principio rector de la organización de la Defensa, quedando para las Armas (Ejército, Fuerza Aérea y Marina) la responsabilidad de la preparación y alistamiento de fuerzas. Ello deviene de las lecciones aprendidas en la Guerra de Malvinas. Y ubica al Ministro de Defensa en su función de control y supervisión del sistema defensivo militar, siguiendo las orientaciones del Presidente y Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas

Nuestro Estado se destaca respecto de los restantes de la región por definir con claridad la diferencia entre seguridad policial y defensa nacional. Ambas actividades estatales cuentan con organismos, doctrina, formación e instrumental pertinentes a esas funciones. La Seguridad Pública destinada a combatir el delito para resguardar la convivencia social. Y la Defensa Nacional, se ocupa de evitar, repeler, contrarrestar, eventuales agresiones militares provocadas por uno o más Estados. Y como bien lo expresa la Directiva, “se percibe en varios países suramericanos un creciente y preocupante proceso de asignación de misiones de seguridad pública a las Fuerzas Armadas (…) contrastan con el rol de las Fuerzas Armadas en países como la Argentina y (…) complejizan las posibilidades de cooperación y desarrollo de actividades conjuntas” .

 

 

 

Las carencias

Al igual que la Directiva, esta reflexión asume como abordaje metodológico un enfoque que va de lo general a lo particular. Y es en la descripción del escenario global donde la Directiva muestra sus mayores carencias. Sugiriendo el contexto histórico, señala que con la caída de la Unión Soviética, los Estados Unidos “quedaron en la condición de única superpotencia, con un grado de concentración de poder desconocido hasta ese momento”. Y desde la comparación de presupuestos militares señala que en ocasión de la “guerra contra el terrorismo” después de la caída de las Torres Gemelas, los Estados Unidos aumentaron a más del doble su presupuesto militar (de 301.700 millones a 711.340.millones de dólares) y aclara “con variaciones interanuales en los últimos 20 años, este nivel de gasto ha superado ampliamente los presupuestos agregados de todas las demás potencias con capacidad de proyección de poder”. “Este presupuesto financia… grandes proyectos de investigación y desarrollo (I+D) que han contribuido a ampliar la frontera tecnológica en el campo estratégico militar. Como resultado de este proceso, y a pesar de un incremento generalizado de los gastos de defensa en el resto del mundo, la posición de predominio militar y tecnológico que han alcanzado los Estados Unidos, resulta incontestable en el futuro cercano”.

Concluir sobre el poderío de una potencia, cualquiera fuere, solo sobre la base del quantum presupuestario y los efectos esperables en los avances tecnológicos, parece por lo menos insuficiente. No todo son recursos dinerarios, el caso de Israel con un gasto militar muy menor al de los Estados Unidos, sin embargo, ha tenido desarrollos tecnológicos destacables, a punto tal que vende a Estados Unidos radares de última generación, al igual que a Alemania. Y el caso más resonante, Rusia en los últimos años ha desarrollado sistemas misilísticos hipersónicos (luego de que Estados Unidos dejó sin efecto el Tratado de misiles de largo y mediano alcance), que según expertos superan entre 15 y 20 años los avances científico-tecnológicos norteamericanos, lo que evidencia su vulnerabilidad tanto en lo táctico como en lo estratégico. La relación gastos ilimitados con resultados limitados es la trampa del sistema militar-industrial norteamericano.

La supuesta supremacía de los Estados Unidos está comprometida hoy por el arribo de dos grandes potencias como Rusia y China. La superestructura del poder mundial se presenta bajo la forma de un complejo equilibrio triangular caracterizado por la confrontación-competencia desde Estados Unidos hacia los nuevos actores. Se trata de un trípode que influye y contiene al sistema global.

Esta parece ser la tendencia dominante, y desde la perspectiva de la Argentina, la presencia de tres centros de poder mundial, habla de una distribución cercana a la multipolaridad en las relaciones internacionales, a todas vistas benéfica para el resto del sistema mundial y en especial para los países como el nuestro, con un posicionamiento estratégico intermedio.

Cuando se está generando el traspaso de factores de poder desde Occidente a Eurasia, como dato novedoso del siglo XXI, cuando lo viejo no termina de fenecer y lo nuevo está en sus etapas iniciales de instalación, la mirada diagnóstica no debe quedar atrapada en lo viejo conocido.

Además, contradictoriamente, la Directiva señala: “Cabe subrayar que aún en el contexto estratégico-militar descripto, los deslizamientos en la redistribución del poder global desde el eje Atlántico a la cuenca del Pacífico constituyen una tendencia de fondo”. Entonces, ¿en qué quedamos? Porque esto no es menor a la hora de interpretar el sistema internacional actual, como basamento para esta Directiva.

 

 

Logros importantes

Sin embargo, el documento resalta logros importantes de la actual gestión ministerial que se dieron en el complejo y difícil contexto de la pandemia. El trabajo realizado por ese Ministerio para colaborar en gran parte del territorio nacional, utilizando el instrumento militar como respuesta a la emergencia nacional (“Operación General Manuel Belgrano”), es un avance valorable que tiende a armonizar las relaciones cívico-militares que quedaron dañadas desde la última dictadura.

A su vez, la creación del Fondo Nacional de la Defensa (FONDEF) creado por la ley No. 27.565 con el propósito de financiar el proceso de reequipamiento, con la lógica de sustitución de importaciones a través de proveedores locales, previendo la posibilidad de exportar esa producción nacional. El origen del financiamiento para el año 2020 estuvo previsto en 0,35% del presupuesto anual, adjudicando para el 2023 el 0,8% y manteniendo este porcentaje para los sucesivos ejercicios presupuestarios. Ello parece de trascendental importancia porque la Defensa para ser creíble debe contar con un instrumental adecuado que disuada a actores estatales externos de provocar eventuales agresiones militares.

Complementariamente, esta gestión ministerial ha resuelto el sistema salarial de las Fuerzas Armadas. Desde hace muchos años se complementaba el salario con diversidad de suplementos, que ahora fueron incluidos (blanqueados) y forman parte del registro del haber jubilatorio al momento del retiro.

También el documento hace referencia a la prioridad de trabajar en cooperación con los países de la subregión y de la región Suramericana más allá de las diferencias político-ideológicas de la coyuntura. Hace especial referencia al relacionamiento estratégico que nuestro país tiene con la República Federativa de Brasil; en este sentido, se propone conformar una fuerza bilateral conjunta y combinada para misiones de paz. Respecto a la República Bolivariana de Venezuela, “condena los bloqueos físicos y financieros que agravan aún más el sufrimiento del pueblo venezolano”, en referencia a la pandemia del Covid 19. Menciona que para la facilitación del diálogo entre las partes y en la búsqueda de una salida política, nuestro país se integró al Grupo Internacional de Contacto (GIC) y decidió retirarse formalmente del Grupo de Lima.

También se destaca la relación histórica con los Estados Unidos Mexicanos en el desarrollo de normas y prácticas en apoyo a los principios de autodeterminación, no injerencia, no intervención y resolución pacífica de los conflictos. Esto es destacable (no obstante, parece una agenda más propia del Ministerio de Relaciones Exteriores) en momentos en que las potencias occidentales ponen en ‘tela de juicio’ el derecho Internacional y las estructuras formales de las organizaciones internacionales, especialmente, el sistema de Naciones Unidas.

Respecto a la proyección del sur de nuestro país, identifica como parte integrante del sistema geoestratégico, a la Antártida (sector Argentino), la Patagonia, al Atlántico Sur, a las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares circundantes. Destaca la ampliación de la plataforma continental en algunas zonas más allá de las 350 millas marinas resultante de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, que confirma el control soberano sobre recursos vivos y no vivos del lecho y subsuelo del mar. Y menciona la recuperación del Astillero Tandanor y su trabajo tecnológico para la reposición y puesta en valor del rompehielos “Almirante Irizar” y el proyecto de construcción de un buque polar en astilleros nacionales.

Resalta la importancia de la construcción del Polo Logístico Antártico en la ciudad de Ushuaia para abastecer a las estaciones antárticas nacionales y de otros países con presencia en el continente Antártico. Y la creación de un “Centro Logístico para el Sostenimiento de la Actividad Antártica” en el sector Antártico Argentino en complemento con el anterior.

En referencia a la formación y capacitación de las Fuerzas Armadas como responsabilidad del Ministerio de Defensa se señala la necesidad de “sostener un proceso continuo de reforma y modernización de la formación militar… en lo atinente a lo técnico-militar como a la formación ciudadana”. La ciudadanía como cultura de la convivencia social se entronca con la noción de ‘pueblo’ como comunidad  y ambas fortalecen el concepto y sentimiento de Patria. Esto es especialmente significativo tanto para superar la visión corporativa tradicional en el ámbito militar, como para evitar la influencia externa que concluye insertando visiones e intereses de otras naciones.

Hay un énfasis muy adecuado con respecto a la inclusión de políticas de Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario y Género, respecto de la formación y la convivencia dentro de las organizaciones militares.

Finalmente, en lo cualitativo, “la política de Defensa de la Nación identifica en el concepto de legítima defensa materializado en el artículo 51 de la Carta de Naciones Unidas el criterio esencial y ordenador sobre el cual se estructura todo el Sistema de Defensa del Estado Argentino”. Complementado este criterio nodal, “la República Argentina adopta una identidad estratégica defensiva, renunciando a políticas, actitudes, y capacidades ofensivas de proyección de poder sobre los territorios y poblaciones de terceros Estados“.

Es entonces en el marco de estas fundamentales definiciones sobre la Defensa, que se propone revisar como oferta complementaria y coherente con nuestro posicionamiento esencial y eminentemente defensivo, la llamada “Seguridad Defensiva de las Naciones Unidas” que constituye un modelo con pautas generales, basado en la legítima defensa, el derecho internacional, y con vista al amplio espectro de naciones de porte intermedio, como lo son nuestros países suramericanos. Ello permitiría contar con un basamento conceptual y práctico común a toda la región. Favorece los procesos de confianza mutua, facilita la interoperabilidad entre diversas fuerzas, pudiendo colaborar en la reconstrucción de un régimen de seguridad y defensa regional Suramericano.

 

 

*Ex Secretario de Defensa

 

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