¿280?

No es cierto que la Corte Suprema haya cambiado su doctrina sobre el 2x1

 

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resuelve miles de causas por año. La enorme mayoría de ellas es por aplicación del mecanismo procesal del artículo 280 del Código Procesal; ello implica que, según su sana discreción y con la sola invocación de esa norma, podrá rechazar el recurso extraordinario, por falta de agravio federal suficiente o cuando las cuestiones planteadas resultaren insustanciales o carentes de trascendencia.

Más allá de las buenas intenciones, jurídicamente jamás puede extraerse una doctrina judicial de la aplicación del artículo 280.

La doctrina jurisdiccional, en este caso de la Corte, es un cuerpo de afirmaciones jurídicas sobre una materia, bien consolidada, que cuenta con una mayoría decidida y sostenida en el tiempo. Además, aunque los fallos de la Corte Suprema no sean obligatorios para el resto de la judicatura, la configuración de una doctrina jurisdiccional obliga a todos los jueces a redactar las razones por las cuales se apartarían de la decisión del más alto Tribunal de Justicia. 

Naturalmente, por ello, cuando se aplica el artículo 280 del Código Procesal no debe derivarse una doctrina de los jueces de la Corte. 

Con su actual composición, cuando abandona una doctrina jurisdiccional esta Corte lo “dice expresamente”, con algún detalle. Consecuentemente, el abandono de una doctrina jurisdiccional —por ejemplo la fijada en "Muiña", que beneficiaría a represores en el cálculo del 2x1 en el cómputo de la prisión—, requiere de "otro fallo"  semejante de la Corte que "despliegue" un mínimo aparato doctrinal, en los términos de racionalidad republicana exigidos por los artículos 1 y 28 de la Constitución federal.

El rechazo del pedido de un represor por la aplicación del artículo 280 no determina el abandono de la horrible (anti) doctrina fijada, por mayoría, en el caso “Muiña”, en 2017.  Para hacerlo, los jueces de la Corte, por mayoría, deberían resolver en una nueva causa judicial con otros argumentos que se aparten del itinerario jurisdiccional que es contrario a la Constitución federal y los instrumentos internacionales de derechos humanos.  

--------------------------------

Para suscribirte con $ 1000/mes al Cohete hace click aquí

Para suscribirte con $ 2500/mes al Cohete hace click aquí

Para suscribirte con $ 5000/mes al Cohete hace click aquí