Teletrabajo: alerta e incertidumbre
El mundo en general, y el del trabajo en particular, no serán los mismos después de la pandemia
A estas alturas va de suyo que el mundo en general, y el del trabajo en particular, no serán los mismos después de la pandemia desatada por el Covid-19. La media sanción de la ley de teletrabajo da cuenta de estas preocupaciones, más allá del destino que le espere al texto aprobado en Diputados. Asumamos que saliera la mejor ley imaginable, aún quedan varias cuestiones alarmantes a la hora de imaginar estrategias sindicales y de conflicto. Cuestiones que, por supuesto, no puede solucionar una norma.
Lo que sigue son algunas cavilaciones respecto de este tema. Por falta de perspectiva histórica y de experiencias concretas, nada de lo que digamos puede ser afirmado como una verdad definitiva. El escenario se mueve permanentemente. Pero algunas muestras y apariciones de actores, estrategias y lobbies que se han dejado ver (u olfatear, porque un par no se ven, pero huelen feo) dan pábulo para la imaginación de nuevos escenarios.
Aislamiento laboral
Las empresas le tomaron el gustito a no tener al personal concentrado en los establecimientos. Con mayor o menor sentido de la oportunidad, y según las actividades, la comunicación uno a uno –el viejo sueño empresarial de la negociación individual de condiciones– ha vuelto a fluir. No es casual la frase del comunicado del Grupo de los Seis: la discusión por el trabajo remoto “debería hacerse mediante la introducción de las particularidades de su aplicación a través de la regulación en el ámbito de la negociación colectiva o en los acuerdos que puedan celebrarse en forma individual". El compartir espacios y experiencias diluye en buena medida la presión patronal, en especial cuando hay presencia de los delegados. Ahora, si te aprietan durante tu “horario de conexión”, vas a tener que armar una reunión virtual.
Esto no es un universal, por supuesto. Ocurre más en la economía laboral de las organizaciones que brindan servicios (incluidas las estatales, según la dependencia) por la externalización del home office, que en las fabriles. Pero hay más.
La queja empresaria respecto de la media sanción apuntó a las reglas de reversibilidad previstas en el artículo 8°, según el cual “el consentimiento prestado por la persona que trabaja en una posición presencial para pasar a la modalidad de teletrabajo, podrá ser revocado por la misma en cualquier momento de la relación”. En ese caso, el empleador le deberá otorgar tareas en el establecimiento en el cual las hubiera prestado anteriormente o, en su defecto, en el más cercano al domicilio del trabajador.
La crítica de los empresarios se asienta sobre el menoscabo que esto implica a las facultades de dirección. No niego que haya quien lo alegue de buena fe, pero sin dudas existe una intención de desarmar las estructuras laborales y sindicales, las cuales permanecen resilientes a la espera de futuros conflictos, cuando la economía y la producción vuelvan a despegar.
Los empleadores se quejan de cosas que no son las que más les molestan. Esas otras no las pueden explicitar. Desmembrar las terminales de producción es un modo de disciplinamiento y dilución del movimiento sindical, bajo el paraguas de las mencionadas facultades de dirección.
Impactos diferenciales
El impacto de la pandemia en el trabajo y la externalización de la actividad laboral recae más fuertemente sobre las mujeres. Por razones que todas, todos y todes conocemos. La lucha contra largos siglos de desigualdad estructural que se empezó a conmover en tiempos recientes puede estar, cuando no en riesgo, al menos en estado de alarma.
Con ver el tratamiento antojadizo de aplicación de las reglas de cuidado de niños y niñas en edad escolar desarrollado por parte de los empleadores, incluidos los estados provinciales, municipales y las universidades, nos encontramos con situaciones de desigualdad alarmantes. Valen especialmente los ejemplos correspondientes al sector público, que en muchos casos adhieren a reglas generales, en honor a la autonomía de la fijación de las condiciones de trabajo de sus dependientes. Signos estos que identificamos durante la pandemia, cobran particular relevancia a la hora de garantizar que ninguna entidad empleadora se corra de la obligación de aplicar la ley de teletrabajo cuando tome vigencia.
Al mismo tiempo, aparecen algunas cuestiones para pensar en el futuro en torno a cómo volverán a trabajar las personas definidas como integrantes de “grupos de riesgo”, dadas las propias condiciones de salida de la imaginaria última fase, cuando el virus siga campeando por allí y la eventual vacuna no sea de acceso universal.
Un problema adicional deriva del hecho de que el Estado Nacional, y bien que lo hizo, declaró por decreto que el Covid-19 es una enfermedad profesional presuntivamente. Ahora bien, una consulta sin respuesta: A trabaja en un servicio esencial. Se contagia. Antes de saberlo va a su casa, donde vive con B. B hace trabajo remoto desde su domicilio (de lo cual se avisó a la ART como corresponde) y se contagia. B toma licencia, ¿quién se hace cargo? ¿El empleador y la ART de A por responsabilidad por daños indirectos? ¿El empleador de B y su ART porque se contagió en su lugar de trabajo (su casa)? Es probable que B no logre que su empleador le pague el tratamiento o las consecuencias del contagio. Casos así empiezan a acumularse, y seguirán.
Protocolos
Mencionamos el tema de la reversibilidad. También que la ley de teletrabajo prevé que esto se decida por acuerdo, tanto como la implementación. Además asumimos que la ley se aplicaría una vez pasada la emergencia. Pero quiero introducir una cuestión adicional: la situación de los edificios y los protocolos de distanciamiento e instrumentos de cuidado. Porque habrá veces y casos en los que la realidad edilicia no permitirá ni siquiera discutir y nos llevará a poner en juego todos los elementos anteriores.
¿Cuántos edificios de nuestro país donde se desarrollan tareas están en condiciones de albergar al mismo tiempo la misma cantidad de trabajadores y trabajadoras que antes ? Aún en caso de que se consiguiera el dinero para que los lugares que carecen de ventilación al exterior fueran todos refaccionados con ventilación con bioseguridad como en los aviones, los bancos y otros. ¿Qué pasa con el espacio para el distanciamiento? A las empresas empleadoras les resultará funcional el problema. Ya lo vieron; los lugares de “rentas de espacio de trabajo” aumentaron la publicidad.
Se sabe que los alumnos volverán por tandas y turnos a los establecimientos educativos, con modelos llamados “de burbuja” para garantizar la menor cantidad de cruces entre grupos.
En esa misma lógica también los trabajadores y las trabajadoras regresarán a sus espacios de trabajo por etapas y turnos, disminuyendo la cantidad de gente que se traslada. De seguro las empresas invocarán el cuidado del ambiente porque se va a incrementar el transporte privado ante el miedo al contagio. La sociabilidad estará obviamente afectada y ni qué decir la actividad sindical para defender trabajadores y trabajadoras en situación de dispersión, desdoblamiento o multiplicación de grupos de trabajo. Cosa que ya es exigible debido a los tiempos de incubación del virus.
Por poner un ejemplo entre muchos, de acuerdo con los requisitos mínimos establecidos en el artículo 3° de la Resolución Nº 135/2020 del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, las reglas a seguir son las siguientes: “Se deberá respetar un distanciamiento interpersonal de dos metros (mínimo obligatorio 1 metro) en todo el ámbito laboral, entre puestos de trabajo, baño/s, comedor/es, fila de ingreso, ascensores, etc. En caso de que las tareas realizadas no permitan guardar la distancia recomendada, se implementarán barreras de contención entre cada puesto de trabajo”.
Parte del tema finca en lograr todo eso para mantener la posibilidad de la sociabilidad y de la presencialidad de las personas que trabajan con todo su potencial de defensa de derechos. En la preservación saludable de las condiciones laborales sin desmembrar el frente del trabajo.
A titulo de ejemplo, para un estudio de radio, ¿cuántos metros cuadrados se requieren para que quepan cuatro personas que salen al aire? ¿Cómo se garantiza la ventilación? ¿Una redacción de diario o revista con treinta o cuarenta personas a la hora del cierre? ¿Una productora de seguros? ¿Una inmobiliaria que tenía los escritorios enfrentados con cuatro personas? ¿Un juzgado o fiscalía? Y todo esto sin olvidar el tema de la higiene, el uso de los ascensores y espacios comunes con su carga viral, el ancho de las escaleras y la circulación de público en general.
Ni les cuento un call center, las mesas de entradas de los ministerios y otros edificios públicos, los bares y restaurantes con sus clientes. No es solo un problema de costos o de facultades de dirección. Se trata de prever qué estará en condiciones de plantear el movimiento de trabajadores y trabajadoras y de ser sumamente didáctico para exponer a compañeros y compañeras que quedarse en casa no necesariamente será la mejor decisión. Por supuesto, luego de que cese el confinamiento que tenemos que respetar.
Lo que hay que hacer, con tiempo (o sea desde ya), es pensar cómo cuidar la salud de todos y todas para exigir las adecuaciones de los protocolos. Para que no duden en que hay que estar –más que nunca– codo a codo. La pandemia no prohíbe la protesta y la salida de ella no nos debe dejar con menos derechos. No hay soluciones ya escritas ni de lejos una lista de respuestas. Sí voluntad.
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