O la discriminación de los pájaros que disparan a la escopeta
“Nunca faltan encontrones cuando un pobre se divierte”. [1]
En el año 1981 —el 24 de octubre, según los diarios de la época que daban cuenta del hecho—, la Policía Federal se llevó al trote desde la cancha hasta la comisaría a 49 hinchas de Nueva Chicago que habían osado cantar la Marcha Peronista en plena tribuna. Chicago jugaba contra Defensores de Belgrano. Partido de la B. Cuentan que, de la tribuna bajita, donde empezó como murmullo, pasó a toda la grada verdinegra hasta que la marcha terminó siendo coreada por todo el estadio.
Es claro, casi ostensible, que en plena dictadura no se iba a encuadrar este episodio como si fuera —y lo era, claro, pero había temas más graves— una cuestión de derechos humanos y libertad de expresión. O sea, del derecho a no ser molestado a causa de sus opiniones, tal como dicen todos y cada uno de los tratados internacionales que garantizan esa libertad, defendida por muchos y variados autores del derecho constitucional como la primera libertad.
Cuando el ingenio de la hinchada del Ciclón inauguró el cantito referido al actual Presidente de la Nación y otras lo tomaron, apareció en muchos medios la preocupación de la Casa Rosada sobre el asunto. No sé si hacen bien o mal en preocuparse y tampoco es el punto. Lo que sí resulta preocupante, como ya dijimos otras veces en este espacio, es la naturalización del endurecimiento para disciplinar a las expresiones, de modo cada vez más creativo, cuando se trata de expresiones populares.
Honor e investidura
Voy a eludir comparaciones. Sobre todo, con las tapas y títulos de los años 2012 a 2015. Todos saben de qué imágenes y dichos hablamos si nos metemos con el “honor y la investidura de los presidentes”. Pero la oportunidad es irresistible para plantear algunas memorias a propósito de destacados opinadores y creadores de reglas legales y jurisprudenciales sacadas de la galera y completamente apartadas de sus sentidos originales cuando se trata de ponerle coto y mote a las expresiones populares, tal como las hinchadas o los cantitos que seguramente han poblado y poblarán todas las marchas en nuestro país.
Primera cuestión. ¿Es una expresión de protesta? Sí. ¿Y por lo tanto de un ejercicio de derecho humano? Sí. Para hacerla fácil: cumplido este requisito, toda restricción legal que se pretenda aplicar entra en lo que se llama “categoría sospechosa” y debe ser aplicada con criterio restrictivo.
Segunda cuestión: ¿Es un delito ofender a las autoridades de la Nación con motivo o en ocasión de sus funciones? Rotundamente no. Luego de un planteo muy famoso del director de nuestro Cohete A La Luna ante el Sistema Interamericano, el gobierno de Menem debió promover la derogación del delito de desacato y sacarlo del Código Penal. Con ello queda claro que frases tales como “algo hay que hacer, esos dichos impactan contra la investidura presidencial” o similares, al menos atrasan en cuanto a los principios vigentes desde hace un cuarto de siglo. También podríamos ver qué se decía hace algunos años cuando las tapas y caricaturas tenían otros destinatarios, pero prometimos ahorrarnos ese camino.
Tercera: los dichos ofensivos que antes eran infracciones a las reglas de injurias y calumnias tampoco son delitos cuando se trata de expresiones relacionadas con interés público o que no sean asertivas. Esta reforma fue introducida en el Código Penal como consecuencia de la decisión de la Corte Interamericana en el caso “Kimel”, y aprobada como ley 26551 en noviembre de 2009.
Discriminación
Como no se puede alegar desacato ni ofensa al honor presidencial migramos subrepticiamente a la discriminación. La verdad es que no debería dar ni para risa y menos para respuesta en un examen. La discriminación es una concepción jurídica que se basa la existencia de cualquier distinción, exclusión, restricción o preferencia, en cualquier ámbito público o privado, que tenga el objetivo o el efecto de anular o limitar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de uno o más derechos humanos o libertades fundamentales consagrados en los instrumentos internacionales aplicables a los estados partes.
Lo permiten sostener, palabras más palabras menos, y para que no quepan dudas, todos y cada uno de los tratados firmados al respecto por nuestro país, tales como la Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial y otras formas de intolerancia, la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (CERD), la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares
Es decir que las reglas de protección contra la discriminación están destinadas indefectiblemente a proteger a quienes se encuentran en una situación de vulnerabilidad y sufren exclusiones en el goce de derechos. Difícil pensar esas categorías para un titular de Poder Ejecutivo de cualquier ámbito o cualquier poderoso de nuestras sociedades. ¿Cómo podría ser esa persona discriminada por alguien más vulnerable o que soporta sus decisiones? No es imposible, pero sí difícil. Por ejemplo cuando se trata de incluir al eventual afectado en una categoría o clase subestimada por él mismo.
Es como el cuento de quien le ruega a la madre que lo deje faltar a la escuela porque los chicos lo cargan y le tiran tizas, pero recibe por respuesta: “Hijo, no podés faltar, sos el director”.
Por último: si alguien en serio cree desde posiciones liberales, de centro, conservadoras, o las que fueren, que la policía debe llevarse detenido a un ciudadano que insulte al presidente de un país o llevarlo a juicio por discriminación por lo que pasa hoy en las canchas de Argentina, invito al interesado a llevarse algunas sorpresas viendo los informes de la Relatoría Especial de Libertad de Expresión de la CIDH y los comunicados sobre difamación a los presidentes, gobernadores e intendentes. Y tome nota si los domingos está pensando en esas analogías. Porque hay cosas que se rompen y no se arreglan.
[1] Martín Fierro de José Hernández, estrofa 331 / “Tres amigos”, tango con letra de Enrique Cadícamo, 1944.
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