BIOLOGÍA Y PRISIÓN
La salud, la biología y el Derecho no siempre se llevan bien entre ellos
No tengo muchos conocidos y menos aún amigos médicos o biólogos. Por lo contrario, quienes de esas profesiones todavía me quedan y me ayudan a vivir son aquellos a los que suele llamarse “de cabecera”. Tampoco he sufrido demasiadas enfermedades, pero tengo problemas crónicos ciertamente graves, tanto es así que puedo decir con cierto orgullo que conozco hospitales y clínicas sólo por sus dependencias de terapia intensiva.
Pero ninguno de ellos −estoy seguro− me recomendó una cárcel para aislarme y hacer frente a una infección o enfermedad, esto es, excluirme del ámbito social. Por lo contrario, supusieron que no podía aislarme de ciertas personas, con las cuales vivía en comunidad, pues el ser humano era por naturaleza sociable y más aún ahora, culturalmente, cuando la mayoría abrumadora de personas son ciudadanxs, viven en ciudades. Pero las instituciones totales, la prisión como máxima expresión entre ellas, son enemigos mortales de la enfermedad. La exclusión social conlleva, quizás en largo plazo, a la muerte, cuando no a la adquisición de enfermedades o infecciones. ¡Qué más decir de una pandemia, que nos condena a todos a vivir parcialmente aislados! Y, al mismo tiempo, nos obliga a no vivir hacinados, amontonados, como en las cárceles, al menos las que yo conozco de este lado del mundo.
Una amiga me hizo llegar el texto de una sentencia que cita palabras mías acerca de la libertad para decidir que tienen los jueces, de cualquier clase que sea, profesionales o circunstanciales (jurados), palabras totalmente sacadas de contexto, que no hacen a la discusión que el fallo abarca. Mi opinión acerca de la horizontalización de la organización judicial, de la supresión de jueces “inferiores” y “superiores”, ha sido traída a colación para declarar “inconstitucional” −y, por tanto, fuera de vigencia− una acordada de una Corte de Casación que les pide a los jueces revisar sus casos frente a la pandemia de coronavirus que sufrimos universalmente, en busca de evitar el amontonamiento de personas, su hacinamiento.
La cita no se vincula para nada a las razones que el mismo juez tiene para rechazar la detención domiciliaria de una persona con enfermedades crónicas que, según la defensa expone, la tornan débil desde el punto de vista inmunológico a la infección. Yo, vaya dicho en forma clara, disiento del poder de todos los jueces que ellos llaman “inconstitucionalidad” y que se traduce en la pérdida de vigencia de una ley del Parlamento que a ellos les disgusta aplicar. Más aún, creo que prevarican y me parece ridículo al extremo que ellos “declaren la inconstitucionalidad” de una acordada de un tribunal judicial, que según la organización judicial vertical que prima entre nosotros, es “superior” respecto de ellos, más aún si lo hacen obiter dictum (sin relación con el caso y con la acordada, que no les imponía decidir de la manera que ellos consideran correcta).
No hay caso, la salud, la biología y el Derecho no siempre se llevan bien entre ellos. El caso y su decisión parecen estimar que el Derecho resulta enemigo de la medicina. Todo a pesar de que nuestro pacto federal exige que nuestras prisiones, “las cárceles de la Nación sea sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas”. Mi pobre experiencia y los números conocidos se oponen a tan claro mandato y su desobediencia resulta peligrosa frente a una pandemia universal. Mi vida también depende de ello.
* Profesor Emérito UBA.
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