Por las dudas marche preso

Usos y abusos de la prisión preventiva

 

Con una regularidad que cuesta atribuir al azar, las malas noticias para el gobierno nacional son pronto compensadas por el procesamiento o la detención de personas vinculadas con el anterior. El último ejemplo tiene pocas horas: el jueves el jefe de gabinete Marcos Peña Braun, sus colaboradores Nicolás Dujovne y Luis Caputo y el presunto presidente del Banco Central, Federico Sturzenegger, anunciaron el fracaso de su programa económico, lo cual provocó un brinco del dólar y augura un salto proporcional de la inflación, como informan en esta edición Sebastián Soler y Pedro Biscay. El viernes, el Ministerio de Seguridad denunció a nueve diputados de Unión Ciudadana y dos del Frente de Izquierda de haber intentado interrumpir la sesión del 14 de diciembre, en combinación con quienes protestaban en la calle, impedido detenciones que realizaba la Gendarmería y empujado a algunos efectivos. Tiene pocas chanches de prosperar, porque el sorteo asignó la denuncia a la jueza federal María Servini, que no suele prestarse a estos juegos. Al mismo tiempo, su colega Sebastián Casanello resistió la presión oficial para procesar a la ex presidente CFK como presunta beneficiaria de los negocios ilícitos de Lázaro Báez. Imputar “sin sustento probatorio” y salir “a buscar la prueba que permita sustentarlo en un juicio es hacer las cosas al revés”, escribió Casanello. Pero ambos son excepciones a una regla brutal.

Algunos ejemplos no exhaustivos:

  • En diciembre de 2015 el presidente Maurizio Macrì designó por decreto a dos jueces de la Corte Suprema en comisión, un escándalo fuera y dentro de la Alianza Cambiemos.
  • En enero de 2016 fue detenida Milagro Sala, en una señal de disciplinamiento que dura hasta hoy.
  • El 8 de marzo de 2016, el Consorcio Internacional de Periodismo de Investigación consultó al gobierno argentino sobre varias empresas del presidente ocultas en guaridas fiscales. El 1º de abril, la Pontificia Universidad Católica (PUCA) sostuvo que con Macrì los pobres pasaron del 29 al 32,6 % de la población.
  • El 2 de abril fue detenido el ex secretario de Transporte Ricardo Jaime y el 5 el empresario Lázaro Báez, con vistoso casco y chaleco antibalas.
  • El 1º de febrero de 2017 la tarifa eléctrica aumentó hasta el 148% por ciento. El amigo presidencial Gustavo Arribas fue denunciado por cobrar 600 mil dólares de Odebrecht. La fiscal Gabriela Boquín dictaminó contra el ruinoso acuerdo entre el Gobierno y el Grupo Macrì por la deuda del Correo Argentino y se abrió una investigación penal contra Macrì y el ministro de Comunicación, Oscar Aguad. El 15 los trabajadores bancarios iniciaron un paro por 72 horas en defensa de su acuerdo paritario.
  • El 17, el juez federal de La Rioja Daniel Herrera Piedrabuena detuvo al ex jefe del Ejército César Milani, por dos secuestros ocurridos en marzo de 1977, sin que hubiera pruebas nuevas.
  • El 3 de mayo la Corte Suprema benefició con el 2x1 a represores detenidos. Una gigantesca manifestación de repudio hizo retroceder al gobierno y el Congreso sancionó una ley interpretativa según la cual no puede aplicarse a crímenes de lesa humanidad. El 1º de agosto, durante una irrupción sin orden judicial de tropas de la Gendarmería en una comunidad mapuche de Chubut, desapareció Santiago Maldonado. Dos semanas después, la ex presidente CFK se impuso en las elecciones primarias de la provincia de Buenos Aires. El 1º de septiembre, luego de otra movilización en la Plaza de Mayo por la aparición de Maldonado, la policía detuvo a decenas de manifestantes que no habían participado en ningún desmán.
  • El 4 de octubre comenzó el juicio oral contra el ex vicepresidente Amado Boudou por la causa Ciccone, de 2012. El 9, el juez Claudio Glock citó a indagatoria por la firma del Memorando con Irán a CFK, Héctor Timerman y Carlos Zannini, entre otros.
  • El 24 de octubre, aumentaron otro 12% los combustibles.
  • El 25, Julio De Vido fue desaforado y detenido a disposición de los jueces Glock y Luis Rodríguez.
  • El 31 de octubre, Macrì sostuvo que el sistema jubilatorio no es sustentable y pidió ajuste a los gobernadores, los sindicatos y las universidades públicas.
  • El 3 de noviembre el juez Ariel Lijo ordenó la detención y exhibición del ex vicepresidente Amado Boudou, descalzo, esposado y en piyama.
  • En noviembre volvieron a aumentar las naftas. Desapareció el submarino San Juan con 44 tripulantes. La Prefectura mató por la espalda al joven mapuche desarmado Rafael Nahuel. En la causa por las coimas pagadas por Odebrecht para asegurar que las empresas del Grupo Macrì obtuvieran las obras del soterramiento del Ferrocarril Sarmiento, se solicitó un embargo por 54 millones de pesos contra el primo presidencial Angelo Testaferra. Las dos CTA y sectores significativos de la CGT y los movimientos sociales anunciaron una marcha al Congreso en rechazo al proyecto de reforma laboral.
  • El 7 de diciembre Glock ordenó la detención de CFK (previo desafuero) y de sus ministros Héctor Timerman y Carlos Zannini, entre otros, por traición a la Patria.
  • El 13, 14 y 18 de diciembre centenares de miles de personas protestaron en el Congreso por la reforma previsional. Fueron reprimidos por gendarmes y policías.
  • El 28 de diciembre el juez Julián Ercolini ordenó la detención de Cristóbal López.

El champagne de la vendetta

Aunque la diputada macrista Elisa Carrió brindó con champagne por la detención de Julio De Vido, ni el presidente ni sus ministros celebraron en público esa perversa forma de gobernabilidad. A un tercio de siglo de concluida la última dictadura es ostensible que la lenidaddel Estado Libre Asociado de Comodoro Py en el apogeo del poder se transmuta en inquina en la contrariedad o el ocaso. Y ningún gobierno tuvo tantos y tan buenos motivos como el actual para temer el cambio en la dirección del viento.

Hay además, una inquietante pugna entre sectores de la justicia. Preside la República Autónoma del Cuarto Piso Ricardo Lorenzetti, hijo de una maestra y un empleado de comercio, que hizo fortuna en el pago chico de Rafaela atendiendo a sindicatos y pequeñas empresas. Por eso tiene afinidad con buena parte de los jueces federales que, como él, provienen de una clase media baja con aspiraciones. En su ascenso tiende a acomodarse a las coyunturas políticas y al mismo tiempo adhiere a la constelación de valores de las clases dominantes. No hay más que ver cómo cambiaron la gestualidad, los trajes, las corbatas, el bigote, la esposa y los destinos aéreos de Lorenzetti desde que llegó a la Corte Suprema.

 

De ayer a hoy, cambiamos

 

Durante sus años como hombre de negocios dudosos con el Estado, Macrì contó con la asistencia legal, entre otros, del estudio Allende & Brea, uno de los principales del Colegio de Abogados de la City de Buenos Aires, que reúne a los lawyers de las grandes empresas transnacionales, cuyos líderes integran el gabinete nacional. Lorenzetti comprendió que había allí una alianza de clase, que en la Corte representa Carlos Rosenkrantz. Para defender su espacio de poder impulsó la creación de una Asociación de Jueces Federales, que preside Ariel Lijo, el juez que debería investigar la defraudación al Estado del Correo Argentino, propiedad de las Sociedades Macrì (SOCMA). El Poder Ejecutivo encomendó al Colegio de Abogados de la City, sin explicar las razones de este empoderamiento, una auditoría sobre los juzgados federales. La condujo su presidente, Guillermo Lipera, quien entregó un dictamen crítico de dos juzgados que preocupaban al gobierno: el de Daniel Rafecas y el de Lijo, a quien al mismo tiempo demolió La Nación con sucesivas notas sobre la súbita riqueza familiar, donde hay más fuentes de las que se pueden mencionar. Rafecas, a quien justicialistas y radicales detestan por su investigación sobre las coimas en el Senado para aprobar la ley Banelco de precarización laboral, y el macrismo por haber considerado que la firma del memorando con Irán no constituía delito, fue citado por el Consejo de la Magistratura. Su defensa impecable, junto con el apoyo explícito de numerosas organizaciones de la sociedad civil, paralizaron la mano del verdugo. Antes de ver la sombra de la guadaña, Lijo ordenó la detención preventiva de Boudou y adormeció la causa del Correo. El conflicto entre los cogotudos del Colegio y los plebeyos de Comodoro Py se resuelve con la detención de algún ex caído en desgracia. El más duro gana. Este juego de poder es tan florentino, que el Colegio de la City cuestionó el uso de la prisión preventiva como pena anticipada y citó los tratados internacionales de Derechos Humanos, nada menos. La realidad no se puede leer on the record.

 

 

Sin fundamentos

Al dictar las prisiones preventivas por el memorando con Irán, el juez Glock comenzó con una solidez doctrinaria y jurisprudencial que se le escurrió como arena entre los dedos al analizar los hechos y situaciones de cada imputado. Al carecer de una imputación razonable, no pudo fundamentar el probable rol de los imputados. Luego de una buena cita de Alberto Bovino sobre la excepcionalidad de la prisión preventiva, que la gravedad de la pena posible no alcanza a justificar, la contradijo con dos informes del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, de 1996 y 1997, que el propio Bovino desdeña en su blog como “absolutamente desactualizados. No cita ningún informe posterior de la Comisión y ningún fallo de la Corte IDH”. Glock eligió el parágrafo del informe 2/97 que pondera “los valores morales demostrados por la persona”, lo cual lo acerca al derecho penal de autor y no al de acto, que es el que se deriva del artículo 18 de nuestra Constitución. Las tropelías interpretativas se multiplican en los casos de Cristina, Timerman y Zannini. ¿Qué tendrá que ver la “complejidad que reviste la maniobra ilícita” que les atribuye, con los riesgos procesales de fuga u obstrucción de la investigación, por los vínculos que podrían existir? El condicional es inadmisible: si hay riesgos el juez debe probarlos, no conjeturarlos sin pruebas. Luego invoca que restan por analizar más de 250.000 mails de la Cancillería y de la Procuración del Tesoro, además de las conversaciones telefónicas de 207 líneas intervenidas. Así confiesa que detuvo para investigar y no por las pruebas de una investigación previa. Según el ritmo que lleve Su Señoría, en caso de que no se retire mañana, ya que obtuvo la jubilación al 1° de enero, todos podrían morir en detención preventiva, antes de que la conclusión del trabajo demuestre que no cometieron delito alguno. Esa es una ilegal inversión de la carga de la prueba.

 

El mundo al revés del doctor Glock: detener para investigar.

 

El remate es propio de Dadá: “Puede sostenerse, fundadamente, que poseían determinadas capacidades que incrementan su potencial (contactos, información privilegiada, medios económicos y capacidad de acción) tanto para evadirse, como para dificultar la producción de pruebas”. ¿Fundadamente? Al menos no en este festival de potenciales y especulaciones. ¿Se acuerdan de Groucho Marx?: “He pasado una noche extraordinaria, pero no ha sido esta”.

De Glock a Groucho, un festival de especulaciones

Si el criterio se diera por bueno todos los amigos, parientes, socios, ministros o testaferros de quienes ocupen cargos hoy deberían estar en prisión preventiva. Eso es lo que preocupa a algunos pocos letrados de acceso al despacho presidencial. Hoy por ti, mañana por mi. Si Florencia integró una asociación ilícita a los 12 años, ¿qué le espera a Antonia en este país enloquecido?

Glock también menciona otras causas en trámite y algunas condenas que lo llevan a formarse “una desfavorable impresión sobre las condiciones personales” de los imputados y suponer que de seguir en libertad, “no habrán de someterse a la actuación de la justicia”. Como le caen mal, marchen presos. Quien se animó a decir una obviedad sensata dentro de la Alianza Cambiemos fue Ricardo Alfonsín, quien se resiste a asociar radical con cobista. “A la prisión preventiva, si se la usa, no debe quedar ninguna duda y, hasta donde conozco, las condiciones en este caso no se han registrado”. Su correligionario Manuel Garrido concluyó que en Comodoro Py se practica un derecho paralelo al de las facultades de derecho. “Con las mismas palabras pero es otra cosa, cualquier cosa”. Para Human Rights Watch los argumentos de este “procesamiento descabellado” no justifican la prisión preventiva que, según el derecho internacional de los derechos humanos “sólo debería imponerse como último recurso”.

La confirmación de las prisiones preventivas por la Sala II de la Cámara Federal empeora el fallo de primera instancia, si eso es posible. En lugar de analizar la resolución se esfuerzan por mejorarla, pero logran lo contrario: la mayoría (Irurzun y Farah) sugiere incluso responsabilidades de funcionarios de Interpol y recomienda “revisar la manera en que se ha instado la participación en el proceso de Robert Noble”. Hay que suponer que intentan referirse al ex secretario general de la agencia policial global Ronald K. Noble. Pese a ello Glock no lo convocó a declarar y aceleró la elevación a juicio. Como en una intriga de comadres, chismorrean sobre la conducta de Interpol y sus funcionarios, pero no adoptan ninguna medida tendiente a corroborar esas especulaciones. La doctrina de la conducta “llamativa” es de comprobación imposible, pues si algo llama la atención los jueces son los únicos que tienen potestad para pedir explicaciones. A estos les alcanza con su propio estupor.

Al referirse a Cristina y Zannini mencionan circunstancias puntuales y objetivas producidas durante esta investigación y “otras del fuero”. Ninguno de los abogados a quienes consulté recuerda haber visto algo semejante, actuaciones de otras causas resumidas de apuro en una línea, sin contexto ni explicación de su pertinencia. Dicen, por ejemplo, que “los involucrados” (sin identificar quiénes) fueron convocados a una reunión al día siguiente de la denuncia; que CFK indicó vía Zannini evitar aportes probatorios a la causa, y agregan “ver más arriba”. Lo que hay “más arriba” es que designó a Juan Martín Mena y Oscar Parrilli al frente de la AFI, “por lo que se encontraron en condiciones de acceder a las evidencias allí radicadas”. Con tal criterio toda la unidad AMIA quedaría bajo sospecha. La tautológica conclusión es que como falta mucha actividad probatoria es necesaria la prisión preventiva. Es difícil determinar si estos jueces están más enemistados con la Constitución Nacional, el Código Penal o el diccionario de la lengua y con cuál de esos libracos les dolería más ser cascoteados.

 

Ni el tiempo se salva

La misma Sala II confirmó el 17 de octubre la solicitud de desafuero del diputado De Vido, con argumentos que además de la carga de la prueba invierten hasta el paso del tiempo. No se explica cómo su detención en 2017 podría subsanar la dificultad experimentada en 2016 para obtener algunos documentos. También menciona como fundamento que se implantó el secreto de sumario. Si un juez desea detener a alguien le bastará con poner el sumario bajo secreto, notable contribución de Martín Irurzun a la transparencia en los asuntos públicos. Pero hasta Irurzun advierte el dislate del fiscal Carlos Stornelli, quien en su presentación introduce la categoría de riesgo latente, por presidir De Vido la comisión de energía (a la cual ya había renunciado). Conclusión: “el encarcelamiento resulta la única alternativa” y “el tiempo es fundamental frente a los peligros concretos de obstrucción verificados”, pero no mencionados en la resolución. Además la demora sería imputable a los jueces y fiscales que desde que el hecho fue denunciado no hicieron nada. Dos días después, Glock repitió para De Vido los argumentos que había empleado con Timerman. En cambio, Luis Rodríguez se escuda para su decisión contra De Vido en la resolución de la Cámara, ya que él no había pedido el desafuero ni la detención.

Al referirse a la asociación ilícita que integraría Boudou, Lijo sostuvo que sus miembros cometían “delitos graves de corrupción, valiéndose del alto cargo público que ocupaba el primero de los nombrados”. Una originalidad de Lijo es haberlos detenido antes de indagarlos, es decir sin escuchar su defensa, ya que “son imputados de delitos de gran significancia económica y corrupción”, que ni siquiera explica ni compara con otros casos. Con el criterio de la complejidad de las maniobras de lavado, la sola imputación de ese tipo penal debería conducir a la prisión preventiva, lo cual es un completo disparate. Luego de presumir la existencia de relaciones residuales (emparentadas con los riesgos latentes de Stornelli), Lijo se adentra en el reino de la tautología: como la maniobra investigada es compleja existe riesgo de obstrucción y ese riesgo se debe a que es compleja, sin que jamás se fundamenten ni la complejidad ni la obstrucción ni el riesgo. Además entiende que las tachaduras y enmiendas en los registros contables prueban el riesgo de entorpecimiento. De ser así, cualquier actividad fraudulenta o simulada que se investigue como delito debería conducir siempre a la prisión preventiva, otro despropósito. Como aval de la prisión preventiva cita la Convención Interamericana contra la Corrupción, pero ni menciona la Convención Americana de Derechos Humanos, de rango superior. Otro argumento novedoso es que las demoras de los operadores judiciales permiten a los investigados alterar y ocultar su situación patrimonial. Si peritos, jueces y fiscales no hacen bien su trabajo, mejor encerremos a todos los sospechados de “maniobras de corrupción complejas”, que por supuesto no detalla. Lijo se refiere a las “nuevas pautas interpretativas al momento de valorar los riesgos procesales”, contenidas en un “reciente fallo de la Sala II”, aquel que se refiere a determinar “si existen datos reales, concretos y objetivos que permitan razonablemente presumir que los lazos funcionales tejidos al amparo del acuerdo criminal se encuentran aún vigentes y pueden estar siendo utilizados en perjuicio de la investigación penal”. Bien curioso, el 21 de diciembre la Sala II sostuvo que no hay tal novedad, ni distinción de criterios.

El único fallo diferente de esta serie lo firmó Ercolini el 19 de diciembre, al disponer la prisión preventiva de Cristóbal López y Fabián de Souza, pero no la de Ricardo Echegaray, quien con Stornelli, Taiano, Glock, Lijo, Rodríguez o Irurzun estaría en Marcos Paz. Para Ercolini basta que el ex recaudador no tenga condenas ni declaraciones de rebeldía y que haya certeza de su identidad y lugar de residencia. En cambio, fundamenta que López y De Souza ya intentaron obstruir la labor de la justicia, con engaños sobre operaciones comerciales, venta de acciones y cambios en la composición del directorio. Es elocuente la distinción de criterios respecto del único funcionario público involucrado al que no lo alcanza la medida (aun cuando la AFIP es querellante) y el motivo de entorpecimiento tiene un nivel de solidez que los demás casos no ostentan.

La Corte Suprema también justificó la prisión preventiva en el caso de Milagro Sala. El riesgo procesal de entorpecimiento provendría de la pertenencia a una organización vertical a su disposición, capaz de infundir temor e influir en los testimonios. Citó en su apoyo el “Informe sobre uso de la prisión preventiva” elaborado por la CIDH en 201[1]. Allí se afirma que la prisión preventiva se justifica si el imputado “obstaculizó, deliberadamente, el accionar de la justicia o actuó temerariamente, por ejemplo, al introducir prueba falsa, amenazar testigos, destruir documentos, fugarse, no comparecer injustificadamente”, cargos por los que Milagro fue juzgada pero absuelta. También recomienda valorar su capacidad “de alterar gravemente las pruebas, influir en los testigos o inducir a terceras personas a cometer estos actos”. Más allá del nulo esfuerzo probatorio para establecer el estado actual de la Túpac Amaru, que el gobierno provincial destruyó, el criterio de la pertenencia a organizaciones es riesgoso. El carácter vertical de la Túpac es una caracterización ideológica, que la asimila a organizaciones policiales o militares. Si la mera pertenencia implica riesgo procesal, el hecho de involucrarse y participar en organizaciones legítimas entra en un cono de sombra penal. Es una forma apenas encubierta de castigar a Milagro por pertenecer a esa organización. Este criterio ni siquiera se utilizó para justificar la prisión preventiva de funcionarios policiales o militares.

 

La gente común

Estos casos son graves y han abierto un debate sobre la vigencia del estado de derecho, porque nunca antes se había declarado una temporada de caza de dirigentes políticos, sincronizada con los momentos críticos para el gobierno. Durante el menemismo, el aparato judicial se utilizó para proteger a los propios pero, con escasas excepciones, no para perseguir al adversario. Empero, esta política no es discriminatoria: la prisión preventiva sin juicio ni condena es desde hace muchos años la regla para las personas comunes que entran en conflicto con la ley penal, esas que la prensa canalla llama a gritos delincuentes. El año pasado había en todo el país 82.000 personas privadas de su libertad, el 51% en prisión preventiva, según el Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena.

De todos los detenidos bajo la jurisdicción federal, sólo el 28 por ciento tenía condena. El 72 por ciento restante eran procesados. Esta relación se ha ido agravando con los años: en 2002 la relación era de 38 condenados por cada 63 procesados. En algunas jurisdicciones hubo mejoras. Por ejemplo, en la provincia de Buenos Aires, los detenidos sin condena bajaron al 55,6%, en contraste con el 85% del año 2000.

Sin embargo, la tasa de encarcelamiento es hoy la más alta de la historia provincial, con 240 personas por cada 100.000 habitantes en cárceles, alcaidías y comisarías, que llega a 249 si se suma a quienes son controlados con dispositivos electrónicos. En septiembre de 2017 Buenos Aires ya tenía 23.677 personas en prisión preventiva, apenas 1055 menos que en el terrible año 2005, cuando se cumplieron 15 años de incremento constante de detenidos. En mayo de 2005 la Corte Suprema de Justicia respondió a un habeas corpus colectivo y correctivo presentado por el CELS a principios de siglo (V. 856. XXXVIII. RECURSO DE HECHO Verbitsky, Horacio s/ habeas corpus) y exhortó a que los poderes Ejecutivo y Legislativo bonaerenses adecuaran a los estándares constitucionales e internacionales su legislación en materia de prisión preventiva y excarcelación, de ejecución penal y penitenciaria. Durante los años restantes de la gobernación de Felipe Solá el relativo cumplimiento de esta decisión produjo un sostenido descenso de esa cifra, que con altibajos volvió a crecer durante los dos mandatos de Daniel Scioli y lo que va del de María E. Vidal, como muestra el último gráfico.

Durante una audiencia pública ante la Corte Suprema en 2005, el Ministro de Justicia bonaerense Eduardo Di Rocco reconoció que el 29 por ciento de los procesos realizados el año anterior terminaron en absolución. Si ese porcentaje no se ha modificado, 6.866 inocentes sobreviven hoy en condiciones vergonzosas en las prisiones provinciales. Ninguna solución para los atropellos que padecen Cristina, Boudou, Timerman, Zannini, De Vido y los demás presos políticos debería dejar de lado a esos eternos vulnerados.

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La música que escuché mientras escribía esta nota: This is not an accordion, this is a bandonion

Horacio Verbitsky
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