Menos salarios, mayor rentabilidad

A favor del capital

 

A poco más de un año del inicio de un gobierno de destrucción productiva y de derechos, ha crecido el desempleo y la precarización laboral, ha bajado el poder adquisitivo de los salarios y jubilaciones, ha aumentado la pobreza y la indigencia, como contrapartida de la brutal transferencia de ingresos del trabajo al capital.

El único derecho protegido por el gobierno es el de acrecentar la rentabilidad del gran capital, que supera ampliamente a la que se registra en el resto del mundo.

La metodología de imposición del plan de ajuste y el carácter de los discursos oficiales no se diferencian de la seguida por otros gobiernos antipopulares, surgidos tanto de golpes de Estado como del voto popular. Cuando en 1956 el gobierno de la autodenominada Revolución Libertadora incorporó a nuestro país al FMI, se impuso el plan Prebisch, cuyos principales lineamientos y objetivos se sintetizaban en comprimir los consumos de la población a través de la redistribución de la renta nacional mediante una política de fuertes devaluaciones. Cuando la desocupación prácticamente no existía en el país, cuando la deuda externa era de 757 millones de dólares, Prebisch dijo: “La Argentina atraviesa por la crisis más aguda de su desarrollo económico, más que aquella que el Presidente Avellaneda hubo de conjurar ‘ahorrando sobre el hambre y la sed’ y más que la del ‘90 y que la que hace un cuarto de siglo en plena depresión mundial”.

La esencia de los programas impuestos como consecuencia de los acuerdos con el FMI fue siempre lograr una marcada desigualdad en sus efectos: algunos sectores debían aumentar mucho sus ganancias para estimularlos en su capacidad productiva y permitirles una rápida capitalización. Y esos mayores ingresos debían ser extraídos del resto de la población, ya que no era previsible un aumento de la producción a corto plazo [1].

No existen muchas diferencias entre las consecuencias de la aplicación de las recetas neoliberales durante el período 2015-2019 y durante el año 2024 a través del brutal ajuste aplicado por el actual gobierno.

El pretexto para las “motosierras” y las “licuadoras” es siempre el mismo: se fabrica o se exagera una “crisis argentina”, que iría mucho más allá de la crisis mundial del capitalismo. Como en la época de Prebisch o de Pinedo, la crisis siempre es la peor, la “más aguda”; se crean pretextos no demostrados o fantasías tales como el riesgo de una supuesta inflación del 17.000% que el actual gobierno habría frenado, siempre señalando como únicos responsables a los gobiernos populares que han beneficiado a los trabajadores y al pueblo. Se proclama que el plan liberal o ultraliberal tiene como objetivo combatir privilegios de “casta”, que tampoco define, pero excluyendo cuidadosamente al gran capital productivo y financiero, cuya rentabilidad se defiende y se persigue aumentar. Todo ello para disfrazar el verdadero objetivo: eliminar beneficios sociales, disminuir el poder adquisitivo de los salarios y jubilaciones, legitimar un plan de contenido regresivo de redistribución del ingreso a favor de los sectores más concentrados del capital. Cualquier sacrificio impuesto a los trabajadores y a los sectores medios sería justificable e inevitable porque “no existe otra alternativa” (frase histórica de Margaret Thatcher cuando comenzó la etapa neoliberal del capitalismo; “there is not alternative”). Es decir que son los que viven de su trabajo, con su siempre elogiado espíritu de sacrificio, los que deben sostener la capitalización y el aumento de la rentabilidad de los grupos concentrados.

 

 

Salario mínimo: ni vital ni móvil

El salario mínimo, vital y móvil es un derecho social reconocido en el artículo 14 bis de la Constitución nacional, definido por el artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo como “la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión”.

El salario mínimo, vital y móvil, instituto fundamental del derecho del trabajo, determinado a través de acuerdos entre las organizaciones sindicales y las cámaras empresarias o por decisión del Estado, tiene como objetivo asegurar una existencia digna al trabajador, por lo que se aparta del concepto tradicional del salario entendido como “precio del trabajo”.

Dicho ingreso mínimo no depende de las condiciones de la relación contractual o de la calidad y cantidad del trabajo, sino que debe fijarse con el exclusivo fin de cubrir las necesidades vitales del trabajador y su familia.

Se trata de una limitación a la libertad contractual, ya que el libre juego de la oferta y la demanda no puede determinar la rebaja de este piso mínimo. Ni los ciclos económicos, ni las crisis generales o específicas de la actividad pueden justificar su disminución.

De acuerdo con el artículo 139 de la ley 24.013, el salario mínimo es fijado por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, organismo tripartito integrado por las centrales sindicales, empresariales y el Estado.

En la última reunión de este organismo convocada por el gobierno actual, las centrales sindicales y las cámaras patronales no llegaron a ningún acuerdo, por lo que el Poder Ejecutivo dictó la Resolución 17 del 23/12/2004 que fijó el salario mínimo en $ 279.718 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y de $ 1.399 por hora para los trabajadores jornalizados, a partir de diciembre de 2024.

A partir del 1 de enero de 2025, el salario se fija en 286.711 pesos para todos los trabajadores mensualizados y 1.434 para los jornalizados; montos que se elevan a 292.446 y 1.462 pesos a partir de febrero, y 296.832 y 1.484 pesos a partir de marzo de 2025.

No cabe duda alguna de que el monto actual del salario mínimo está muy lejos de ajustarse al concepto jurídico determinado por el Artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo, ya que no cubre los objetivos de alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión.

Agreguemos a ello que el salario mínimo no tiene en nuestro país un alcance universal: alcanza a los empleados del Estado nacional, pero no así a los empleados provinciales y comunales, de lo que se desprende que hay un número elevado de trabajadores estatales que no tienen garantizado el piso salarial mínimo. Todo ello sin contar a los trabajadores y trabajadoras que no se encuentran registrados, cuyo número es superior al 50% de la fuerza de trabajo del país.

Por ello, consideramos que el aumento del salario mínimo vital y móvil debería determinar automáticamente la actualización de los salarios básicos de convenio que fueren inferiores en la misma proporción.

El movimiento sindical no reaccionó enérgicamente frente a lo que calificamos de afrenta del gobierno hacia el conjunto de los trabajadores, la Constitución nacional y la Ley de Contrato de Trabajo: fijar un salario mínimo mensual de $279.000 pesos, monto que no llega a cubrir una canasta de indigencia.

 

 

Subestimación de la agresión contra la clase trabajadora

La pulverización del salario mínimo, vital y móvil es un complemento de los despidos de empleados estatales, de las suspensiones y despidos de empresas privadas y de la conducta del secretario de Trabajo de la Nación, el ex funcionario de Paolo Rocca, Julio Cordero, que se niega a homologar acuerdos entre organizaciones sindicales y cámaras patronales, y anuncia “reformas laborales” que afectarían el derecho a una jornada limitada de trabajo, el derecho al descanso de los trabajadores y la reposición de los tickets canasta.

Otra de las medidas regresivas que ha sido aceptada por la Cámara de Diputados: la reposición de la cuarta categoría del impuesto a las ganancias, decisión claramente ilegal e inconstitucional, puesto que no tuvo tratamiento previo en el Senado, rompiendo con la bicameralidad en el tratamiento de las leyes de acuerdo con lo dispuesto por la Constitución nacional; no ha merecido la respuesta enérgica del movimiento sindical en su conjunto.

Se ha subestimado el carácter destructivo y despiadado de la ofensiva desplegada por el gobierno contra quienes viven de su trabajo, no sólo tendiente a eliminar derechos individuales y colectivos, sino a lograr su total sometimiento al capital, objetivo estratégico de la clase dominante y su representación política. Las modificaciones regresivas del derecho del trabajo contenidas en el DNU 70/2023 y la ley 27.742 (ley Bases) son sólo el esbozo de un plan que implicaría un retroceso aún mayor, para lo que el extremismo neoliberal requiere un perfeccionamiento de los dispositivos de la represión contra los trabajadores y demás sectores populares y sus organizaciones.

La lucha por el aumento salarial siempre es la reacción de los trabajadores ante la acción anterior del capital, y en nuestro caso fueron la devaluación y el alza permanente de los precios de los productos de consumo, de las tarifas de los servicios públicos en manos privadas, los que determinaron la reducción de los salarios. No podemos tomar en cuenta sólo los cambios que hubo respecto al valor nominal de estos a través de las sucesivas paritarias, sino la pérdida de su valor real como consecuencia de la acción del gran capital financiero e industrial.

La escasa importancia que la mayor parte del sindicalismo argentino asigna a la pulverización del salario mínimo vital y móvil se corresponde con la idea de que los trabajadores se benefician casi exclusivamente del resultado de las paritarias. Este pensamiento fue lo que determinó que la mayoría del movimiento sindical no exigiera al gobierno del Frente de Todos un sustancial y necesario aumento salarial de suma fija a través de un decreto, lo que hubiera contribuido a recuperar parte de lo perdido durante el gobierno macrista y como consecuencia del alza incesante de los precios de los alimentos y artículos de primera necesidad durante dicho período.

Frente al actual gobierno ultraderechista, recuperar hoy lo perdido durante los últimos ocho años parece un objetivo muy difícil de lograr; pero el poder económico y sus voceros políticos no están conformes con lo que han logrado, pretenden una reducción aún mayor de los salarios, imponiendo techos a las paritarias: el secretario de Trabajo de la Nación no homologará ningún acuerdo salarial alcanzado a través de la negociación colectiva entre sindicatos y patronales que supere el 1% de aumento mensual. Las estadísticas de baja de la inflación del INDEC, conducido por Marco Lavagna, que no toman en cuenta la incidencia de los aumentos de tarifas de los servicios públicos, son de mucha utilidad para consolidar los bajos salarios y la enorme transferencia de recursos del trabajo al capital.

Respecto a esta transferencia, el último Informe de Coyuntura del mes de diciembre de 2024 del MATE (Mirador de la Actualidad del Trabajo y la Economía) ha calculado que durante el año de mandato “libertario” hubo una transferencia de 27.3 billones de pesos, de los cuales 19,2 billones salieron del bolsillo de los asalariados en forma directa; mientras que el Estado dejó de percibir seis billones por aportes y contribuciones, las obras sociales perdieron 1,7 billones y los sindicatos 377.000 millones.

Dice dicho informe que —a pesar de la parcial recuperación del salario en el segundo trimestre del año— la caída del poder de compra registrada desde que asumió el actual gobierno implicó una pérdida de ingresos en promedio de 1.099.769 de pesos para cada trabajador del sector privado. En el sector público, la pérdida es aún mayor: cada asalariado perdió durante el mismo período la suma de 3.314.736, en promedio.

La pulverización del salario mínimo, vital y móvil fue uno de los objetivos del gobierno actual. Dice el informe: “El salario mínimo vital y móvil que fija el consejo nacional de empleo, la productividad y el salario está en su punto mínimo en más de 20 años. Sólo estuvo por debajo en el año 2002, luego de la crisis y salida de la convertibilidad”.

“En 2015, dos SMVM permitían a una familia no ser pobre (el SMVM tenía una cobertura del 50% de la CBT). Actualmente, la cobertura del salario mínimo bajó a 22%” [2].

El SMVM implica una garantía para los trabajadores de las actividades en que existe una débil sindicalización; debilidad que se expresa en los salarios básicos de convenio, que lo superan ligeramente y en ocasiones son inferiores. Es en estos casos en los que adquiere mayor valor protectorio la determinación de un salario que se establezca al margen de la negociación colectiva. El salario mínimo vital es un instrumento de igualdad social entre los trabajadores, ya que implica la elevación de aquellos que se encuentran en la escala más baja de la estratificación social.

Creemos que las organizaciones sindicales deben exigir la aplicación de la escala móvil, mecanismo que garantiza la movilidad automática del salario en la misma proporción en que se incremente el costo de vida. El concepto de movilidad fue establecido por el art. 14 bis de la Constitución nacional respecto al salario mínimo y a las jubilaciones; por lo tanto, su aplicación debería extenderse a todo acuerdo salarial pactado a través de la negociación colectiva. Así se ha convenido en numerosos acuerdos paritarios, en los que se la ha denominado “cláusula gatillo”.

Las negociaciones paritarias, que son “con techo del 1% mensual” —como se ha ratificado desde la Secretaría de Trabajo de la Nación y otros voceros del gobierno nacional— deben ser cuestionadas a través de acciones gremiales y judiciales, por cuanto se trata de decisiones del Estado que violan los derechos de las organizaciones sindicales de trabajadores y de los propios empleadores a negociar colectivamente la determinación de las remuneraciones y condiciones de trabajo.

Como lo hemos planteado en otras notas publicadas en El Cohete, frente a la magnitud de la ofensiva ultraderechista, una respuesta coyuntural limitada a la defensa de las normas laborales en vigencia sería errónea e insuficiente. Las luchas de las organizaciones sindicales y políticas de los trabajadores incluyen también el cese de los despidos y la reincorporación de los cesantes, la reducción de la jornada sin reducción salarial, la obligatoriedad de los comités mixtos de salud y seguridad en el trabajo, el cumplimiento del derecho constitucional a la participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la gestión, la defensa de nuestra soberanía sobre el río Paraná (mal llamado “hidrovía”) y la reconstrucción del Estado como instrumento de transformación económica, política, social y cultural.

 

 

 

 

[1] “Panorama de la Economía Argentina”, Volumen II, N.º 8, mayo de 1959, director: Moyano Llerena, fs. 28/29.
[2] Informe de Coyuntura, diciembre 2024, MATE (Mirador de la Actualidad del Trabajo y la Economía), Rosario, enero 2025.

 

 

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