De la excepción a la regla

La condena al ex gobernador Alperovich por abuso sexual y violación contra una familiar es ejemplar

 

El tres veces gobernador y ex senador nacional por la Provincia de Tucumán, José Alperovich, fue declarado culpable de violar y abusar sexualmente en varias oportunidades de su sobrina segunda (a quien, para preservar su identidad, nombraremos aquí como F), y por eso se lo condenó a 16 años de prisión.

Según la denunciante, hija de un primo hermano, los primeros abusos ocurrieron en Buenos Aires a fines del 2017, poco después de que la víctima empezara a trabajar como asesora del ex gobernador de Tucumán en el Senado de la Nación. Tuvieron lugar en distintos lugares, que la denuncia detalla con claridad y contundencia. También lo hace la carta pública que dio a conocer el mismo día de la presentación judicial: a modo de grito que busca justicia, pero seguramente también como protección, dado el poder político y económico del personaje que denunciaba.

El largo trascurrir de la causa dejó al descubierto la importancia del apoyo de las redes feministas a las víctimas que se animan a denunciar, en este caso a un dirigente político, a la vez familiar, que parecía intocable. Claramente lo fue para ella, durante el año y medio que debió soportar los reiterados abusos a que era sometida .

El caso también pone en valor el lema “Yo sí te creo”, que aplica como regla, como soporte de la mirada con perspectiva de género que debe primar en todas las denuncias, sin importar la pertenencia política o la posición social del perpetrador.

Desenmascarar situaciones que muchas mujeres padecieron pero permanecían silenciadas, con el argumento de cuidar el partido político, la organización o la familia (o ambas, como en este caso) deberían estar, a esta altura, desterradas. Por otra parte, esta condena demuestra que a pesar del negacionismo del gobierno nacional respecto de los DDHH en general y de la violencia de género en particular, la decisión de las mujeres es avanzar con las denuncias de las violencias padecidas, acompañar y tejer todas las redes necesarias para sostener estos relatos.

Hoy por decisión del Ejecutivo nacional, tal cual fuera anunciado por Milei en campaña, la política de cancelación pretende mostrar que, con el cierre del Ministerio de las Mujeres y Diversidades de Nación y la desarticulación de las políticas públicas defensoras de estos derechos, se puede incumplir con la legislación nacional y los compromisos internacionales asumidos por nuestro país de sostener una agenda en materia de violencias por motivos de género. Por eso mismo, desarmar la institucionalidad, que es lo que está pasando en este momento, es tan grave. No podemos dejar de denunciarlo en cada ámbito donde sea posible.

 

 

La defensa de derechos, en las que avanzamos tanto en los últimos años, quedó expuesta en esta causa, ya que la víctima hace una presentación en Buenos Aires, ante la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM) del Ministerio Público Fiscal (MPF), una de las pocas unidades con área de litigio estratégico vinculadas a este tipo de problemáticas que aboga por el cumplimiento de un procedimiento judicial con perspectiva de género. Fue representada en su carácter de querellante por el Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos de la Defensoría General de la Nación (DGN), que tiene el objetivo de garantizar el acceso igualitario y efectivo a la justicia y los derechos al asesoramiento, asistencia y representación de las víctimas de delitos.

Sabemos lo difícil que es para las víctimas conseguir patrocinio jurídico cuando las denuncias involucran a representantes del poder. En esta línea, cabe destacar que hubo un juez y un fiscal que llevaron adelante el proceso con perspectiva de género. Destaco la decisión del doctor Juan Ramos Padilla, a cargo del TOC 29, que en forma inmediata ordenó la detención del imputado, revocando la excarcelación con la que había sido beneficiado. Fue una clara señal a la sociedad, en contra de la impunidad que durante años rodearon estas prácticas patriarcales. Los hechos denunciados ocurrieron en un contexto de marcada asimetría de poder y de violencia de género laboral, fueron reiterados y prolongados en el tiempo, haciendo que el sometimiento resulte grave y ultrajante para la víctima. Sumo como agravante que Alperovich llega en libertad —excarcelado— al debate oral, lo que resulta intimidante no solo por la gravedad de la pena en expectativa, sino por la posibilidad de seguir sometiendo a la víctima o entorpecer el normal desarrollo del proceso.

La decisión de ordenar la inmediata detención fue ejemplificadora, toda vez que la “excusa legal” de la falta de firmeza del fallo para ordenar la detención ante semejante condena, hace que en casi todos los casos el personaje encontrado culpable salga “caminando y dando notas a los medios”. Esto importa una muy mala señal, no sólo para la victima sino para la sociedad, ya que en este tipo de delitos la impunidad por lo general se impone, no solo por la falta de perspectiva de género, sino por la selectividad del sistema judicial.

Hay que volver siempre sobre esto. Seguir denunciando a los que justifican que el cuerpo de las mujeres y de las niñas y niños es un objeto de alivio o de placer para los varones. Esta "naturalización" del abuso de poder debe terminar de una vez y para siempre.

Un gran aporte en el ámbito de la política ha sido el proceso alentado por los Frentes de Mujeres de las organizaciones, donde se abordaron denuncias por violencias de género y se redactaron protocolos de abordaje de estas situaciones que significaron una mejora para lograr ámbitos de militancia con igualdad. Sin lugar a dudas, la construcción de espacios de acción política libre de violencias se salda, además, con más mujeres en lugares de decisión y con otros componentes, como la paridad en las listas que garantiza el acceso de mujeres a instancias de representación.

En nuestro país, solo el 16 % de las denuncias por delitos contra la integridad sexual llega a sentencias condenatorias, y muy pocas al monto de condena como la aquí analizada, lo que permite poner en contexto esta sentencia de primera instancia y también la discusión sobre lo alarmante de la estadística referida .

Por eso vale destacar en esta causa el rol determinante que tuvo desde un inicio la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), cuya misión es reforzar la actuación del Ministerio Público Fiscal de la Nación (MPF) en la prevención, investigación, sanción y erradicación de la violencia de género. Fue creada por la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, el 29 de junio de 2015, mediante la Resolución PGN 1960/15. Sus funciones y estructura interna fueron reglamentadas por la Resolución PGN 427/16 el 2 de marzo de 2016, luego del período de diagnóstico y proyección desarrollado por la Comisión de Expertos y Expertas del MPF. La Unidad Fiscal interviene en casos de violencia contra mujeres y personas lesbianas, gays, bisexuales, travestis, transgénero, transexuales e intersexuales (LGBTI), a partir del diseño de una política criminal específica, del desarrollo de herramientas de intervención fiscal y del litigio estratégico. Es decir, política pública activa. (Que lamentablemente no se replica en todos los ámbitos del Poder Judicial, cuando se denuncian delitos de abuso y violencia sexual.) Hablo de un abordaje adecuado, con fiscales que comprendan las particularidades de  este tipo de denuncias y jueces que se aparten del paradigma que estereotipa a las víctimas, que no les cree o que sólo admite la categoría de tal cuando el cuerpo médico forense así lo determina, luego de pasar por pericias psicológicas y psiquiátricas para descartar “que no está loca”, “que no lo hace por despecho”, “que no fabula” o que sólo “quiere fama  o plata”.

Digo también, para tener contexto de lo sucedido, que acudir a la Justicia con la denuncia y sostenerla durante el largo tiempo del proceso, soportando la descalificación personal sobre la hipótesis de la mayoría de las defensas de violadores y abusadores de “causa armada” “complot político” “denuncia para sacarle plata”, etcétera, no es posible sin acompañamiento. El caso en análisis es prueba de ello. Si muchos se preguntan dónde esta el feminismo, cabe responder: acá, a pesar de todos, levantando la voz, poniendo el cuerpo, como históricamente lo hemos hecho.

Reflexionar sobre el fallo que condena a José Alperovich resulta de suma importancia, no sólo por las características del condenado, sino para establecer de algún modo si este es el camino para terminar con la impunidad obscena que marcan las estadísticas y la realidad o es sólo una excepción a esa regla. No imagino una investigación como la llevada a cabo por el fiscal Santiago Vismara en la instrucción junto a la UFEM y el Fiscal de Juicio Sandro Abraldes, en manos de Stornelli o de la jueza María Eugenia Capuchetti, quienes dieron muestra de cómo garantizar impunidad en la denuncia de abuso sexual a una empleada del Senado de la Nación, que pesaba sobre otro senador, Juan Carlos Marino, radical por La Pampa, en el año 2018.

La impunidad que se impone por regla, a favor de los representantes del poder denunciados de abuso sexual, desafía la existencia misma del Estado de derecho. En última instancia, la responsabilidad de dejar estos actos  impunes es siempre del sistema de justicia y de su operador, el Poder Judicial. La condena a Alperovich de 16 años en prisión es una excepción. Ejemplificadora, sí, sanadora en algún aspecto, reparadora. Pero una excepción de todos modos. El desafío para el futuro es que deje de serlo.

 

 

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