Lo que hay que hacer

La lucha por recuperar salarios, ausente en las campañas electorales

 

La ministra de Trabajo ha convocado a la CGT, la CTA de los Trabajadores, la CTA Autónoma y las entidades empresarias a una nueva reunión del Consejo de Empleo, Productividad y Salario Mínimo, Vital y Móvil para el 13 de julio.

La insuficiencia del aumento del salario mínimo, vital y móvil aprobado el 23 de marzo, en tres tramos (87.987 pesos a partir del 1° de junio), agravada por la continuidad y el crecimiento del proceso inflacionario, provocó un mayor retroceso salarial frente al aumento del costo de vida, reforzando una estructura social desigual y regresiva, con una participación cada vez menor de los trabajadores en el ingreso nacional.

El proceso inflacionario avanzó aún más desde entonces. En abril, el Índice de Precios al Consumidor (IPC) subió un 8,4% respecto a marzo, con altos aumentos en bienes estacionales como verduras (20,5%) e indumentaria (10,8%), que ya habían traccionado los precios el mes anterior. En mayo, el IPC subió un 7,8% con respecto a abril –muy lejos del 4% proyectado por el Ministerio de Economía– en el que incidió fundamentalmente el 25,1% de las subas de electricidad y gas en el marco de la segmentación de tarifas de servicios públicos. Estimo que estos datos suministrados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) se replicarán –quizás con leves variantes– en los índices de junio.

El gobierno nacional no ha decretado un aumento de suma fija para todas las retribuciones, lo que hubiera resultado un paliativo para las duras consecuencias de la inflación sobre los trabajadores y trabajadoras, que constituyen la inmensa mayoría de la población: registrados o no, sindicalizados o no, reconocidos o no como tales. Es necesario recordar que sobre el monto del salario mínimo se determinan planes sociales como el Potenciar Trabajo, cuyos beneficiarios perciben un 50% del mismo, y el Plan Acompañar, que garantiza un monto equivalente al 100% durante seis meses a las mujeres y personas LGBTI+ en situación de violencia de género.

Lamentablemente, la insuficiencia del salario mínimo vital y móvil constituye una violación de un derecho constitucional, reconocido por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, y del propio concepto determinado por el artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo. El salario mínimo es en los hechos un piso salarial producto de la correlación de fuerzas entre capital y trabajo, y generalmente dependiente de la orientación política y económica del Poder Ejecutivo.

 

 

A la disminución general de las retribuciones salariales contribuye la negativa del gobierno nacional a decretar un aumento de suma fija para la totalidad de los trabajadores y trabajadoras, lo que de ningún modo implica limitar el derecho a la negociación colectiva y la conquista de montos superiores por parte de trabajadores incluidos en convenios colectivos a través de las paritarias.

Sigue cumpliéndose en los hechos uno de los objetivos centrales del poder económico y su representación política: maximizar las ganancias del empresariado y consolidar la reducción de los ingresos de la clase trabajadora.

Sin embargo, no abundan hasta la fecha las declaraciones respecto a estos problemas en la presente campaña electoral, en momentos en que recrudece la ofensiva de la derecha política, mediática y judicial contra los derechos de los trabajadores, aparecen proyectos de eliminación de la indemnización por despido o “despido libre”, de reducción de las indemnizaciones agravadas o “multas” por falta de inscripción o registración incorrecta de los contratos de trabajo, de establecimiento de “bancos de horas” para ahorrar a las patronales el pago de horas extras, y la intención del gran capital de reemplazar los convenios colectivos de actividad por otros más “modernos” que reduzcan derechos y flexibilicen aún más las condiciones de trabajo. A lo que se agregan las promesas de represión sin límites contra la protesta social, tomando como ejemplo a seguir el modelo jujeño seguido desde hace siete años por el gobernador Gerardo Morales.

A esta intensa campaña se ha sumado recientemente el presidente de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), Natalio Mario Grinman, quien en el marco de un encuentro empresario hizo un reclamo urgente de “reforma laboral”, afirmando que “todos saben lo que hay que hacer, el problema es que no se animan”. Lo más grave es que –como suele ocurrir cuando existen objetivos inconfesables– no aclara a qué se refiere cuando alude a lo que supuestamente “hay que hacer”.

 

Natalio Mario Grinman, presidente de la CAC.

 

Aclara que “no se trata de precarizar a los empleados, sino de insertar a aquellos que están en la informalidad dentro del sistema”. Nos preguntamos en qué condiciones se debería “insertarlos”. O en otras palabras, qué debería hacer el Estado para que los empleadores incorporen a esa masa de trabajadores informales y precarizados por las mismas empresas. Se queja de “la presión tributaria, del crecimiento del empleo público, el estancamiento del privado y los más de 100 conflictos con paros por mes en la última década”.

Es evidente que al presidente de la CAC le molestan los conflictos laborales. Sin que se pueda corroborar la veracidad acerca del número registrado durante la última década, cabe destacar que no hace ninguna referencia a sus causas. No puede negarse que gran parte de estos conflictos se deben a despidos, suspensiones o incumplimientos de normas convencionales o legales, que son imputables a los empleadores y no a los trabajadores o a sus organizaciones sindicales.

De todo ello se desprende que uno de los reclamos exigidos a “los políticos” por el sector empresario es que impidan, limitan o prohíban el ejercicio del derecho de huelga en sus diversas formas.

Siguiendo su lógica discursiva, es posible advertir que no manifiesta ni siquiera una tibia adhesión al sistema democrático. Con respecto al crecimiento de la economía dice que “de 1943 a 1983 hubo un avance promedio anual de 1,3%, mientras que de 1983 a la fecha el crecimiento fue de apenas 0,6%”.

Con respecto a la inflación, dice que “de 1943 a 1983 en promedio fue de 72% anual, en los 40 años de democracia (…) promedió un 222%. Esto es: el crecimiento se redujo a la mitad y la inflación se triplicó”. En otros términos: sería el sistema democrático el que impide el crecimiento económico y provoca el crecimiento de la inflación.

Como no incorpora a su análisis ninguna referencia a otras causas externas e internas de la inflación, ni siquiera las clásicas de la teología neoliberal (emisión monetaria, déficit fiscal, que existieron en las dos “etapas” que menciona), ni mucho menos el crecimiento de los precios y el aumento de las ganancias de las empresas, su conclusión parece ser que el país no debería enorgullecerse de los “40 años de democracia”, sino ingresar a una nueva y promisoria etapa de “democracia con seguridad”, con una gobernabilidad garantizada por la restricción de derechos individuales y colectivos de la clase trabajadora, como consecuencia de la cual se abriría una promisoria fase de crecimiento sin inflación.

 

Rentabilidad empresaria, distribución regresiva e inflación

A dos meses y días del atentado, en su primera aparición en público, Cristina Fernández de Kirchner habla ante el plenario de delegados de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM). Exhibe un gráfico que muestra una diferencia de 17 puntos entre la productividad de las empresas y los salarios, y señala que esa diferencia es la renta extraordinaria de la que se apropia el capital en nuestro país.

 

 

Durante los cuatro años del gobierno de Cambiemos, la gran burguesía alcanzó los niveles de rentabilidad deseados y logró rebajar el valor de los salarios de los trabajadores argentinos, que hasta 2015 habían sido los más altos de América Latina. Los instrumentos fueron la devaluación, el alza permanente de los precios de los productos de consumo y de las tarifas de servicios públicos.

Desde entonces se registra una redistribución cada vez más regresiva del ingreso: en 2015 la participación del trabajo representaba el 51,8% y la del capital el 48,2%; en 2019 bajó al 46,1% y el capital subió al 53,9%; y en 2021 bajó al 43,1%, elevándose el capital al 56,9% de la renta nacional. Según el economista Hernán Letcher, la rentabilidad de las grandes empresas durante 2022 había crecido en dólares un 20% con respecto a 2021. De esta forma se ha agravado aún más la distribución regresiva.

La reducción salarial puede ser absoluta y lograrse a través de la fuerza –como ocurriera en las dictaduras cívico-militares de 1955 y 1976– o producto de una fuerte devaluación y otras medidas regresivas –como durante el gobierno de Cambiemos–, pero con mayor frecuencia es relativa, a través del aumento de la productividad del trabajo, ya fuere por la intensificación de los ritmos de producción, por la incorporación de nueva tecnología o por ambos factores a la vez.

En virtud del dominio del capital financiero a escala mundial, el empleo se ha convertido en la principal variable de ajuste tanto a nivel de la macroeconomía como de la microeconomía. En el primer caso, las políticas económicas han contribuido a la elevación de la rentabilidad por el recurso de la austeridad monetaria y la reducción del déficit fiscal, en nombre de la lucha contra la inflación. En lo microeconómico, por la flexibilización del empleo y del trabajo.

La fuerza de trabajo es a la vez fuente de valor agregado y un costo para el capital. Mientras que su costo –el salario– es fijo y definitivo, la realización de la plusvalía depende de la venta de las mercancías producidas, del riesgo de la competencia, de las contingencias internacionales, como la guerra en estos días. En consecuencia, a fin de afrontar el riesgo de la competencia, el empresario tratará de bajar el costo de la fuerza de trabajo con mayor efectividad que aquella.

De ello se desprende que –contrariamente a lo que sostienen quienes reclaman supresión o rebaja de impuestos sobre el capital– el principal objetivo de éste no es el aumento de la inversión productiva sino la minimización del costo de la fuerza de trabajo, objetivo que el gran capital ha logrado en nuestro país.

Recientemente, tres economistas del Fondo Monetario Internacional han publicado un informe en el que señalan –con referencia a Europa– que “el aumento de la inflación hasta la fecha refleja principalmente el incremento de los beneficios y de los precios de importación, siendo los beneficios responsables del 45% de las subidas de precios desde principios de 2022”. “Los costos de importación representaron alrededor del 40% de la inflación, mientras que los costos laborales supusieron el 25%. Los impuestos tuvieron un impacto ligeramente deflacionista”. Dicen que las empresas subieron los precios más de lo que lo hicieron los costos de la energía importada. “Ahora que los trabajadores exigen subas salariales para recuperar el poder adquisitivo perdido, es posible que las empresas tengan que aceptar una menor participación en los beneficios si quieren que la inflación siga en camino de alcanzar el objetivo del 2% fijado por el Banco Central Europeo para 2025, según las previsiones de nuestro último informe Perspectivas de la economía mundial (WEO)”.

Es indudable que estas conclusiones –abiertamente contrarias a las falsedades de los economistas y políticos de la derecha local, y a los dogmas neoliberales– son también válidas a los fines de determinar la incidencia de las súper ganancias de las corporaciones nacionales y transnacionales, y del alza permanente de los precios –muy superiores por cierto a las de los capitales europeos– en nuestro país. La llamada puja distributiva –señalada como causa de la inflación– se basa en la lucha entre el capital y el trabajo por la distribución del producto global creado.

 

Conclusiones

La respuesta de las organizaciones sindicales de los trabajadores no puede ser otra que la lucha por la recuperación de los salarios en todos los terrenos.

En primer lugar, por la determinación de un salario mínimo, vital y móvil que cubra los fines perseguidos por el artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo: “alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión”.

La insuficiencia actual del salario mínimo –inferior a una canasta básica– es tanto más injustificada si se considera que desde 2021 se registra un crecimiento muy importante del Producto Bruto Interno, y también han crecido exponencialmente las ganancias de las empresas, lo que se traduce en una creciente disminución de la participación de los trabajadores en el ingreso nacional.

El salario mínimo, vital y móvil puede ser una herramienta importante para la redistribución del ingreso, por cuanto beneficiaría principalmente a quienes perciben las remuneraciones más bajas, cuya situación no será mejorada a través del mecanismo de las paritarias.

El monto del salario mínimo, vital y móvil debe ser suficiente para cubrir una canasta básica, y debe constituir el piso básico de la negociación colectiva en las paritarias, de manera tal que ningún básico de convenio esté por debajo del salario mínimo. El artículo 139 de la ley 24.013 establece que será determinado tomando en cuenta los datos de la situación socioeconómica, los objetivos del instituto y la razonabilidad de la adecuación entre ambos.

El salario mínimo alcanza a los empleados del Estado Nacional, pero no así a los empleados provinciales y comunales, de lo que se desprende que hay un número elevado de trabajadores estatales que no tienen garantizado el piso salarial mínimo.

Es en estos casos en los que adquiere mayor valor protectorio la determinación de un salario que se establezca al margen de la negociación colectiva. El salario mínimo vital es un instrumento de igualdad social entre los trabajadores, ya que implica la elevación de aquellos que se encuentran en la escala más baja de la estratificación social.

El movimiento obrero debe exigir un mecanismo de actualización automática semestral, de acuerdo al aumento real del costo de la vida: la escala móvil, método que fue combatido desde siempre por los economistas neoliberales –tanto aquí como en Europa–, que siempre lo han calificado como un instrumento inflacionario. Por supuesto que nunca la responsabilidad en el incremento de la inflación es de los oligopolios formadores de precios.

Es necesario exigir todas las facultades y atribuciones acordadas al Consejo de Empleo, Productividad y Salario Mínimo, Vital y Móvil por el artículo 135 de la ley 24.013, que no se están cumpliendo en la práctica; entre otras, la fijación de los lineamientos, metodología, pautas y normas para la definición de una canasta básica que se convierta en un elemento de referencia para la determinación del salario mínimo, vital y móvil.

El gobierno nacional debe establecer por decreto un aumento general de salarios mediante una suma fija, lo que no constituirá obstáculo alguno para la apertura de las negociaciones paritarias, libres y sin techo alguno.

 

 

 

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