La reforma laboral que queremos

Ampliación de derechos para lxs trabajadorxs

 

Esta semana se cumplieron dos aniversarios significativos para nuestra nación; el de la Revolución de Mayo, que evoca aquella gesta que diera nacimiento al primer gobierno patrio y abriera paso al proceso de independencia de los territorios del Río de la Plata —de cuyos próceres guardo una especial preferencia por Mariano Moreno, autor de Representación de los hacendados—, y los 20 años de la asunción de Néstor Kirchner como Presidente de la nación que, en palabras de la compañera Cristina, con las que no podemos más que coincidir, se trataba de “un hombre que con apenas el veintidós por ciento de los votos, cambió la Argentina”.

Por si fuera poco, este año, además, celebramos 40 años ininterrumpidos de democracia, hecho que debe provocar un enorme orgullo al pueblo argentino. En este punto no puedo dejar de destacar el rol de los trabajadores y trabajadoras y del movimiento obrero en la defensa de la democracia.

Los últimos tiempos han sido de dificultad para los asalariados y asalariadas argentinos; el incesante crecimiento del índice de precios al consumidor, provoca pobreza frente a salarios cuya recomposición no alcanza. Cuando el poder adquisitivo del salario baja, asistimos a una falla en la redistribución de la riqueza, dicho en otras palabras, no se cumple la justicia social. Ese resulta ser uno de los objetivos del gobierno del Frente de Todos, que aún no se ha alcanzado cabalmente.

Un análisis de la actualidad nos impone ser críticos, pero optimistas y positivos respecto del futuro. Para el peronismo, resulta insoportable que un trabajador formal no llegue a fin de mes.

Este año asistiremos a un nuevo proceso electoral, sin embargo, las ofertas de algunos candidatos reproducen viejas recetas fracasadas, consistentes en la regresión en materia de derechos laborales.

Algunos de manera solapada y otros con mayor frontalidad proponen, por ejemplo, la eliminación o modificación del sistema de multas por relaciones laborales sin registrar, bajo la premisa falaz de que estas benefician a los/as abogados/as.

Como dije en otra oportunidad, la no registración del empleo es un flagelo que provoca el vaciamiento de las arcas de los organismos de la seguridad social, que brindan prestaciones imprescindibles para todos los habitantes en algún momento de sus vidas. Las multas que legisla la Ley 24.013 son un disuasivo para que los empleadores registren correctamente los contratos de trabajo y su monto es a favor del trabajador/a. No existe manera de que un abogado/a perciba esos montos puesto que el artículo 277 de la Ley de Contrato de Trabajo expresamente establece que todo pago que deba realizarse en los juicios laborales se efectivizará mediante depósito bancario a la orden del Tribunal interviniente y giro judicial personal al titular del crédito, aun en el supuesto de haber otorgado poder.

Sea ignorancia o malicia de alguno de los candidatos presidenciales, no se puede permitir que le mientan al electorado.

Entre otras propuestas de candidatos de la derecha, encontramos la limitación de la ultra-actividad de los convenios colectivos. En la misma línea se encuentra el intento de restringir los derechos de las asociaciones sindicales, que son instituciones fundamentales para el equilibrio entre el poder económico empresarial y los trabajadores/as, mediante la creación de una normativa penal específica para los casos de los “bloqueos” sindicales.

Hemos sido testigos recientemente de la persecución a dirigentes sindicales por medio de acciones penales, que en algunos casos se tradujeron en la privación de su libertad. Nunca el ejercicio de un derecho sindical reconocido constitucional y convencionalmente puede significar la comisión de un delito penal. Juntos por el Cambio y la derecha pretenden limitar derechos que gozan de la más amplia protección y reconocimiento como es el de la libertad sindical, el derecho de huelga y la tutela a los representantes gremiales contenidos en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y en los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo.

En esa senda se inscriben otras propuestas como la de suspender la personería gremial “sin esperar el veredicto de la Justicia”; la limitación de los mandatos sindicales para prohibir la reelección; la limitación del derecho de huelga en servicios esenciales como educación y transporte; tope a los aportes y contribuciones que se les descuentan a los trabajadorxs en favor de los sindicatos, entre otros.

Otra de las propuestas consiste en eliminar la indemnización por despido, lo que también ha tenido su recepción legislativa mediante un proyecto del diputado nacional Héctor Stefani presentado en septiembre de 2022, que tuvo su correlato en el Senado con un proyecto de Martín Lousteau.  Se pretende reemplazar la indemnización por un seguro de desempleo a través de un “seguro de garantía de indemnizaciones” (SGI) mediante el cual los trabajadores despedidos dejarían de cobrar una indemnización plena y pasarían a recibir pagos fragmentados de carácter mensual.

También conocido como “mochila argentina”, no son pocos los empresarios y políticos impulsores de este instituto. Se piensa que de esta manera disminuiría el desempleo.

La implementación de la “mochila argentina”, contrastada con la indemnización por despido que rige actualmente, sería violatoria del derecho de propiedad de los trabajadores (artículo 17, Constitución Nacional), del derecho a la protección contra el despido arbitrario (artículo 14 bis de la Constitución Nacional) y del principio de progresividad–no regresividad que nos obliga como país (artículo 75, inc. 23, Constitución Nacional). Además, sería contrario a la manda constitucional al Congreso de proveer lo conducente al desarrollo humano, al progreso económico con justicia social, a la productividad de la economía nacional, a la generación de empleo, a la formación profesional de los trabajadores, entre otros (artículo 75, inc. 19, Constitución Nacional).

No solo la reparación sería menor (porque se abona por unos pocos meses, por ejemplo, hasta que consigue un nuevo trabajo), sino que el monto se abonaría fraccionadamente y no como un pago único, privando al trabajador/acreedor de su disponibilidad. El derecho de propiedad suele ser reconocido únicamente a la parte empresarial, sin embargo, todos los ciudadanos/as, tienen derecho a gozarlo. Y los/as trabajadores/as no son menos ciudadanos/as que otros.

 

 

La reforma laboral que queremos

La expresión “reforma laboral” suele tener una connotación negativa en la sociedad, porque siempre son fuertes las afrentas para suprimir derechos laborales.

Por el contrario, el ritmo y la progresividad de los derechos humanos, entre los cuales se encuentran los derechos humanos laborales, imponen que las reformas se traduzcan en la mejora de las condiciones de trabajo para las personas, lo que repercutirá en mejores condiciones de vida y en su dignidad. Es decir, la conquista de nuevos derechos.

Una de las reformas que no admite más dilaciones es la reducción de la jornada laboral, sobre lo que me vengo pronunciando a favor, desde hace tiempo.

A escasos años de que la Ley de Jornada Laboral 11.544 cumpla un siglo, podemos afirmar que nuestro país se encuentra atrasado en lo que respecta a este punto. Mientras en otros países del mundo y Latinoamérica, la jornada laboral ha sido reducida con éxito comprobado, en la Argentina la semana laboral continúa siendo de 48 horas.

El senador Mariano Recalde presentó recientemente un proyecto de ley para reducir la semana laboral a cuatro días. La reducción de la jornada laboral no solo otorgará mayor dignidad a las personas que trabajan, sino que implicará beneficios a la economía tales como la mayor productividad y la creación de nuevos puestos de trabajo, debido a la eficiencia en el reparto del trabajo ya existente. Asimismo, redundará en la reducción del trabajo informal.

En otro andarivel, en la Cámara de Diputadxs comenzó a debatirse en comisiones la ampliación de licencias parentales, lo cual nos parece fundamental para el desarrollo de lxs trabajadorxs sin ser objeto de discriminación cuando recaen sobre ellxs responsabilidades familiares. Sobre este punto se advierte un consenso en la sociedad en general acerca de la necesidad de crear y ampliar este tipo de licencias (por ejemplo, licencia por adopción; por cuidado de hijos/as con discapacidad; ampliación de licencia por nacimiento para padres, etcétera). Sin embargo, no dejamos de preguntarnos qué acompañamiento podrá tener esta iniciativa por parte de algunos pretensos candidatxs a Presidente; sería bueno que expresen si van a acompañar este reclamo de la sociedad.

Por lo pronto, quienes adherimos a un proyecto de gobierno nacional y popular no debemos perder de vista los principios esenciales del peronismo, entre ellos la ampliación de derechos para el pueblo y la redistribución de la riqueza. Ese es el camino que pretendemos para los años venideros.

 

 

 

 

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