Un negociado heavy

En CABA, el uso privado de los espacios públicos no para

 

 

Territorios bajo anomias fácticas

El Estado de derecho y el ordenamiento jurídico no se aplican en algunos sectores de la Ciudad de Buenos Aires. Padecen una anomia fáctica. Es lo que sucedió durante 20 años con Punta Carrasco y Costa Salguero en Costanera Norte. Estos eran territorios nacionales concesionados en la década del ‘90 por la Administración General de Puertos (AGP) y, a pesar de que se encontraban dentro de la jurisdicción del Gobierno de la Ciudad de Buenos, funcionaban comercios sin habilitaciones, se construyó una mini ciudad sin solicitar ningún permiso de obra y se ocupaba un camino de uso público, el camino de ribera, sin ninguna consecuencia.

Otro de estos sectores que aún perdura dentro de una burbuja que excluye la legalidad es el Parque Sarmiento. Está ubicado en la Comuna Nº 12, en el Barrio de Saavedra, y fue inaugurado en 1981.

Es un espacio verde público de acuerdo con el Código Urbanístico (Urbanización Parque). Es un parque público como el Parque Centenario o el Parque Lezama, pero es considerado por el gobierno como un sector de equipamiento deportivo privado.

Para ingresar al Parque Sarmiento los fines de semana se debe pagar un arancel (entrada). ¿Imaginan tener que pagar para ingresar al Parque Rivadavia o al Parque Saavedra? Es justamente la ausencia de restricciones, especialmente económicas para que todo habitante acceda a un espacio, la esencia del espacio público.

Actualmente, 12 hectáreas del Parque Sarmiento se encuentran explotadas por privados a través de adjudicaciones directas que no fueron sometidas a ninguna instancia de participación ciudadana ni a instancias de competencia de ofertas. Son privados seleccionados por el dedo monárquico larretista.

  1. Belgrano Athletic Club obtuvo el permiso para usar 6,5 hectáreas, una gran parte correspondiente a una de las reservas ecológicas que tiene el parque. Leyeron bien, se privatizó una reserva ecológica.
  2. La Asociación Civil Instituto Deportivo Educativo y Social (I.D.E.S.) consiguió el permiso para utilizar 1,4 hectáreas destinadas a canchas de fútbol. Allí funciona una Academia de Fútbol dirigida por el ex jugador de fútbol Sebastián Battaglia.
  3. Omar Galdino Carminatti consiguió hacerse de las canchas de tenis y de un espacio gastronómico.
  4. La Asociación de Ciclismo de Buenos Aires obtuvo la tenencia de un sector del parque para destinarlo a un centro integral para la iniciación, práctica, entrenamiento y difusión del ciclismo como deporte de montaña, bicicross y BMX.

Luego de la oleada privatizadora de los primeros años de la década del ‘90, la reacción fue establecer una fuerte protección de los espacios públicos y, principalmente, de los espacios verdes, contra la apropiación privada.

Así, se aprobó la ordenanza Nº 46.229, aún vigente, que prohibió la privatización de “todo espacio destinado a parque, plazas, plazoletas y de todo otro espacio verde de uso público, se encuentre parquizado, jardinizado o no, perteneciente al dominio público”. Luego se sancionó, en el año 1996, la Constitución de la Ciudad que en su artículo 27 establece “la protección e incremento de los espacios públicos de acceso libre y gratuito, en particular la recuperación de las áreas costeras, y garantiza su uso común”.

La creciente asignación de sectores del Parque Sarmiento para su explotación económica desconoce toda la normativa que regula el uso común y gratuito de los parques públicos.

 

 

Concesiones en el Parque Saavedra.

 

 

 

Un recital legalmente imposible

La última novedad de la anomia fáctica ocurrió el pasado jueves 9 de marzo de 2023, cuando se llevó a cabo el recital de Motley Crue y Def Leppard en la pista de atletismo del Parque Sarmiento.

  1. En primer lugar, ya detallamos que el Poder Ejecutivo tiene prohibido privatizar un espacio verde público, aunque sea por unos días, sin autorización legislativa. El GCBA no otorga relevancia a esta prohibición y autorizó el uso de este espacio desde el 2 de marzo hasta el 12 de marzo a la empresa Entertainment World SA de Rubén Darío Montes.

La empresa Entertainment World SA, el 13 de diciembre de 2022, solicitó el uso de este predio para un “evento cultural” con artistas internacionales para 35.000 espectadores. Carlos Retegui, secretario de Deportes, sin requerir ninguna documentación adicional, el 21 de diciembre de 2022, autorizó el recital.

El 17 de febrero, el Observatorio del Derecho a la Ciudad, el IPYPP y la Cátedra de Ingeniería Comunitaria (todos integrantes del Movimiento La Ciudad Somos Quienes La Habitamos) presentaron una acción de amparo cuestionando la autorización para llevar adelante ese recital.

A raíz de esta presentación judicial, el GCBA comenzó a ordenar los papeles. Como rige la prohibición de privatizar espacios verdes públicos, a los funcionarios intervinientes se les ocurrió plantear en el ámbito judicial que el permiso de uso del Parque Sarmiento para el recital se realizaba en el marco del Régimen de Patrocinio (ley Nº 6.163).

Esta ley faculta al GCBA a recibir aportes económicos a cambio de permitir que las empresas realicen la difusión de su marca, imagen o productos en eventos o bienes públicos.

Los abogados del GCBA informaron al Tribunal que la empresa, como patrocinante, se comprometió a la entrega de un piso deportivo marca NUVA de 20 m x 40 m para el gimnasio, cuya valuación asciende a seis millones de pesos.

Llamó la atención este encuadre jurídico porque en ninguna parte la ley Nº 6163 autoriza la cesión del uso de espacios públicos para recitales a cambio de dinero.

El expediente para la selección de patrocinador fue iniciado el 2 de marzo. A dos meses del otorgamiento del permiso y a dos semanas de la presentación judicial. Recién el 8 de marzo se publicó en el Boletín Oficial el anuncio de que Entertainment World S.A. se había postulado como patrocinador a efectos de que cualquier otra empresa pudiera realizar una mejor oferta en el plazo de cinco días. La oferta ganadora firmaría el acuerdo de patrocinio.

Este plazo aún no se cumplió ni se firmó el acuerdo, pero el recital ya se realizó. Podríamos decir que el GCBA cedió un parque público para un recital totalmente gratis. ¿Cuánto se ahorraron los organizadores del recital? River Plate cobró 500.000 dólares por cada recital de Coldplay en el Estadio Monumental con una audiencia de 80.000 personas. En este caso, los espectadores fueron alrededor de 35.000. Se podría decir que se ahorraron no menos de 200.000 dólares, además de que los ingresos tranquilamente superan los 1.000 millones de pesos.

  1. En segundo lugar, cabe preguntarse sobre si la pista de atletismo era un lugar adecuado para realizar un megarrecital. Este predio se encuentra al lado de dos reservas ecológicas que albergan más de 40 especies de aves nativas. El CEMIC, con pacientes internados, se encuentra a pocos metros de distancia de la pista de atletismo.

Por estas razones, esta zona corresponde al Área de Sensibilidad Acústica Tipo I, que requiere una especial protección contra el ruido. La empresa acompañó un documento que está muy lejos de ser la evaluación de impacto acústico que establece la ley. Hasta el día anterior a la realización del recital, funcionarios de la Agencia de Protección Ambiental (APRA) estaban debatiendo cómo podían dar fundamento a la autorización ambiental cuando claramente no correspondía. El expediente ambiental fue iniciado el 3 de marzo, a 6 días del recital.

En la ciudad está prohibida la instalación de un parlante en la vía pública por el ruido que genera. Estamos a la espera de leer cómo justificaron la realización de un recital de heavy metal al lado de dos reservas ecológicas, de un hospital y dentro de un parque público.

En este lugar se encuentran los tres únicos nidos de lechuzas vizcacheras que existen en la ciudad. El estudio de estas aves en el Parque Sarmiento fue declarado de interés ambiental por la Legislatura de la Ciudad. Para el recital, el escenario fue instalado al lado de uno de los nidos; los baños químicos, al lado de otro nido. Estas aves tuvieron que soportar ruidos superiores a 90 decibeles durante horas, miles de personas caminando próximas a sus crías. El GCBA propuso trasladarlas a las reservas que funcionan como reservorios de agua. Estos lugares no son aptos como hábitat de las lechuzas porque son suelos destinados a ser inundados y las lechuzas vizcacheras tienen sus nidos en cuevas bajo tierra. Por suerte, la desidia del GCBA impidió este desatino.

 

 

 

  1. Por último, las asignaciones de espacios públicos para ser explotados comercialmente se realizan a través de licitaciones o subastas. En un sistema democrático, republicano y transparente, está absolutamente prohibida la asignación directa de bienes públicos a privados.

Si el Poder Ejecutivo quiere otorgar la explotación de un kiosco en una escuela, llama a licitación pública, para que todo el que tenga interés pueda ofertar. En este caso no hubo ninguna posibilidad.

El GCBA otorgó un privilegio a una empresa sin fundamento legal, sin respetar ningún procedimiento, sin considerar los impactos ambientales. ¿Cuál puede ser la razón para actuar al margen de toda legalidad? Nuestro jefe de Gobierno está en campaña electoral para ser Presidente, ya todos conocemos la respuesta.

 

 

 

 

 

--------------------------------

Para suscribirte con $ 1000/mes al Cohete hace click aquí

Para suscribirte con $ 2500/mes al Cohete hace click aquí

Para suscribirte con $ 5000/mes al Cohete hace click aquí