Falso de toda falsedad
La Justicia le ordenó a Clarín rectificar una nota sobre hijos “abandonados” de desaparecidos
En noviembre de 1977, el diario Clarín publicó una solicitada bajo el título “Buscan a familiares de dos niños abandonados”, con fotos de dos menores de edad y un breve texto: “Martín y Adriana Arancibia son dos hermanitos de 5 y 3 años que el 11 de mayo se encontraron de pronto solos. Perdidos. Sin entender nada de lo que pasaba a su alrededor. No conocían a nadie de todo ese mundo que caminaba de un lado para el otro. La policía los encontró en Paseo Colón e Independencia. Los pequeños explicaron que vivían en Paseo Colón 713, departamento 9ºF. Hacia allí se dirigieron las averiguaciones comprobándose que era cierto, aunque en ese departamento no había nadie. (…) Actualmente se encuentran en el instituto Riglos. Al carecerse de noticias de los padres, se solicita a cualquier familiar –presumiblemente tienen una abuela en la provincia de Salta, de apellido Zago– que posea cualquier dato que permita restituir a los pequeños al núcleo familiar, lo notifiquen al teléfono 36-3758, de 15:30 a 19 horas”.
“Fue una tremenda injusticia que publicaran que nuestros papás nos habían abandonado —dice Adriana Arancibia, hoy de 48 años, a El Cohete a la Luna—. Si no querían decir nada sobre nuestros padres, podrían haber puesto que éramos dos niños en el orfanato Riglos que buscaban a su familia y punto. Pero no había necesidad de mentir que nos habían abandonado”.
En abril de 2009, el Equipo Argentino de Antropología Forense logró esclarecer un nuevo caso. Desde hacía tiempo el EAAF tenía en guarda el esqueleto de un hombre NN exhumado en el cementerio de General Lavalle. Según el acta de defunción, el cuerpo había aparecido en las playas de Las Toninas, en febrero de 1978, y la causa de muerte había sido politraumatismo por caída desde gran altura, con fracturas en el cráneo, la columna, los brazos y las piernas: una autopsia compatible con una víctima de los “vuelos de la muerte”. Una serie de avances en las técnicas de comparación genética permitió identificar esos restos recién en 2009. Pertenecían a Roberto Arancibia, salteño, dirigente del PRT-ERP, secuestrado por las fuerzas armadas el 11 de mayo de 1977 en su casa en Buenos Aires, en Paseo Colón 713, departamento 9ºF, donde se encontraba junto a su esposa María Eugenia Zago, también secuestrada entonces, y sus hijos Martín y Adriana.
Militante del PRT-ERP igual que su marido, Zago aún sigue desaparecida. No se sabe nada sobre lo que ocurrió con ella después del secuestro. Lo que sí se sabe es que, cerca del mediodía de aquel 11 de mayo, unos diez oficiales, algunos uniformados y otros de civil, derribaron la puerta del departamento familiar, saquearon las pertenencias de Arancibia y Zago, los molieron a trompadas, los maniataron, les vendaron los ojos y se los llevaron sin orden judicial.
“Yo no me acuerdo nada de ese día —dice Adriana—. Mi hermano recuerda apenas alguna cosa, él era un poco más grande. Dice que cuando se estaban llevando a los viejos, mamá le gritó que no se olvidara de que teníamos una abuela en Salta. Y le recordó nuestros nombres reales, porque todos estábamos clandestinos. El portero del edificio declaró en su momento que los militares nos dejaron en casa de un vecino del mismo piso. Pero nosotros nunca pudimos reconstruir realmente nuestro derrotero posterior al operativo. Hay un hueco entre la fecha del secuestro y la fecha de nuestro ingreso al Riglos. No hay ningún registro de lo que hicieron con nosotros, ni de dónde pasamos las primeras noches. No sabemos”.
En julio de 2022, el Tribunal Oral Federal 2 de San Martín condenó a cárcel perpetua a cuatro ex militares por los “vuelos de la muerte” operados desde Campo de Mayo. Roberto Arancibia era una de las víctimas de la causa. En la sentencia se confirmó que, después de su secuestro y antes de su asesinato, pasó varios meses cautivo en esa guarnición militar. Durante el juicio, la querella y la fiscalía pidieron al tribunal que, además de fallar sobre los imputados, le ordenara a Clarín rectificarse en sus páginas por la información falsa de 1977.
“Las medidas de reparación integral son una oportunidad para que la Argentina siga a la vanguardia en los procesos de justicia por crímenes de Estado —dice Mercedes Soiza Reilly, auxiliar fiscal de la causa—. El derecho de las víctimas no se agota en el juzgamiento de los acusados sino que requiere, además, de medidas para restablecer su dignidad, de actos moralmente reparatorios: de una reconstrucción de la verdad histórica”.
Martín y Adriana Arancibia pasaron seis meses en el orfanato Riglos hasta que su familia logró encontrarlos. Desde entonces se criaron con su abuela paterna.
—Un primo me contó tiempo después que en esos días yo no paraba de repetir que le quería poner una curita a mi papá —recuerda Adriana—. Que lo había visto lastimado.
—¿En la casa se hablaba de lo que había pasado con sus padres?
—Mi abuela Antonia era de esas abuelas que dicen poco y nada. Casi no hablaba de su hijo. Cuando yo preguntaba, ella le echaba la culpa a mi vieja: “Tu mamá quería cambiar el mundo y tu papá la siguió”. A veces, muy cada tanto, abría un placard donde tenía el Clarín con aquella nota y nos la mostraba. Nosotros la mirábamos, no decíamos nada. Éramos chicos. Recién a los 17 ó 18 años pude entender. Mi abuela hizo mucho silencio porque tenía la esperanza de que papá y mamá volvieran. Y yo también la tenía, hasta que identificaron los restos de papá.
Esta semana se conocieron los fundamentos de la sentencia del TOF 2 por los “vuelos de la muerte”. El tribunal aceptó el pedido de la querella y la fiscalía para que Clarín rectifique por escrito la información falsa publicada sobre los hermanos Arancibia como modo de “desagraviar la memoria de sus progenitores”. Los jueces Walter Venditti, Esteban Rodríguez Eggers y Matías Mancini invocaron el derecho de las víctimas a una reparación integral y subrayaron que la nota de Clarín mostraba “un déficit en la labor investigativa elemental de la profesión, pues no estuvo precedida de una mínima averiguación de los motivos de la situación de soledad de los pequeños”, aun cuando la detención ilegal de sus padres había sido conocida hasta por el portero del edificio.
En la parte resolutiva, el Tribunal ordenó “remitir testimonios de esta sentencia a conocimiento del Grupo Clarín S.A. para que adecúen conforme a lo aquí resuelto la nota” en cuestión. Existe otro antecedente en juicios de lesa humanidad, en el que un tribunal de Bahía Blanca le ordenó al diario La Nueva Provincia rectificar falacias sobre “abatidos en enfrentamientos” en referencia a quienes habían sido secuestrados, torturados y fusilados, aunque en aquel caso la decisión se postergó “hasta que se encuentre firme la sentencia”. Los jueces de San Martín no incluyeron ese condicionamiento, por lo que aún no se sabe qué responderá Clarín ni cómo accionará la Justicia, si es que acciona, para que el diario cumpla con esa disposición.
“Pero nosotros vamos a insistir para que la rectificación se haga efectiva y se publique —dice Adriana Arancibia—. La mentira sobre nuestra familia está en los archivos desde hace 45 años. Ahora, basta”.
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