¿Derecho o delito?

Discurso hegemónico y tratamiento penal de la manifestación colectiva

 

El gobierno provincial de Mendoza está avanzando en un proyecto represivo y antipopular para dar cobertura a la violencia institucional y crear un Estado policial. Tres hechos muestran la decisión de provocar miedo hasta de nuestros propios pensamientos.

  1. La represión y violencia contra los movimientos de mujeres que reclaman justicia ante los femicidios, facilitados por una policía empoderada e indolente frente a los requerimientos ciudadanos. Los gobiernos de Alfredo Cornejo y de Rodolfo Suárez les han dado la seguridad de que, cualquiera sea su desgano o impudicia, jamás van a responder ante el pueblo de la provincia.
  2. La detención arbitraria de un dirigente de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), en ocasión de ejercer su legítimo derecho a manifestar públicamente sus creencias y peticionar a las autoridades en el espacio público. Es una clara violación a un derecho humano fundamental, reconocido expresamente en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículo 20.1), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículo 21) y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículo 15).
  3. La media sanción, entre gallos y medianoche, de una ley que habilita la figura del “agente encubierto” en redes sociales. De este modo, la fantasía del espionaje de la dictadura genocida, con la potencia de la tecnología informática habilitada por las llamadas “expediciones de pesca”, alimenta un Gran Hermano que sabe qué decís, qué bromeás y qué pensás en materia política o social. Basta con la “imputación creativa” de un delito para que se ordene una investigación judicial sobre la figura del agente encubierto informático y, aunque no se obtenga ningún dato del delito inicialmente investigado, si se descubre casualmente (esa expresión usa el texto aprobado) otro delito, sus datos pueden ser usados para que se lo investigue. Con ese criterio, por ejemplo, se puede ordenar la investigación de una red de pornografía infantil y con esa excusa intervenir en un grupo de WhatsApp para imputar y encarcelar (como hicieron con el dirigente de ATE) a quienes organicen una protesta popular. Lo más grave de esto es que la decisión contó con el aval de casi toda la bancada de senadores provinciales del Frente de Todos, con escasas y honrosas excepciones.

Por estas razones creo que es fundamental avanzar sobre el concepto de manifestación en el espacio público.

El discurso jurídico y, con más intensidad el discurso judicial del lawfare, tiende a presentar la opinión establecida como dada, indiscutible. Los objetos conceptuales no son analizados, pues los argumentos hallan su utilidad en la justificación y no en el conocimiento. De allí también el desprecio por la contrastación empírica, el llamado a lo obvio, a lo evidente, a lo que resulta claro. Es que desde el momento mismo en que se apela a la claridad del concepto se está renunciando al objeto mismo del pensamiento, que no es la claridad, sino la clarificación.

Un concepto no es claro por su nominación como tal, sino por efecto de haber sido tratado como problema. Y los problemas no se plantean por sí mismos; son el resultado de una interrogación. Cuando en una exposición se remite a lo evidente o a lo obvio, lo que se declara implícitamente es la decisión de no problematizar, de privilegiar el saber como tesoro y no el conocimiento como proceso de búsqueda. No es racional, ni democrático ni republicano, pero sirve a la afirmación de la autoridad de quien se coloca en el lugar de enunciador de un discurso de poder. Ayuda a la validación de este discurso el hecho de que el destinatario prefiera lo que confirma su saber y no lo que lo cuestiona, por eso prefieren las respuestas y no las preguntas.

Sin esas preguntas sobre lo que se presume conocido, la opinión fundada en lo que “todos sabemos” se identifica con las categorías de la conservación del orden existente. La realidad, en tanto tiene estructura de ficción, es ya un constructo ideológico. Por eso, a veces, la única verdad es la verdad de las clases dominantes.

En particular, con relación a la manifestación del interés colectivo, la reacción “natural” es la del control sobre esta, en tanto foco de agitación. En el territorio trillado de “lo evidente”, la manifestación colectiva no es primariamente un derecho, sino un objeto a controlar o encauzar. Una pauta del éxito del discurso hegemónico es que la propia reacción contra el retorno a la política represiva del conflicto social sea luchar contra la criminalización de la protesta y no la afirmación de un derecho humano fundamental, reconocido expresamente en los tratados internacionales de derechos humanos.

El discurso dominante hace caso omiso de las características indisolublemente colectivas del derecho a reunión que, para ser tal, implica el uso del espacio público y la acción concertada con un objetivo. Esta hegemonía que coloniza el discurso “resistente” [1] se manifiesta en la discusión exclusivamente penal de la manifestación colectiva, obviando que, en tanto derecho de los ciudadanos, el ámbito judicial es el del amparo, cuyas reglas deben adecuarse a las características del derecho amenazado, de conformidad a la regla supraconstitucional de tutela judicial efectiva. No se trata de analizar si los ciudadanos que ejercen un derecho de máxima jerarquía han cometido un delito, se trata de analizar si el control o reglamentación de este derecho lo desnaturaliza (artículo 28 de la Constitución Nacional).

Si la manifestación colectiva es un derecho, tal como lo señala el artículo 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la manifestación mediante las prácticas del colectivo no puede ser cercenada, sino en las condiciones que establece el derecho internacional. El campo del espacio público es, precisamente, aquello que está más allá de los ámbitos propios del Estado o de los particulares. No hay libertad pública sino en el ámbito de este espacio público, que existe en la medida en que no es apropiado o apropiable por los particulares o el Estado.

 

 

 

[1] En este punto es tentador citar a Antonio Gramsci: “Si ayer era irresponsable porque era ‘resistente’ a una voluntad extraña, hoy se siente responsable porque ya no es resistente, sino operante y necesariamente activo y emprendedor”.

 

 

 

 

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