Sistema superador

Derechos de exportación o impuesto a la tierra: esa es la cuestión

 

En la Argentina, el sector externo ha sido un resistente estorbo al desarrollo [1]. Hasta hoy, dependemos del factor tierra para generar las divisas que aseguren importar los bienes y servicios que no podemos producir y pagar intereses y amortizaciones por las deudas contraídas.

En 2021, los granos y semi-elaborados de cereales y oleaginosas representaron más de la mitad de las exportaciones. Es parte de la historia que la potencia competitiva internacional de la producción agrícola argentina desató una “puja extractiva” entre el Estado y los “traficantes de granos” [2], que se pone al rojo vivo en momentos de crisis, cuando se originan “ganancias inesperadas”. Los buhoneros, confabulados con los políticos neoliberales, los medios de comunicación y una Justicia laxa con los delitos económicos, resisten la facultad del Estado para cobrar derechos de exportación y utilizan argucias para agrandar su tajada. Entre otros ardides, vale mencionar el decreto 21453/76 o “ley de granos”, sancionado por el gobierno de facto de 1976 e insólitamente vigente, que ampara triangulaciones que permiten elusiones impositivas y fuga de divisas. A esto hay que sumarle cambios de origen, falsas declaraciones juradas y pérdida de poder de policía de los organismos gubernamentales para atender temas aduaneros y ambientales [3].

Echemos una mirada al tema. El tipo de cambio (TDC) mide la relación entre la moneda internacional de referencia (dólar, U$S) y el peso argentino, en función de la correspondencia entre productividades relativas, tomando como referencia el sector dominante en la canasta de exportaciones. En un mercado libre, el TDC de equilibrio lleva a nivelar el balance comercial. Si la moneda está sobrevaluada, las exportaciones aumentan y se retraen las importaciones, generando un superávit de divisas que las impulsa a la baja, mientras que la subvaluación eleva su valía.

En los países centrales, el TDC se calcula en función de la productividad del sector industrial, en tanto que en la periferia se hace por los bienes en estado primario. En el primer caso, para compensar los altos costos de alimentos y minerales provocados por el elevado valor de la tierra y el alto costo de la mano de obra, el Estado intercede a través de trabas arancelarias y para-arancelarias, chantaje, cuotas, prelievos, subsidios, autolimitaciones, etc.; en el segundo, dado que la industria queda desfasada (interna e internacionalmente) y se convierte en inviable (“enfermedad holandesa”), es imprescindible la intervención gubernamental para salir de la condición de extractivista.

El tema de la estructura productiva desequilibrada, sus consecuencias y salidas, fue estudiada brillantemente por el ingeniero Marcelo Diamand [4]. Con el fin de forjar la madurez del complejo industrial, el desarrollismo fijó el TDC en un punto cercano a la paridad definida por la industria, absorbiendo el Estado la renta artificial del agro por medio de derechos de exportación y utilizando reembolsos a las exportaciones para mejorar la competitividad internacional de la industria nacional y aranceles a las importaciones para defenderla en el mercado interno.

Los TDC efectivos múltiples contribuyeron al desarrollo industrial y muchas industrias infantes maduraron, pero cuando el péndulo giró hacia el neoliberalismo, la práctica fue vulnerada y empresas pequeñas y medianas fueron arrasadas (Videla/Martínez de Hoz, Menem/Cavallo, de la Rúa/Cavallo, Macri/filibusteros varios). Pero no todo es lineal, simple y vinculado al balance comercial. También hay razones de balanza de pagos y servicios de la deuda que deben ser atendidos y obligan a superávits comerciales, hecho no gratuito para un país que exporta lo que come.

Si bien los derechos de exportación ayudaron al desarrollo y son un instrumento cómodo, ágil y sencillo de recaudación y control, tienen la debilidad de establecer una única correspondencia por producto, abstrayéndose de sus condiciones de producción. Como vimos, un único TDC inviabiliza las actividades menos competitivas. En este caso, suma la condena a las zonas menos dotadas, alejadas de los puertos, y a las explotaciones de menor tamaño/volumen. Esta práctica termina impactando fuertemente sobre las economías regionales, a las que postra o directamente elimina, a pesar de que su productividad supera la media internacional. La aplicación de un TDC injusto constituye un hecho aberrante tanto desde el punto de vista humano como económico, fomenta la concentración y distorsiona los hábitos de consumo criollos.

Para paliar estos desequilibrios, se puede recurrir a la aplicación de diferenciales compensatorios dentro de una misma posición del nomenclador aduanero o virar hacia un sistema superador. Lo que propongo fue presentado con otros sustentos y objetivos que combinan con mi proposición, dejando en claro que fue rápidamente archivada por presión de la oligarquía y sus secuaces. Se trata de reemplazar los derechos de exportación por un impuesto a la tenencia de la tierra libre de mejoras.

El valor de la tierra está relacionado con su renta presunta. Esto da al tributo una racionalidad, justicia y equilibrio que no posee el sistema actual. Su aplicación evitará que tierras de innegable valor productivo se conviertan en páramos abandonados por no estar bendecidas como las de las zonas núcleo; llenará espacios vacíos; renacerán campos, chacras, fincas, tambos, industrias; se revertirá el éxodo a la ciudad; ingresarán nuevos actores que atenuarán la concentración; aumentará la disposición de alimentos, el valor agregado nacional y los ingresos por exportación; y evitará que los precios internos se asimilen a los internacionales. Y los propietarios pueden quedarse tranquilos porque seguirán gozando de la generosa rentabilidad sólo porque sus negocios están asentados en el bendito suelo argentino. No hay una tercera opción. La cuestión es: ¿derechos de exportación o impuesto a la renta potencial de la tierra?

Pero todo lo expuesto no conducirá a un estadio superior si los recursos no se aplican inteligentemente y con criterios enmarcados en un Plan Integral de Desarrollo Productivo, armónico, participativo, sustentable, con anclaje en la formación de los actores, la construcción de entramados virtuosos, inversión en infraestructura productiva, innovación tecnológica y presencia orientadora y coordinadora del Estado.

 

 

 
*El autor es coordinador ad-honorem de la Unidad de Vinculación con las Mesas del Asociativismo y la Economía Social del Instituto Nacional de Economía Social (INAES). Fue jefe de Gabinete del Ministerio de Economía y Producción, subsecretario de Comercio Exterior y director nacional de Promoción Comercial.

 

 

 

[1] Ley de Thirlwall.
[2] “La madre de todas las rentas”. Informe del Equipo de Investigación Política (EDIPO), Revista Crisis, número 52, 2022.
[3] José Sbattella, “Pesimismo de la inteligencia-optimismo de la voluntad”.
[4] Marcelo Diamand, “La estructura productiva desequilibrada argentina y el tipo de cambio”, Desarrollo Económico, Vol. 12 N° 45, 1972.

 

 

 

 

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